¿Por qué tarda tanto mi Regularización?

Hace casi dos meses que acabó el proceso de regularización y hay cientos de miles de solicitudes pendiente de tramitar. Es importante que sepas que nos encontramos ante la regularización más solicitadas de todos los tiempos ya que más de un 1 millón de personas presentaron sus papeles.

Este nivel de solicitudes y la magnitud que ha tenido la regularización está provocando retrasos considerables y muchas personas no tienen a día su concesión. Además hay otro problema añadido y es en relación a la admisiones a trámite ya que muchas personas llevan meses con este documento y sin tener más noticias de sus trámites.

Te explico por qué la UTEX no puede cumplir con el plazo de 3 meses para resolver las solicitudes y las consecuencias que eso tiene para ti.

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¿Tu Informe de Vulnerabilidad es Válido para la Regularización? ¡Así puedes comprobarlo!

Mucho ojo porque si has tenido que gestionar un Informe de Vulnerabilidad para solicitar la regularización Extraordinaria, te recomendamos que compruebes si es válido. Y es que si has gestionado tu Informe con alguna asociación o entidad que no sea de ámbito nacional, es decir, si el ámbito de ésta es autonómico o provincial y tu te encuentras fuera de esa zona de competencia, puede que tengas que gestionar otro nuevo para que sea válido.

Te lo explicamos todo en detalle en el siguiente vídeo:

Nuevo Criterio de la Autorización provisional para Trabajar de la solicitud de Regularización

La Dirección General de Gestión Migratoria ha confirmado este lunes 23 de julio de 2026 lo que os ya os habíamos contado y acaba de publicar un nuevo Criterio sobre el derecho a trabajar con la autorización provisional de tu regularización. Te explico lo que dice la instrucción:

Si te ha llegado la Admisión a trámite y cuentas con la autorización para trabajar, podrás estar dado de alta sin ningún problema más allá de los tres meses de tramitación y de que se haya producido el silencio administrativo negativo. Aquí debes tener en cuenta que le silencio administrativo en ningún caso supone la pérdida de la autorización provisional para trabajar por lo que podrás seguir dado de alta hasta que tengas tu resolución expresa denegatoria. Tal y como ya habíamos explicado en videos anteriores.

Si has hecho tu solicitud de regularización y han pasado más de tres sin respuesta, eso no quiere decir que se vaya a denegar. Ahora mismo hay un volumen de trabajo enorme y llevan mucho retraso en responder. Por lo tanto puede que la admisión a trámite pasados esos tres meses.

Si tu empleador te pone problemas o no quieren contratarte por miedo, puedes llevarle este nuevo Criterio donde recoge claramente que puedes trabajar aunque tu proceso de regularización lleve más de tres meses en trámite.

Si has presentado tu solicitud de regularización y te ha llegado tu admisión a trámite ya puedes trabajar sin esperar a tener tu concesión o tu tarjeta de residencia. Te cuento como consultar las cientos de ofertas de empleo que se han publicado.

DESCARGA ASÍ tu Número de la Seguridad Social – Regularización

Si has solicitado tus papeles por la Regularización ya sabes que con la admisión a trámite podrás trabajar.

Para que el proceso de alta sea más sencillo y puedas comenzar a trabajar, desde la UTEX se están gestionando de forma automática la asignación del Número de la Seguridad Social y están comenzando a llegar los primeros números de Seguridad Social.

Te explico paso a paso como puedes descargar tu Certificado con tu Número de Seguridad Social.

Y si te resulta de utilidad, también te dejamos este vídeo en el que mostramos el proceso completo:

Si te da error no te preocupes ya que no están los números de Seguridad Social asociadas a todas las solicitudes de regularización que se han presentado hasta ahora. Estas asignaciones de números de Seguridad Social se están haciendo poco a poco y es normal que no en todas las solicitudes esté asignado el número.

Sería cuestión de ir consultando a lo largo de estas semanas.

Si en algún momento has gestionado tu certificado digital podrás consultarlo de forma online sin ningún problema. En este caso en lugar de seleccionar la vía de «sms» debes seleccionar la vía de «certificado digital»

Si tienes una oferta de empleo, quieren darte de alta y aún no tienes asignado el número de Seguridad Social puedes intentar pedirlo de forma presencial así :

  • Solicita Cita Previa a través de la sede telefónica llamando al 91 541 25 30 o al 901 10 65 70.
  • Acude a la oficina el día indicado llevando contigo el modelo TA.1pedirlo a presentando el TA 1 y presentarlo de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Admisiones a tramite de la Regularización

Ya nos están llegando las primeras Admisiones a trámite de los expedientes de Regularización de Extranjeros. Esto es algo muy bueno pero sinceramente eso no es lo mejor. Lo mejor es que ya PUEDEN TRABAJAR.

Como ya os hemos contado con las admisiones a trámite del proceso de regularización viene un párrafo donde se específica que cuentan con una autorización provisional para trabajar. Por tanto con este documento ya tienes un documento válido para que te den de alta y comiences a trabajar.

Además puedes trabajar tanto por cuneta ajena como por cuenta propia, por lo que podrás darte de alta sin necesidad de hacer nada más.

admisión para trabajar

¡Primeros Informes de Vulnerabilidad FAVORABLES en el Despacho!

Acabamos de recibir en la oficina los primeros Informes de Vulnerabilidad FAVORABLEs de algunos de nuestros clientes, sellados. por una de las entidades colaboradoras del Ministerio de Inclusión, este informe es imprescindible para poder realizar la solicitud de la Regularización, así que ¡seguimos avanzando!

FORMULARIO DE INFORME DE VULNERABILIDAD

AQUÍ PUEDES DESCARGAR EL MODELO DE INFORME DE VULNERABILIDAD

ESTA AL FINAL DEL FORMULARIO EX 32.

Desde ayer todo el mundo está muy preocupado con el tema del informe de vulnerabilidad para poder acceder a la Regularización.

¡No te preocupes! Aquí te explico todo lo que debes saber y cómo puedes conseguir este informe de Vulnerabilidad.

¿Quién tiene que pedirlo?
Deben pedirlo aquellas personas que estén irregulares y que no:

  • Haya trabajado, tenga una oferta de empleo o vaya a crear tu propio negocio
  • Convivan con sus hijos menores o mayores discapacitados o sus ascendientes

No tienes que pedirlo:

  • Si tienes el asilo en trámite o recurrido
  • si tienes un oferta de empleo, si has trabajado anteriormente o si vas as poner tu propio negocio
  • Si vives con tus hijos menores de edad o mayores discpacitados
  • O si vives con tus padres.

¿Dónde pido este Informe de Vulnerabilidad?

Se puede solicitar en los Ayuntamientos, es decir los servicios sociales de tu ciudad o las entidades del Tercer Sector correctamente inscritas en el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería, y que son las que aparecen en este listado:

Una vez hayas pedido el informe de vulnerabilidad, deberás aportar documentación sobre tu situación personal, económica, social, psicosociales, familiares o habitacionales.

Requisitos para la Regularización

Te cuento los requisitos que debes cumplir tanto si eres solicitantes de Asilo como si te encuentras irregular y quieres conseguir tus papeles para la regularización.

SOLICITANTES DE ASILO- Nueva Disposición Transitoria 20

Te cuento las claves de la Disposición Transitoria Quinta dedicada a los solicitantes de asilo en este segundo borrador de la regularización de extranjeros.

  • Debes haber hecho la solicitud de Protección Internacional antes del 1 de enero de 2026. Aquí se entiende que la solicitud se hace desde la manifestación de voluntad.
  • Ser mayor de edad
  • Aportar la copia completa de tu pasaporte
  • Haber permanecido en España de forma ininterrumpida 5 meses. Es decir no puede existir ene se periodo ninguna salida ni ausencia. Aquí te explico cómo acreditar este requisito.
  • Carecer de antecedentes penales ni policiales. No puedes ser una amenaza para el orden, seguridad y salud pública. Aquí puedes aportar una declaración jurada de que no tienes penales y una autorización para que el Gobierno los consulte con tu país de origen o de residencia previa. Ojo a esto, ya que si el España no tiene respuesta en 3 meses, te requerirán para que en 15 días lo aportes, y de no aportarlo en tiempo te archivarán tu expediente. ¡mucho ojo a esto!
  • No tener prohibida la entrada a España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España haya firmado acuerdo en tal sentido, ni estar dentro de un compromiso de retorno.
  • Haber abonado la tasa.

Una vez admitido a trámite podrás residir y trabajar de manera provisional hasta la concesión de tu permiso. Una vez concedida te darán una tarjeta de un año, la cual la podrás modificar o prorrogar.

Todas las solicitudes deben hacerse antes del 30 de junio de 2026.

Regularización Extranjeros Irregulares- Disposición Transitoria 21ª

Los requisitos que debes cumplir son:

  • Debes haber llegado a España antes del 1 de enero de 2026.
  • Ser mayor de edad
  • Aportar la copia completa de tu pasaporte
  • Haber permanecido en España de forma ininterrumpida 5 meses. Es decir no puede existir en ese periodo ninguna salida ni ausencia de España. Aquí te explico como debes acreditarlo.
  • Carecer de antecedentes penales ni policiales. No puedes ser una amenaza para el orden, seguridad y salud pública. Aquí puedes aportar una declaración jurada de que no tienes penales y una autorización para que el Gobierno los consulte con tu país de origen o de residencia previa. Ojo a esto, ya que si el España no tiene respuesta en 3 meses, te requerirán para que en 15 días lo aportes, y de no aportarlo en tiempo te archivarán tu expediente. ¡mucho ojo a esto!
  • No tener prohibida la entrada a España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España haya firmado acuerdo en tal sentido, ni estar dentro de un compromiso de retorno.
  • Haber abonado la tasa.
  • Y además encontrarte en alguno de estos supuestos:
    • Haber trabajado en España por cuenta ajena o propia durante al menos 90 días o tener una oferta de empleo.
    • Que vivas con tu familia en España , siempre que sea con tus hijos menores y estén escolarizados, mayores de edad con discapacidad o bien vivas con tus padres.
    • Encontrarte irregular y además tener un informe de vulnerabilidad emitido por la agentes sociales o por las entidades colaboradoras.

Una vez admitido a trámite podrás residir y trabajar de manera provisional hasta la concesión de tu permiso. Una vez concedida te darán una tarjeta de un año, la cual la podrás modificar o prorrogar.

Todas las solicitudes deben hacerse antes del 30 de junio de 2026.

HIJOS Menores en España

Si tienes hijos menores de edad contigo, puedes pedir para ellos la autorización como menor nacido (sin cumplir el plazo de presentarlo en los seis meses posteriores al nacimiento) o no nacido en España (sin tener que cumplir los dos años de permanencia en España). Además de eliminar el requisito de la permanencia también han eliminado el requisito de los medios económicos y el informe de vivienda.

Lo que sí es necesario es acreditar que llevan 5 meses en España. ¡Ojo a esto! Al igual que sucede con los mayores de edad, con sus padres, ellos también tienen que acreditar que llevan 5 meses ininterrumpidos en España.

¿Cómo lo puedes acreditar? Puedes aportar certificados del colegio o de la guardería, de haber ido al médico, vacunas, citas en el dentista, en el oculista… cualquier documento donde aparezca la fecha y el nombre de tu hijo lo puedes aportar.

El pasado 6 de mayo, ya hemos recibido la primera concesión de una Residencia de menor no nacido en España a través del formulario Ex-25 de un niño al que han aplicado los criterios de la Regularización, que son bastante más flexibles puesto que no exigen los 2 años de residencia, los medios económicos ni el informe de vivienda adecuada como explicamos a continuación:

Ascendientes, cónyuge y pareja registrada

Si tú como solicitante de asilo tienes aquí a tus padres o a tu cónyuge/pareja registrada se podrán también incluir también en esta regularización de extranjeros.

Arraigos en trámite

¡Atento a esta novedad! Es importante.

Todos aquellos que tengan una residencia por circunstancias excepcionales en trámite, como un arraigo social, sociolaboral o socioformativo por ejemplo, se concederá de forma directa siempre que:

  • No tenga penales ni policilaes
  • Se encuentre en España antes del 1 de enero.

Fechas Clave de la Regularización

Los puntos más importantes a destacar son:

  • La vía principal de presentación será la telemática
  • Se podrán presentarse expedientes de forma presencial, mediante cita previa en Oficinas de la Seguridad Social, Correos y otros Registros Públicos (como Oficinas de Extranjería)
  • El proceso durará hasta el 30 de junio de forma improrrogable
  • La tramitación del expediente corresponderá a la UTEX, no a las Oficinas de Extranjeros
  • Se ha calculado que el tiempo medio de recepción de documentación será de entre 15 y 20 minutos por persona.
  • Se habilitarán oficinas específicas para la recibir las solicitudes en todas las provincias españolas en horario de 16:00 horas a 19:00 horas. Eso sí, deberás gestionar tu cita previa por la plataforma Mercurio.
  • Las personas que podrán beneficiarse de este proceso serán entre 500.000 y 1 millón de personas.

FORMULARIOS DE SOLICITUD

AQUÍ PUEDES DESCARGAR LOS FORMULARIOS DE SOLICITUD.

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Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019banner 807 miniCoste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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33 comentarios en “¿Por qué tarda tanto mi Regularización?
  1. Douglas Molina dice:

    Muchas gracias por haber subido el documento

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      🥰

  2. Rachid Richard Hafdaoui dice:

    Hola buenas tardes abogado de inmigrantes.por favor yo quiero arraigo de trámite de gobierno de extranjería para residencia y trabajo y muchas gracias abogado Vicente Marín

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Rachid escríbenos aquí y vemos tu caso https://wa.link/33uag4

  3. Como, cuando y donde pagar la tasa que se menciona?

  4. Rachid Hafdaoui dice:

    Hola buenas tardes.hafdaoui rachid NIE x3557602p por favor yo quiero informe de vulnerabilidad y muchas gracias abogado de inmigrantes

  5. Julia dice:

    En el caso de vivir con hijos menores o con progenitores, se debe acreditar el parentesco o es suficente con certificado de convivencia? Solicitar los certificados de nacimiento al país de origen ralentizaría mucho el trámite

  6. Melisa dice:

    Hola! me pregunto como podran hacerlo de manera telematica si para pedir certificado digital es necesrio NIE. o es que existe otra forma?

  7. Hello, can somebody who has lived in Spain for more than 10 years married to a Spanish woman but got divorced and they took the document from him, can him be able to use the system?

  8. Hello, please i have a friend who married to a Spanish have his documents but for some reason he lost his documents or let say them took the document, now he got divorced and had children and the children have documents and this man has lived in Spain for about 19years now, please sir, is this man eligible for this process? Please i really want to know thanks

  9. Ariana dice:

    Me gustaría saber si sería posible presentar una solicitud de residencia temporal por razones humanitarias y, al mismo tiempo, solicitar la regularización masiva prevista para abril (en caso de que este procedimiento sea más rápido).
    Además, debido a sus circunstancias personales, esta persona no podría trabajar actualmente. En este caso, ¿podrían denegarle la residencia en abril o cuál sería la vía más rápida y segura para que se la aprueben?

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Coge una cita por Videoconferencia con nosotros y vemos tu caso https://app.bookitit.com/es/hosteds/widgetdefault/23c29fa15b21a8d7e73660a6264f2d05f#datetime

  10. Buenas tardes, una pregunta: Los que tienen algún arraigo en tramite, por ejemplo el socioformativo, podrán acogerse a las características o ventajas del nuevo arraigo extraordinario sin hacer ninguna solicitud o tramite ? Gracias por su respuesta

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Sí, la idea es que todos los arraigos que se hayan presentado después del 20 de mayo y estén en trámite se concedan salvo que tengan penales o policiales

  11. CARLOS EDES MARTINEZ dice:

    S Garcia, np tienes problema pues el plazo maximo para residencia temporal son 6 meses fuera de España.

  12. S Garcia dice:

    Hola,

    Si salí de vacaciones unos 5 días a Francia por avión, ¿rompo con la residencia continuada? Yo tengo residencia legal de investigador hasta junio 30 y me gustaría aplicar a esta regularización pero no sé si ese viaje me rompa la posibilidad. Eran vacaciones del trabajo y no sabía que esto iba a suceder

  13. Vicente dice:

    En el caso de contar con una resolución denegatoria de asilo, sin haber presentado recurso, y encontrarme por tanto irregular, mi duda es a qué disposición tengo que acudir? a la 5ª o a la 6ª?

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Vicente iría por la Disposición Transitoria 5º 🙂

  14. Si metí una solicitud de residencia inicial por matrimonio con ciudadano español que sigue en trámite desde hace casi 5 meses, ¿merecería la pena acogerme también a esta regularización para poder tener un mínimo de vida en lo que se resuelve el otro expediente?

  15. SANDRA dice:

    BUENAS TARDES:
    SABEN SI TENGO UN RECURSO DE REPOSICIÓN EN TRAMITE POR DENEGACIÓN PUEDO SOLICITAR ESTA REGULARIZACIÓN AUNQUE AÚN O TENGGA CONTESTACIÓN DE ÉSTE RECURSO? TENDRIA QUE DESISTIR PRIMERO?

  16. Blanca dice:

    Se necesitará un contrato de trabajo o no para acogerse a la regularización.

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Blanca dependiendo del caso será necesario o no…eso sí, debemos tener en cuenta que ahora mismo es un borrador y puede que el texto varíe

  17. Laura dice:

    Dicen que se puede empezar a trabajar si el trámite se realiza en 15 días, pero ¿con ese permiso también puedo entrar y salir del país, es decir puedo viajar con él?

  18. Mohamed dice:

    Soy estudiante y mi tarjeta caducada hasta 20 septiembre de 2026 puedo solicitar en April

  19. Maribel Valero dice:

    Hola, He finalizado mis estudios y mi tarjeta de estudiante que caduca este 2 de febrero. Si me quedo en España hasta abril, estaria irregular? seria candidato a la regularizacion?

  20. Raibely dice:

    Hola buenos días las personas que llegaron en octubre podrán entrar en esta solicitud?? Gracias

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      con el texto que hay ahora mismo sí!Eso sí, te recomiendo estar muy pendiente a la información que vaya saliendo para ver si el texto queda finalmente así

  21. Florencia dice:

    Hola! Será necesario sacar fotocopia a todo el pasaporte? O solo con presentar el empadronamiento, o el boleto del vuelo, envío de dinero, etc. ya es suficiente?

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Florencia el pasaporte debes presentarlo completo, es la forma de identificarte y mostrar que no has salido

  22. Irina dice:

    Los que llegamos en agosto podemos acceder a la regularización?

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Sí en principio sí. Coge una cita con nosotros y vemos tu caso, aquí en este enlace puedes elegir día y hora https://app.bookitit.com/es/hosteds/widgetdefault/23c29fa15b21a8d7e73660a6264f2d05f#services

  23. Femida dice:

    Asunto: Consulta legal urgente sobre residencia y situación familiar
    ​Estimado/a abogado/a,
    ​Me dirijo a usted para solicitar asesoramiento legal sobre mi situación en España.
    ​Resido en España desde hace 5 años. Tengo dos hijos: un niño de 3 años, que nació aquí en España, y otro hijo de 9 años. Recientemente he salido del país por un período no superior a los 3 meses.
    ​Me gustaría saber qué trámites debo seguir para asegurar mi situación legal y la de mis hijos, y qué derechos tengo tras haber residido estos 5 años en el país.
    ​Les ruego que me respondan lo antes posible sobre qué pasos debo seguir.

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Femida en este caso lo mejor es que podamos ver su caso con detalle, y valorar que opciones son las mejores para tu caso y la de tus hijas. Ahora mismo hay un proceso de regularización en marcha y es posible que en próximo meses se pueda comenzar a solicitar. Coge una cita con nosotros y vemos tu caso, aquí en este enlace puedes elegir día y hora https://app.bookitit.com/es/hosteds/widgetdefault/23c29fa15b21a8d7e73660a6264f2d05f#services

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