Estado «Nacionalidad concedida», ¿y ahora qué?

¿Qué ocurre cuándo en «Cómo va lo mío» aparece concedida la nacionalidad española? ¿cuál sería el siguiente paso? ¿Tengo que hacer la jura de nacionalidad española? ¡Te lo explicamos!

Vicente Marín, abogado experto en materia de Extranjería y Nacionalidad Española nos explica que hacer cuando por fin vemos que nuestra nacionalidad esta concedida.

Resolución Favorable de Nacionalidad Española

Una vez obtenida una resolución favorable sobre nuestra petición de nacionalidad, el último paso para convertirnos finalmente en ciudadano español es el famoso trámite de la jura, pero ¡No os asustéis! No se trata de acto complejo como muchos piensan. No debemos realizar ningún tipo de examen, ni preguntas sobre España, ni aportar más documentación adicional.

Las únicas preguntas a las que debemos contestar serán las de si juramos o prometemos fidelidad al Rey y obediencia  a la Constitución Española y a las Leyes, así como debemos renunciar a nuestra nacionalidad de origen en determinados casos. Este proceso de jura o promesa de nacionalidad española viene regulado en el el artículo 220 del Reglamento del Registro Civil, salvo en los casos en los que España tenga Convenio de doble nacionalidad con nuestro país de origen, lo que nos permitiría mantener nuestra nacionalidad una vez adquirida la española.

(Para ver los países con convenio de doble nacionalidad (pulse aquí).

Jura de Nacionalidad Española Paso a Paso

¿Dónde debemos realizar este trámite?

Una vez obtenida la resolución favorable, debemos acudir al Registro Civil que nos corresponda por domicilio para que nos faciliten la correspondiente cita para la jura o prejura.

Ya sabéis que en determinados Registros Civiles este proceso de jurar la nacionalidad española lo dividen, por así decir, en dos pasos:

  1. La prejura
  2. La jura

La prejura es un acto sencillo, donde lo que se hace básicamente es controlar y revisar que todo está correcto. Aquí verifican nuestra resolución de nacionalidad española, nuestro pasaporte, tarjeta de residencia, y documentación adicional como puede ser nuestro Certificado de nacimiento y Antecedente Penal.

RESOLUCIONES DE CONCESIÓN DE NACIONALIDAD

¿Cómo obtenemos la resolución?

Depende de cuándo hayas hecho tu solicitud de nacionalidad española.

Si hemos presentado nuestro expediente de nacionalidad con el antiguo procedimiento, cuándo consultemos nuestro expediente a través de la página de «Cómo va lo mío», y éste resulta concedido, aparecerá un código que nos permitirá realizar la descarga de la resolución a través de la misma plataforma.

Con esta resolución, y la documentación que mencionaremos a continuación, el interesado deberá personarse en el Registro Civil competente para que allí, el Encargado del Registro le notifique de forma oficial la concesión, así como solicitar la cita para la jura.

Si por el contrario, hemos presentado nuestra solicitud de nacionalidad de forma telemática, con el nuevo proceso, al acceder a «Cómo va lo mío», nuestros estado aparecerá como «Abierto-Concedido». En este momento, debemos estar pendientes ya que la resolución deberá notificarse de forma electrónica (si hemos consentido a que las notificaciones se hagan de forma telemática), o bien, en formato papel a nuestra dirección postal (en el caso de no haberlo  consentido).

(Para ver cómo se realizan las notificaciones electrónicas pulse aquí)

Documentación para el trámite de jura

¿Qué documentos necesitamos para realizar el trámite de la jura?

¿Qué documentos necesitamos para realizar el trámite de jura una vez tengo mi nacionalidad española concedida? Esta es una pregunta que nos hacéis llegar muy a menudo tanto a través de nuestro teléfono de asesoría como a través de nuestras redes sociales.

Aquí como sucede con la notificación de la resolución de concesión de la nacionalidad española, todo depende de sí tu expediente es del antiguo proceso o del actual proceso de solicitud de nacionalidad española.

Si hubiéramos presentado nuestra solicitud con el antiguo proceso, la documentación es muy simple puesto que nos limitaremos a llevar la resolución, el pasaporte y tarjeta de residencia.

Si por el contrario, hubiéramos solicitado la nacionalidad de forma telemática, con el nuevo procedimiento, nos encontramos con una particularidad, ya que previamente al acto de la jura, el Encargado del Registro Civil comprobará la documentación original, es decir,  la autenticidad de la documentación escaneada y aportada al expediente electrónico por el interesado o por su representante.

Es decir, en estos casos, además de la documentación mencionada anteriormente, el interesado deberá llevar toda la documentación original que se utilizó en el momento de presentar su solicitud de nacionalidad.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019banner 807 miniCoste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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46 comentarios en “Estado «Nacionalidad concedida», ¿y ahora qué?
  1. Diana dice:

    En que tiempo deberá presentarse los papeles después de que la resolución de la nacionalidad es favorable?

  2. Janio Amador Meza Quiñonez dice:

    Hola buenas noches, quisiera saber si puedo recuperar mi Nacionalidad española concedida en el año 2013 Abril y por ausencia se archiva en el 2018 , al momento me encuentro aquí en España residiendo en la provincia de Soria localidad de Agreda

  3. Alexandra dice:

    Hola,
    A mi hijo le concedieron la nacionalidad, la vimos en como va lo mío. No se como debo de pedir la resolución, hemos pagado a un abogado para sacar la nacionalidad, también deseo saber si debe aportar documentos después de concedida y si debe aportar el pasaporte de su pais natal el cual esta caducado. Necesitamos la resolución para el ir al registro, jura y DNI, como la consigo. Piden el pasaporte vigente de nuestro pais? Estoy confundida, gracias

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Alexandra si lo hicisteis a través de un abogado seguramente haya consentido las notificaciones electrónicas, por lo que le habrá llegado a través de su carpeta ciudadana. Lo mejor sería contactar con vuestro abogado.
      Una vez tengáis la resolución de concesión podréis hacer el acto de jura en Notario o ante el Registro Civil 🙂

  4. Liz Mariela dice:

    hola, me han aceptdo la Nacionalidad Española, lo cual tengo 180 dias para la jura y el problemas es que la cita para la jura esta disponible es en junio y ya a mi me abran caducado el olazo de los 180 dias …que y como puedo hacer para obtener dicha cita dentro del plazo establecido, tambien pone que la documentacion este vigente y mi NIEcaducara en febrero del año 2022. espero una respuesta . gracias

    Mariela

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Liz siempre que hayas gestionado tu cita dentro de esos 180 días no debes tener ningún problema.

  5. Hola buenos días me comunico con ustedes porque ya me concedieron la nacionalidad y me llegó a casa la resolución pero en la carpeta ciudadana hay algo que me llama la atención y es que pone estado de la solicitud rechazada ya que yo no le di a confirmar nada por internet ya que me llegó a casa tendré algún problema al ir a jurar?? Espero que no porfavor ayudarme gracias

  6. Hola:

    No sé cuántas veces he consultado ya este artículo en diferentes etapas del trámite, es lo más útil que hay sobre el tema en internet.
    Me ha surgido una duda: dices que tenemos 180 días desde la concesión de la nacionalidad hasta la jura. Me la acaban de conceder, pero solo puedo pedir cita en el Registro Civil de domicilio para 2023!!! He ido al registro civil de Barcelona, que tiene más disponibilidad de citas, pero no me atendieron porque tenía que ser el de domicilio. ¿Qué puedo hacer?

    Gracias y un saludo.

    1. Diana Parainmigrantes dice:

      ¡Hola Ana!, lo más importante es que consigas la cita en el período de 180 días, es decir, que aunque la tengas después de ese tiempo tienes el resguardo que la has solicitado en el período establecido porque hay muchos registros civiles que están saturados.

  7. Simone dice:

    ¡Hola, buenos días!
    Gracias por tu articulo, me ha parecido muy útil. Tengo una duda:¿la resolución positiva para la nacionalidad tiene fecha de caducidad? ¿Cuanto tiempo puedo tardar entre recibir la notificación de la nacionalidad concedida y la cita para jura?

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Simone desde que nos notifican la concesión de la nacionalidad disponemos de 180 días para hacer la correspondiente jura. Si no se hace en ese plazo el expediente de nacionalidad caduca y perdemos esa solicitud

  8. Ana Lucia dice:

    Hola buenas tardes. Quería saber, en el caso de que adquiriendo la nacionalidad, y me madre tiene el mismo apellido de mi padre, yo tengo que recojer al apellido de soltera de mi madre?

  9. YA ME CONCEDIDO CUANDO TARDA LLEGAR NOTIFICACION

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Raja depende de la vía que indicaras para que te notificaran la resolución….

  10. Sasha dice:

    Yo tengo el caso concedido.
    Tengo cita con el registro civil, Qué documentos debo traer conmigo?

    Muchas gracias!

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Te dejamos unos consejos para hacer la jura https://www.parainmigrantes.info/10-consejos-para-hacer-la-jura-de-nacionalidad-espanola-con-exito/

  11. Hola , qué significa abierto concedido..por favor

  12. David dice:

    Hola, a quien corresponda quería hacer una pregunta. Me concedieron la nacionalidad y dentro de 7 días tengo la jura y mi hija acaba de nacer es extranjera o nace como española?, puedo esperar para registrarla o no

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      para ver su caso concreto puede hacer una consulta por teléfono y lo vemos todo https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/

  13. Cristina dice:

    Buenos días,
    Tenía un duda sobre la concesión de nacionalidad, si me la conceden sobre el mes de julio, por poner un ejemplo, y justo estoy de viaje y no vuelvo hasta agosto. ¿Puedo esperar a volver y pedir cita para el jura? Tras este trámite, me da oficialmente la nacionalidad y con esto solicito el pasaporte y el DNI ¿verdad? Aunque no se muy bien cuanto tarde esto último

  14. Nacionalidad concedida presentada en agosto 2016 por fin.

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      ¡Enhorabuena Nancy!

  15. Hola!

    Ayer me he entrado en como va lo mio y he visto que me han concedido la nacionalidad después de estar casi 4 meses en el estado en calificación, pero yo no tengo este código al que te refieres para poder descargar la resolución.

    Que debo hacer? debo esperar a que me la envien a casa o como?

    Gracias!

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Lidi ¿cuándo hizo la solicitud?

  16. Que pasa si he recibido la resolución a favor pero acabo de mudarme a otra comunidad? Debo ir al RC del documento inicial o puedo hacerlo en el RC de mi nuevo domicilio?

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      YD ¿cuándo hizo la solicitud de nacionalidad española?

  17. La resolucion por correo postal cuanto tarda no me llego por la carpeta cuanto podria esperar ya tengo concesdida mas de 15 dias . Graciaw

  18. yasmin valencia dice:

    buenos días!
    alguien me puede dar información si a uno le han concedido la nacionalidad por residencia con el antiguo sistema,la solicite en 2012 y la concedieron la nacionalidad en 2013.si aun no he hecho nada,eso se pierde o queda archivado?o toca volver a presentar papelería para la nacionalidad?

    Gracias

  19. Sonia dice:

    Hola,

    Quería saber, una vez tenga concedida la nacionalidad, ¿qué documentos tendré que actualizar yo personalmente para cambiar de NIE a DNI? ¿Libro de familia, médicos, seguridad social…? ¿Hay algún artículo sobre eso?
    Gracias.

  20. Tras haber esperado años y años finalmente los extranjeros cuyos expedientes han «visto la luz» se encuentran con un nuevo problema: El registro civil único de Madrid no da citas (No hay disponibilidad de cita para el servicio, vuelva a intentarlo en los próximos días.)

    Parece que la tortura nunca acaba.

    URL: https://gestiona3.madrid.org/CTAC_CITA/registro

    Además de denunciar éste hecho os pregunto:

    Es posible realizar la jura en un registro civil diferente al del domicilio? o solo se puede en el que corresponde al mismo?.

    Muchas gracias
    Un saludo

  21. Elena dice:

    Documentación Actualizada
    Nacionalidad abierta concedida, he llamado al registro civil para pedir cita y me dicen que tengo que ir en persona.
    He tenido que faltar al trabajo para ir en persona y no me ha dado cita porque me pide los Originales Actualizados a fecha de ahora de certificado de antecedentes penales de Argentina y certificado de nacimiento apostillado con fecha de ahora.
    A alguien mas se lo han pedido?

    1. Lucas dice:

      Buenos dias, Elena.

      Yo estoy en la misma situación. He leído que tienen que ser los originales que se presentaron cuando solicitaste la nacionalidad. Mi problema es que los he perdido en una mudanza.

      Al final pudiste solucionar?

      Gracias.

      1. Maria dice:

        Al final que has tenido que hacer?
        A mi me hace falta uno de los documentos en original

  22. Elena dice:

    Documentación Actualizada

  23. yo tengo una duda porque en el momento en cuales accepte la resolucion favorable en 12 marzo ( presentado de forma telematica en agosto 2016) me dijieron que solo tenia que lleva la resolucion el pasaporte el certificado de naciemiento yel de penales…los demas papeles presentados han sido obtenidos de forma telematica tambien con el certificado electronico con lo cual no tendria originales sino los tengo de forma electronica….no se como seria en este caso….los deberia imprimir?

  24. Nombre...marina dice:

    Para hacer el examen.cada que tiempo es

  25. Hola! Yo presente mi solicitud en setiembre de 2015, por el tramite antiguo en el registro civil de MAdrid, me asignaron n de expediente en octubre de 2017 y en octubre de 2018 se me ha concedido la nacionalidad. Ahora no se que debo hacer, ya que me han dicho q debe llegarme la carta con la cita, yo he sacado cita online para prejura y me dan para enero 2019…. pero en la info del ministerio dice q debo acercarme al RC para recoger el papel oficial… y como todos no puedo ausentarme del trabajo varias veces…. asi que Si alguien ha tramitado ultimamente la nacionalidad en madrid por el tramite antiguo y puede compartir info seria genial!!!! Gracias!!!

    1. Yo estoy en la misma situación. He sacado cita online para mediados de enero 2019. Quiero saber si con eso es suficiente o hay que igualmente presentarse en el registro civil.
      Mil gracias

    2. Mary Ann dice:

      Buenas tardes: El papel oficial lo descargas directamente en la página del ministerio dónde te han informado que la nacionalidad ha sido concedida.

  26. Hola.
    Me gustaría saber si resulta concedido, tengo que ir personalmente al registro civil en el supuesto caso que yo no pudiese en el momento, o puedo autorizar a otra persona para que me pida la cita de la jura? Y si se puede solicitar la cita en acualquier registro civil de tu zona?
    Muchas gracias!
    Un saludo.

    1. Yo fui a pedir cita y me dijeron que tengo que esperar a que el mismo registro civil me mande una carta con la fecha para la jura, no sabia esto y perdí mi tiempo en el registro civil de Barcelona.

      1. Maria dice:

        Me pasó exactamente lo mismo el día de hoy! Mi abodaga, sin embargo, me recomienda que me acerque en un par de semanas nuevamente, ya que dice que la carta no suele llegar o demora muchísimo! No sé si ir o no, porque no me puedo pedir tantos permisos en el trabajo. La burocracia en Barcelona es lo peor!

      2. maria dice:

        Me dijeron lo mismo en el registro civil de Barcelona, que hay que esperar que te llegue la carta y que por ahora estaban enviando las cartas de resoluciones de septiembre (el mío salió en octubre). Dice que podía tardar hasta 3 meses

        1. Buenas tardes.
          Tengo una pregunta , es normal que un expediente pase de .

          abierto – en tramitación: requerido – documentación aportada usted ha aportado documentación en respuesta al requerimiento, que está siendo evaluada. su expediente se encuentra en curso de tramitación.

          A , pendiente de solicitud de informes perspectivas?

          El expediente es del 13-01-2017.

          Un saludo .

  27. Hola quisiera saber que sucede si no tenemos los papeles originales que se presentaron via telematica con el nuevo proceso. pueden denegar nacionalidad por eso una vez que ya la han concedido? gracias. un saludo

    1. Buenas tardes a finales de Julio de éste año salía en la pag de cómo vá lo mio mi expediente como concedido ahora vuelvo a mirar mi expediente y me sale pendiente de confirmación xq sale eso ya en Julio salía como concedido y ahora no espero su respuesta q puedo hacer

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