Tarjeta para Padres de Menor Español ¿puedo pedirla estando fuera de España?

Desde el pasado mes de agosto de 2022 y tras la reforma del Reglamento de Extranjería, los padres de niños menores de edad españoles, deben gestionar un Arraigo Familiar. Aquí te explicamos todo lo que debes saver

Ya sabéis que el pasado mes de septiembre de 2020 la Dirección General de Migraciones publicó una Instrucción a través de la cual se establecía una nueva tarjeta para padres de menores de edad españoles. Lo que antes se regulaba a través del conocido Arraigo Familiar, ahora se regula a través de una tarjeta mucho más beneficiosa.

Pero, ¿cuándo puedo pedir esta nueva tarjeta? ¿Puedo pedirla estando fuera de España? ¿Qué requisitos debo cumplir?

Estefanía de Parainmigrantes.info nos explica cuándo podemos pedir estar tarjeta y si es posible solicitarla estando fuera de España.

Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

Nueva Tarjeta para Padres de menor español

Como hemos comentado anteriormente a través de esta nueva Instrucción se reguló mucho mejor el supuesto de los progenitores de menores de edad españoles que carecían de permiso de residencia, reconociéndoles una tarjeta de mayor duración y mucho mejor.

Por tanto el conocido Arraigo Familiar, ya no es la vía para que los progenitores de niño español accedan a un permiso de residencia y trabajo en España.

¿Qué requisitos debemos cumplir para solicitar esta tarjeta?

Esta nueva Tarjeta para padres de menor español, la pueden solicitar todos aquellos progenitores que cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser padre o madre de un menor de edad de nacionalidad española
  • Convivir con el menor de edad español
  • Carecer de antecedentes penales y/o policiales.

En cuanto a los antecedentes penales y/o policiales debemos indicar que no podrá denegarse automáticamente esta tarjeta para padres de menores españoles, si el solicitante, es decir el padre o la madre, tiene algún tipo de antecedente.

Llegado el momento desde la Oficina de Extranjería deberá realizarse una valoración individualizada y personalizada de cada caso, valorando en todo momento si realmente existe una amenaza real, actual y suficientemente grave para el orden público o la seguridad pública.

Debemos tener en cuenta que en este tipo de solicitudes, que además, se contemplan para padres de menores de edad españoles, debe primar siempre el interés del menor y estudiar muy bien la relación entre el menor y su padre, así el desarrollo físico y emocional o la intensidad de su relación afectiva.

¿Se puede tramitar esta tarjeta estando fuera de España?

La respuesta es No. Actualmente no existe un visado ni una autorización para viajar bajo el supuesto de ser padre o madre de un menor de edad español. La normativa no contempla, digámoslo así, una vía para venir a España directamente o para pedir este permiso en el Consulado de España.

En todo momento, esta nueva tarjeta para padres de menor español se debe solicitar en la Oficina de Extranjería correspondiente al domicilio del solicitante, y por tanto, es totalmente necesario, que tanto el progenitor como el menor de edad español se encuentren ya en España.

En aquellos casos, en el que los progenitores se encuentran fuera de España, deberán primeramente venir a España y una vez aquí, solicitar su tarjeta para progenitor de menor de edad español.

La misma situación nos encontramos si queremos tramitar un Arraigo Familiar, donde tampoco es posible acceder a un visado de «arraigo familiar» y por tanto es necesario que el solicitante ya se encuentre en España para poder gestionar este permiso.

Arraigo Familiar y Tarjeta para progenitor de menor español

¿Qué diferencias y que similitudes podemos encontrar entre el Arraigo Familiar y la nueva Tarjeta para progenitor de menor español?

  1. Duración de la tarjeta

La primera de las diferencias que podemos encontrar entre un permiso y otro es la duración de nuestra autorización de residencia y trabajo.

Mientras que el Arraigo Familiar la autorización tiene una duración de un año, la nueva tarjeta como progenitor tiene una validez de cinco años.

2. Autorización para trabajar

Una de las similitudes de ambas tarjetas, es que las dos tienen aparejada una autorización de trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia, por lo que no hay ninguna limitación para poder desarrollar cualquiera de estas actividades laborales.

Por tanto podrás trabajar por cuenta ajena o montar tu propio negocio sin necesidad de pedir una autorización previamente.

3. Cuentan para pedir la Nacionalidad Española

Ambas tarjetas son autorizaciones de residencia. En este sentido no hay ninguna distinción entre ellas, ni en relación con otros permisos como puede ser por ejemplo una residencia no lucrativa o una reagrupación familiar.

Como cualquier otro permiso de residencia en España cuentan de cara a solicitar la nacionalidad española por residencia.

Ya sabéis que en función de determinados supuestos, deberás acreditar previamente un tiempo de residencia legal y continuada en España de 10 años, 5, 2 o un año, ya en función del supuesto en el que te encuentres.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019banner 807 miniCoste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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5 comentarios en “Tarjeta para Padres de Menor Español ¿puedo pedirla estando fuera de España?
  1. Isabella dice:

    Buenos días.
    Soy ecuatoriana, vivo en Ecuador . Mi hijo de 3 años es ecuatoriano y español , doble nacionalidad ; por su padre.
    Mi pregunta es , puedo viajar a España , acompañando a mi hijo menor ? Querría sacarle el DNI . Es decir puedo entrar en España , por ser su madre ? Qué trámite tendría que hacer desde Ecuador ?
    Muchas gracias por vuestra atención.

  2. Abigail dice:

    Hola, puedes solicitar la nueva tarjeta sin problema por 5 años. El trámite es el mismo inicial. Tasa 052 apartado 2.5, igual que la primera vez. Formulario Ex -10, Antecedentes penales, registro civil del menor, volante de empadronamiento, copia de tu pasaporte.
    Si tienes certificado digital presenta todo por la plataforma Mercurio.

  3. Samir dice:

    Yo tenía residencia por arraigo familiar me tocó renovar y lo hice por residencia por cuenta propia y me la aprobaron mi pregunta es puedo volver a pedir la residencia por arraigo familiar teniendo en vigor la residencia por cuenta propia.

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Samir aquí te explicamos todo https://www.parainmigrantes.info/nueva-tarjeta-para-padres-de-menor-espan%cc%83ol-teniendo-una-en-vigor/

  4. Rommer dice:

    Si tengo residencia por arraigo familiar de un año, puedo renovar por arraigo familiar o que tipo de renovación me toca solicitar

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