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Ya sabéis que actualmente tanto la Ley como el Reglamento de Extranjería recogen una multitud de tarjetas y autorizaciones para vivir y trabajar en España. Entre esos permisos encontramos una Autorización de Residencia No Lucrativa.
Como ya hemos comentado en otras noticias, este tipo de permiso sirve para vivir en España sin tener que desarrollar una actividad laboral. Pero ¿Qué medios económicos debemos acreditar para poder pedir este permiso?
Estefanía de Parainmigrantes.info os explica todo lo relacionado sobre los medios económicos necesarios para pedir una Autorización de Residencia no Lucrativa.
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Residencia No Lucrativa
Este tipo de permiso como decimos es para aquellas personas que pueden vivir en España sin necesidad de desarrollar una actividad ni por cuenta propia ni por cuenta ajena.
Por tanto el pilar fundamental de este permiso es la tenencia de medios económicos suficientes para poder vivir en España.
Este permiso inicial se otorga con una duración de un año el cual se puede renovar sin problemas hasta llegar a una residencia permanente o de larga duración.
Además al ser una residencia, es un permiso que computa como cualquier otro de cara a la solicitud de la nacionalidad española (en cuanto al tiempo necesario para poder hacer la solicitud de nacionalidad).
Medios económicos para la Residencia no Lucrativa
¿Qué medios económicos necesito acreditar para pedir este permiso?
Concretamente el artículo 47 del Real Decreto 557/2011, se establece la siguiente lo siguiente:
» Los extranjeros que deseen residir en España sin realizar una actividad laboral o lucrativa deberán contar con medios económicos suficientes para el periodo de residencia que solicitan, o acreditar una fuente de percepción periódica de ingresos, para sí mismo, y en caso, su familia, en la siguientes cuantías, que se establecen con carácter mínimas y referidas al momento de solicitud del visado o renovación de la autorización:
a) Para su sostenimiento, durante su residencia en España, una cantidad que represente mensualmente en euros el 400% del IPREM, o su equivalente legal en moneda extranjera
b) Para el sostenimiento de cada uno de los familiares a su cargo, durante su residencia en España, una cantidad que represente mensualmente en euros el 100% del IPREM o su equivalente legal en moneda extranjera, cantidad a acreditar de forma adicional a la referida en el apartado a) anterior (…)
Como podéis ver, en este tipo de permiso, la norma deja muy claro que se consideraran medios económicos suficientes. La cuantía que se exige viene regulada o fijada por el IPREM.
El IPREM es el Indicador Púbico de Renta de Efectos Múltiples y este año representa una cuantía de 579,02 euros de forma mensual.
Para este tipo de residencia por tanto debemos tener muy en cuenta y como referencia el importe que supone este IPREM cada año.
Este IPREM ha permanecido congelado durante algunos año, pero finalmente y con la entrada de este nuevo año 2023 ha subido hasta los 600 euros que os hemos comentado anteriormente.
Por tanto para poder solicitar este permiso debemos acreditar que cada mes disponemos o vamos a disponer de 2400 euros de forma mensual (Supone ese IPREM por 4), si se trata de una única persona.
¿Cómo acreditamos esos medios económicos?
Los medios económicos los podemos acreditar a través de cualquier medio de prueba admitido en Derecho que permita verificar la disponibilidad de dichos recursos.
Igualmente podemos justificar un patrimonio que garantice dicha percepción de ingresos, entre los que se pueden incluir:
- títulos de propiedad,
- cheques certificados
- o tarjetas de crédito, que deberán ir acompañados de una certificación bancaria que acredite la cantidad disponible como crédito de la mencionada tarjeta.
Llegados a este punto debemos mencionar, que la legislación española no exige que no se trabaje. Lo que se exige realmente es que no se trabaje en España.
Por tanto esto no impide que el solicitante de una Residencia No Lucrativa pueda por ejemplo, disponer de negocios en el país de procedencia que le brinden esos recursos para vivir en España.

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Sou brasileira e estou para fazer a primeira renovação de minha permissão de residencia não lucrativa e estou com algumas duvidas. Meus comprovantes de meio financeiros são extratos de aplicações financeiras e renda mensal de aposentadoria. Esses documentos devem ser traduzidos e apostilados no Brasil ou apenas apostuilados no Brasil e traduzidos na Espanha ? Como faço o envio por meio digital ?
Deborah, para ver tu caso en detalle y ayudar a resolver tus dudas, te recomendamos que te comuniques con nosotros a nuestro número de asesoría https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/