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¿Qué ocurre si he presentado mi solicitud de nacionalidad sin los exámenes? ¿Puedo, posteriormente, completar mi expediente de nacionalidad habiendo realizado los exámenes después?
Como ya sabemos, una de las novedades más importantes que introdujo el nuevo proceso de nacionalidad española consiste en la realización de dos exámenes (CCSE y DELE) para acreditar el cumplimiento del requisito de tener un “suficiente grado de integración en la sociedad española”.
Como hemos explicado en muchas ocasiones, si estamos interesados en solicitar la nacionalidad española, tendremos que hacerlo paso a paso, respetando un proceso previo que deberemos seguir para evitar cualquier error.
Es decir, en primer lugar, debemos cumplir los plazos de residencia legal exigidos, y luego hacemos los exámenes de nacionalidad española. Una vez aprobados, comenzamos a preparar nuestra documentación para la presentación de nuestra solicitud. (Esta sería la forma adecuada de hacerlo).
Pero, ¿qué ocurre si ya tenemos todos los documentos preparados y aún no hemos realizado las pruebas de nacionalidad española? ¿podría presentar mi solicitud de nacionalidad española sin los exámenes, y luego, una vez presentado, completar el expediente aportando las calificaciones?
Si queremos realizar el proceso de forma correcta, la respuesta es NO, puesto que los requisitos debemos cumplirlos de forma previa a la presentación de nuestra solicitud. Además, corremos el riesgo de que comiencen con la tramitación del expediente antes de que nos de tiempo a completarlo.
Pero, si tenemos en cuenta la situación actual y el retraso del Ministerio de Justicia en la tramitación de estos expedientes, esta opción podría ser la acertada en casos excepcionales, como el evitar la caducidad de documentos importantes, y sobre todo, teniendo en cuenta la dificultad que puede tener el volver a solicitarlos, sobre todo aquellos requeridos del país de origen del solicitante.
En estos casos, una vez obtenidos los diplomas de «APTOS» podríamos añadirlos a nuestro expediente de nacionalidad ya presentado con el fin de completarlo.
¿Cómo lo hacemos? La vía normal y más recomendable es la vía telemática. La sede electrónica del Ministerio de Justicia establece un registro propio, a través del cual podremos adjuntar nueva documentación a cualquier procedimiento que se esté tramitando en dicho Ministerio (necesitamos certificado digital).
Pero también contamos con otras opciones, como la de aportar la documentación a través de el Registro público de Delegación/Subdelegación de Gobierno o incluso por correo postal certificado.
¡SI te han quedado dudas, no te pierdas el siguiente video!
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-¿Quiénes no tienen que hacer los exámenes de nacionalidad española?: Novedades en la dispensa.
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Hola pede la nacionalidad Ala fecha 20 agusto 2015 queria Saber si voy a passar l’examen o no gracias
Siham si solicitó su nacionalidad en agosto de 2015 no tiene que hacer examen