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Uno de los cambios más importantes que se introdujeron en el «nuevo» procedimiento de nacionalidad, fue la necesidad de superar dos pruebas, el CCSE y el DELE. Estos dos exámenes venían a sustituir las conocidas entrevistas que se hacían en los Registros Civiles en el momento de hacer la solicitud de nacionalidad.
De esta forma lo que se pretendió, fue crear un sistema uniforme y homogéneo para todos aquellos que aspiraban a tener un DNI y un pasaporte español, ya que hasta ese momento cada Registro Civil hacía su propia entrevista, con preguntas más o menos difíciles, interviniendo en este proceso también la valoración personal de cada funcionario, el cual decidía si el extranjero estaba integrado o no la sociedad española.
Estefanía de Parainmigrantes.info nos explica en qué casos se deben hacer los exámenes y qué personas pueden solicitar la dispensa de los exámenes de nacionalidad española.
Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.
Exámenes de Nacionalidad Española
Después de casi seis años de la modificación de este procedimiento, toda persona extranjera que quiera solicitar la nacionalidad española debe acreditar que ha superado previamente estos dos exámenes:
- El CCSE: Se trata de un examen sobre conocimientos constitucionales y socioculturales de España.
- Y el examen DELE o examen de idioma. Esta prueba solamente la deben superar aquellos extranjeros que no tengan como idioma materno el castellano.
Pero, ¿estos exámenes hay que hacerlos en todos los casos? ¿Y si no sé leer ni escribir?, ¿y si he estudiado en España?
Como norma general, toda persona extranjera que quiera obtener su DNI y su pasaporte español debe hacer estos dos exámenes, pero la normativa que regula este proceso, también contempla la posibilidad de pedir una dispensa de los exámenes de nacionalidad española.
Casos de Dispensa Exámenes de Nacionalidad Española
El pasado día 28 de octubre de 2022 se publicó en el BOE una nueva Orden, concretamente la Orden JUS/1018/2022, de 24 de octubre, por la que se modifica la Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, sobre la tramitación de los procedimientos de concesión de la nacionalidad española por residencia, de la destacamos lo siguiente:
El apartado 3 del artículo 7 queda redactado en los siguientes términos:
«3. Se concederá un plazo de subsanación de tres meses desde la notificación del requerimiento, para que se subsane la falta o se acompañen los documentos requeridos, significándose que queda suspendido el cómputo del plazo existente para la resolución y notificación del procedimiento iniciado hasta su efectivo cumplimiento o el transcurso del plazo concedido para ello. En dicho requerimiento se indicará que, de no efectuarse la subsanación en el plazo establecido se le tendrá por desistido de la pretensión, y se procederá al archivo del procedimiento por desistimiento tácito del solicitante, dictándose la correspondiente resolución que pondrá fin a la vía administrativa.»
Dos. El apartado 4 del artículo 10 queda redactado en los siguientes términos:
«En el momento previo a la realización del examen los responsables de cada centro de examen DELE y CCSE reconocido por el Instituto Cervantes verificarán la identidad de los candidatos requiriendo la exhibición del pasaporte junto a la Tarjeta de identidad de extranjero o Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea o del Documento de Identidad del país de origen en el caso de ciudadanos de la Unión Europea. Excepcionalmente, podrá verificarse la identidad mediante un solo documento identificativo original de los documentos citados en el párrafo anterior siempre que el documento aportado permita la identificación.
La vigencia del certificado CCSE de haber superado esta prueba será de 4 años a contar desde la fecha del certificado.»
Tres. El apartado 5 del artículo 10, queda redactado en los siguientes términos:
«De acuerdo con su normativa específica, el Instituto Cervantes ofrecerá actuaciones especiales en la administración de las pruebas DELE y CCSE para las personas con discapacidad, de modo que dispongan de los apoyos y de los ajustes razonables que les permitan concurrir en condiciones de igualdad efectiva.
Las personas que no sepan leer ni escribir o tengan dificultades de aprendizaje podrán solicitar la dispensa de estas pruebas al Ministerio de Justicia que, a la vista de las circunstancias particulares y las pruebas aportadas, resolverá motivadamente. Igualmente, podrá dispensarse de dichas pruebas a los solicitantes que hayan estado escolarizados en España y superado la educación secundaria obligatoria.
La solicitud de dispensa -que podrá subsanarse en los términos del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre- deberá realizarse necesariamente con carácter previo a la solicitud de nacionalidad por residencia y en modelo normalizado. No podrá iniciarse solicitud de nacionalidad española por residencia mientras no se haya resuelto, expresa o presuntamente, la solicitud de dispensa, a excepción de la solicitud de dispensa de quienes hayan estado escolarizados en España y superado la educación secundaria obligatoria, en cuyo caso podrá presentarse solicitud de nacionalidad por residencia, sin necesidad de solicitud de dispensa, adjuntando la documentación correspondiente, sin perjuicio de la comprobación automática de datos de titulaciones académicas en la instrucción del procedimiento de nacionalidad. En el caso de haberse presentado solicitud de nacionalidad por residencia al mismo tiempo que la solicitud de dispensa, se procederá al archivo de la solicitud de nacionalidad por residencia mediante la correspondiente resolución, que pondrá fin a la vía administrativa.
La solicitud de dispensa deberá resolverse en el plazo máximo de 6 meses desde la presentación de la solicitud mediante resolución de la Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, que pondrá fin a la vía administrativa. Transcurrido dicho plazo sin que se dicte la correspondiente resolución, las solicitudes se entenderán desestimadas. La resolución podrá dispensar las pruebas DELE y CCSE, denegar la dispensa de dichas pruebas o autorizar pruebas adaptadas ante el Instituto Cervantes. Notificada la correspondiente resolución al interesado, éste la incorporará, en su caso, al expediente de nacionalidad por residencia junto al resto de la documentación.»
____
La Orden JUS/1625/2016, de 30 de Septiembre, regula la tramitación del procedimiento de la concesión de la nacionalidad española y concretamente en su artículo 10, se recoge lo siguiente:
(…)Las personas que no sepan leer ni escribir o tengan dificultades de aprendizaje podrán solicitar la dispensa de estas pruebas al Ministerio de Justicia que, a la vista de las circunstancias particulares y las pruebas aportadas, resolverá motivadamente. Igualmente, podrán dispensarse de dichas pruebas a los solicitantes que hayan estado escolarizados en España y superado la educación secundaria obligatoria. Ambos extremos deberán acreditarse mediante la oportuna documentación incorporada al expediente. (…)

Como podéis ver la Orden, recoge muy bien qué personas pueden estar exentas de realizar estos exámenes:
- Las personas que hayan cursado y superado en España el Graduado Escolar, Formación Profesional Básica, Bachillerato, Formación Profesional grado medio o superior, Licenciatura, Diplomatura, Grado Universitario o Doctorado.
- Aquellas personas que no sepan leer y escribir.
- Y las personas que tengan algún problema de aprendizaje.
Igualmente no estarán obligados a realizar estos exámenes los menores de edad y las personas que tengan la capacidad modificada judicialmente.
Llegados a este punto debemos hacer una especial mención a aquellos solicitantes de nacionalidad que hayan realizado y superado en España el Graduado Escolar, Formación Profesional Básica, Bachillerato, Formación Profesional grado medio o superior, Licenciatura, Diplomatura, Grado Universitario o Doctorado. En estos supuestos, no es necesario hacer una solicitud dispensa del CCSE y/o DELE a Justicia, sino que podrán aportar copia de sus títulos al propio expediente de solicitud de nacionalidad española. Simplificando así este proceso.
Por el contrario, aquellas personas que no sepan leer ni escribir o tengan dificultades de aprendizaje deberán obligatoriamente solicitar la adaptación de las pruebas o la dispensa total de los exámenes de nacionalidad española. Además esta solicitud de dispensa debe hacerse obligatoriamente antes de la solicitud de la propia nacionalidad española.
Si en un momento dado se hace la solicitud de nacionalidad española y estas dentro de los supuestos en los que hay que tramitar y obtener previamente dicha dispensa, la solicitud de nacionalidad procederá al archivo de dicha solicitud mediante la correspondiente resolución, que pondrá fin a la vía administrativa.
Advertencia sobre Dispensas
La Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil ha emitido una advertencia sobre las solicitudes de Dispensa de los Exámenes CCSE y/o DELE que os transcribimos a continuación:
«El apartado 5 del artículo 10 de la Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, sobre la tramitación de los procedimientos de concesión de la nacionalidad española por residencia, en la redacción dada por la Orden JUS/1018/2022, de 24 de octubre (BOE de 28 de octubre), establece que la solicitud de dispensa de las pruebas del Instituto Cervantes deberá realizarse con carácter previo a la solicitud de nacionalidad española por residencia, de manera que no podrá iniciarse solicitud de nacionalidad española por residencia mientras no se haya resuelto, expresa o presuntamente, la solicitud de dispensa, a excepción de la solicitud de dispensa de quienes hayan estado escolarizados en España y superado la educación secundaria obligatoria. Dicha solicitud de dispensa deberá resolverse en el plazo máximo de 6 meses.
La orden establece, asimismo, que en caso de haberse presentado solicitud de nacionalidad por residencia al mismo tiempo que la solicitud de dispensa, se procederá al archivo de la solicitud de nacionalidad por residencia mediante la correspondiente resolución, que pondrá fin a la vía administrativa.
En consecuencia, desde la fecha de entrada en vigor de la Orden JUS/1018/2022, de 24 de octubre, que ha tenido lugar el 29 de octubre de 2022, se procederá al archivo de cualquier solicitud de nacionalidad española por residencia en la que se haya presentado solicitud de nacionalidad española por residencia mientras no se haya resuelto expresa o presuntamente la solicitud de dispensa«.
Solicitar la Dispensa de los Exámenes de Nacionalidad
Si te encuentras en alguno de los supuestos que te hemos mencionado anteriormente, podrás solicitar tu dispensa al Ministerio de Justicia, junto con toda la documentación acreditando que no sabes leer ni escribir o que tienes algún problema de aprendizaje.
Esta solicitud la podrás presentar:
- A través del Registro Electrónico habilitado por el Ministerio de Justicia
- En cualquier Registro Público de Delegación o Subdelegación de Gobierno.
- Por correo postal, etc.
Como en cualquier solicitud, en el momento de presentación se generará un resguardo y deberás esperar una respuesta por parte de Justicia a esa dispensa del CCSE y del DELE.
Aquí el problema que tienen todas aquellas personas que quieran obtener esta dispensa de los exámenes de nacionalidad, es que el Ministerio está tardando años en contestar y resolver estas solicitudes. Y aunque hayan pasado ya casi seis años de la modificación de este procedimiento de adquisición de nacionalidad española, desde el Ministerio de Justicia ya han indicado que no habrá un texto legal que regule todo el tema de las dispensas de los exámenes de nacionalidad española.
Esto provoca que muchos aspirantes a la obtención de nacionalidad española, o hayan desistido de ello o bien se hayan puesto a estudiar y preparar a conciencia cada una de las pruebas.
Modelo Solicitud de Dispensa Exámenes Nacionalidad
Si quieres pedir tu dispensa de los exámenes de Nacionalidad Española aquí tienes el modelo oficial para solicitarla al Ministerio de Justicia.
Justicia empieza a resolver dispensas de los exámenes de nacionalidad
Como ya hemos dicho a lo largo de esta artículo, Justicia lleva muchísimo retraso en la gestión y tramitación de las solicitudes de las dispensas de los exámenes de nacionalidad española, y no ha sido hasta hace poco cuando hemos recibido resoluciones al respecto.
Además de este retraso debemos sumarle, que en la mayoría de los casos se están denegando o se están concediendo estas dispensas de forma parcial.
¿Qué pasa si me conceden una dispensa parcial de los exámenes de nacionalidad española? En estos casos, lo que se hace es una adaptación del examen para que pueda hacerse, por ejemplo, de forma oral.
Aquí puedes encontrar más información sobre la dispensa parcial de los exámenes de nacionalidad y la adaptación de estas pruebas en determinados supuestos.
Si además quieres más información sobre las resoluciones de estas dispensas y los motivos que están llevando al ministerio a denegarla, puedes leer este artículo donde te explicamos todo.
Casos de Éxito Dispensa Exámenes Nacionalidad Española
Desde que se puso en marcha el «nuevo» proceso de nacionalidad española hemos tramitado y conseguido dispensas de los exámenes de nacionalidad. Os ponemos algunos ejemplos de clientes que a los que les hemos conseguido una dispensa bien total o parcial de los exámenes CCSE y/o DELE.
Caso Éxito
El pasado día 14 de octubre de 2022 se solicitó al Ministerio de Justicia la dispensa de los exámenes de nacionalidad española, tanto el CCSE como el DELE a favor de Latifa S. La solicitud se basó en el analfabetismo total, ya que nuestra cliente no sabe leer ni escribir en su lengua materna.
El Ministerio de Justicia ha notificado el 6 de junio de 2023 la concedido la dispensa parcial de los exámenes y los mismos se podrán realizar de forma adaptada.
Caso de Éxito
El pasado día 18 de octubre de 2022 se solicitó al Ministerio de Justicia la dispensa de los exámenes de nacionalidad española, tanto el CCSE como el DELE a favor de Ahmed M. La solicitud se basó en el analfabetismo total, ya que nuestro cliente no sabe leer ni escribir en su lengua materna.
El Ministerio de Justicia ha notificado el 6 de junio de 2023 la concedido la dispensa parcial de los exámenes y los mismos se podrán realizar igualmente de forma adaptada.
Caso de Éxito
El pasado día 18 de octubre de 2022 se solicitó al Ministerio de Justicia la dispensa de los exámenes de nacionalidad española, tanto el CCSE como el DELE a favor de Drifa A. La solicitud se basó en el analfabetismo total, ya que nuestra cliente no sabe leer ni escribir en su lengua materna.
El Ministerio de Justicia ha notificado el 6 de junio de 2023 la concesión de la dispensa parcial de los exámenes y los mismos se podrán realizar igualmente de forma adaptada.
Caso de Éxito
El pasado día 22 de noviembre de 2022 se solicitó al Ministerio de Justicia la dispensa de los exámenes de nacionalidad española, tanto el CCSE como el DELE a favor de Abdellah A. La solicitud se basó en el analfabetismo total, ya que nuestro cliente no sabía leer ni escribir en su lengua materna.
El Ministerio de Justicia ha concedido la dispensa parcial de los exámenes y los mismos se podrán realizar de forma adaptada.
Caso de Éxito
El pasado día 17 de agosto de 2023 se solicitó al Ministerio de Justicia la dispensa de los exámenes de nacionalidad española, tanto el CCSE como el DELE a favor de Mouhcin C. La solicitud se basó en el analfabetismo total, ya que nuestro cliente no sabía leer ni escribir en su lengua materna.
El Ministerio de Justicia ha concedido la dispensa parcial de los exámenes y los mismos se podrán realizar de forma adaptada.
Caso de Éxito
El pasado día 11 de julio de 2023 se solicitó al Ministerio de Justicia la dispensa de los exámenes de nacionalidad española, tanto el CCSE como el DELE a favor de Mohamed A. La solicitud se basó en las dificultades que presentaba en el aprendizaje.
El Ministerio de Justicia ha concedido este 16 de noviembre de 2023 la dispensa parcial de los exámenes y los mismos se podrán realizar de forma adaptada.
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Hola,
Soy marroquí, he estudiado en España la carrera de titulación superior en marketing y gestión comercial en una universidad privada, aparate he realizado un master en dirección de comercio internacional y un MBA.
Quería saber si con estos estudios que he realizado no tengo que hacer los exámenes de CCSE y DELE para obtener la nacionalidad española.
Gracias de antemano.
Khalid te dejamos toda la información aquí https://www.parainmigrantes.info/nacionalidad-espanola-preguntas-frecuentes/
Millones de gracias por vuestra labor!!
He de decir que gracias a vosotros me enteré bien del tema de la dispensa, seguí vuestros consejos a la hora de rellenar la solicitud y me lo han otorgado bastante rápido.
Eternamente agradecida!!
Sonia muchísimas gracias por tus palabras. Nos alegramos mucho que nuestro contenido te haya sido de ayuda 🙂 Aquí nos tienes para todo lo que necesites.
Tengo aprobada las pruebas de competencias clave nivel 2 (castellano, matemáticas, inglés y ofimática), una formación profesional básica aprobada y las pruebas de competencias claves para acceder a estudios universitarios. Ese título de Formación Profesional me exime de presentar la CCSE? Muchas gracias por el apoyo.
Buenos días, Mari, gracias por escribirnos. Para ver tu caso y poder asesorarte, puede contactar con nuestro equipo de expertos que resolverán sus dudas al instante: https://www.parainmigrantes.info/cita-previa-abogado-de-extranjeria/
Hola, quiero saber si por la edad estas exento de hacer exámenes.
Tengo 71 años y me han dicho que estoy exento de hacer exámenes de Nacionalidad y para ello tengo que solicitar una dispensa. El formulario para presentarla seria el mismo que para solicitarla por otro motivo.
Un saludo
Buenas tardes,
en primer lugar enhorabuena por vuestra labor, es imprescindible y ayuda muchísimo a las personas inmigrantes. En segundo lugar, haceros llegar una consulta, quisiera saber cuales son las pruebas que hay que aportar para solicitar una dispensa a los examenes de nacionalidad española por analfabetismo. Muchas gracias, saludos
Yamile muchas gracias por tus palabras. EN este caso debes pedir dicha dispensa de exámenes previamente al Ministerio de Justicia. Te dejamos la información https://www.parainmigrantes.info/dispensa-examenes-de-nacionalidad-espanola/
Porque el único país que complica los exámenes de nacionalidad??? Porjemplo en otro se acen solamente preguntas orales ,la verdad es injusto por algunos que pasan sus vidas y luego le complican las cosas.
Hola, buenos dias,
Tengo certificado de Español nivel B2 por la Universidad de Salamanca (NO es DELE) y voy hacer ahora el examen CCSE. Me gustaría saber si puedo pedir dispensa del EXAMEN DELE ya que tengo certificación.
Hola buenas noche quiero saber si en mi caso que tengo aquí superado el acceso a universidad para mayores de 25 años si me lo cuenta como bachiller porque es lo mismo y como hacer para conseguir el certificado de exención del examen espero vuestra respuesta gracias
Buenos días,
He leído que ya no hace falta pedir dispensa como un paso anterior a la solicitud de la nacionalidad. Por favor, ¿podrían confirmar si es así? Y de ser el caso, ¿cómo debería adjuntar el título de la ESO? ¿Como un documento adicional a la solicitud en sí? Ya he iniciado el formulario online de solicitud de nacionalidad. ¿Debería dejar en blanco la pestaña de los exámenes (cultura general e idioma), y adjuntar el título de la ESO escaneado?
¡Muchas gracias!
¿Qué pasa si en lugar de titulación tienes el resguardo que te dan en el instituto como que has superado la ESO y estás en trámite de obtención del título? ¿Puedo adjuntar éso o ha de ser el título? Es que esos títulos suelen tardar años.
Muchas gracias.
Hola buenas mi madre pideo la nacionalidad española por residencia .tiene 62 año con una discapacidad 90 grados de vista y asmatica.lo ha pedido sin dispemsa ni examen por motivo de mal de salud.mi pregunta pueden denegar la nacionalidad?
Vadi en este caso lo mejor sería haber tramitado la dispensa. Llámanos y lo vemos todo con más detalle https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/
Por soy mayor de edad donde intregar los requisitos la dispensa soy de Madrid por favor gracias
Hola! Yo tengo el bachillerato homologado en españa,actualmente estoy estudiando un grado superior.
No se si en mi caso quedare exento de hacer examenes de nacionalidad. gracias.
Buenos días,
¿ Puedo pedir la dispensa para la nacionalidad española?, tengo la ESO y un grado superior de administración y finanzas.
Sé que es una instrucción, pero ya está aprobado?
Gracias de antemano y quedo a la espera de sus respuestas.
Hola quería saber como solicito la dispensa que fui a ministerio de justicia y me dieron un número que hay que llamar, tbnno se ha publicado.
Yo estudie casi toda mi infancia aquí, hasta la Eso, y el año que viene voy hacer grado medio.
Soy nacional de Portugal pero residí en Venezuela por más de 30 años realizando todos mis estudios en español y formación universitaria en ese país ¿Presentando ese título universitario al solicitar la nacionalidad por residencia es válido como dispensa para el DELE?
Ángela estudios realizados en el exterior no son válidos para pedir una dispensa…
Buenas tardes, quería saber si los títulos de la ESO, de colegios españoles oficiales en el extranjero, también son válidos para tal fin.
Gracias.
Hola. Yo estudié en españa pero no prove el E.S.O
Pero despues lo saqué en una prova de acceso.
Eso vale igual k E.S.O??
Existe algún formulario o procedemiento para la solicitud del exento o despensa de la prueba de idioma dele.
aún no. El siguiente enlace le puede interesar
Mi madre tiene 71 años es cubana, lleva dos años residiendo de forma legal. Y estra con diagnostico de demencia y principio de Alzheimer. Mi pregunta
¿ Donde tengo que ir para pedir la dispena?
¿ Que tengo que hacer?
Pues se que no podra realizar dicho examen-.
Gracias
por favor, me pueden decir si han publicado el formulario oficial de solicitud de dispensa, y si es afirmativo donde lo puedo encontrar. Gracias
Aún no está publicado.
Buenas,
Me podríais decir específicamente qué se ha de hacer para quedar exento? Escribir al Ministerio o algo? Dentro de poco me caducan los penales de mi país y me urge presentar la solicitud. Bastará con adjuntar el certificado de la ESO+BATX… En la solicitud o he de hacer algo más?
Muchas gracias.
tiene que solicitar la dispensa al Ministerio de Justicia; en pocos días publicarán el formulario oficial de solicitud de dispensa.
muchas gracias.
Gracias.
Pocos días iban a ser….y aun seguimos esperando.Esto es una vergüenza, son lentos para lo que les interesa
Hola, si es cierto esto. ¿Cómo se solicita la dispensa? Hay que mandar algún escrito o algo al ministerio? o simplemente se aporta en la solicitud de nacionalidad¿? si ya tienes la ESO.. Por favor que alguien me ayude!!!!
Hola, yo tengo primaria, luego hice pcpi, grado medio y grado superior… Se supone que Grado medio equivale a ESO.. No se si tendria que hacer examn de dele y ccse.
Gracias
Hola, buenas tardes.
Yo he presentado mi solicitud hace dos semanas pero no tenia consciencia de dicha nueva ley. Yo he he estudiado aqui en España, desde la primaria. Es decir, tengo la ESO. Pero en la solicitud he presentado una hoja conforme que estoy estudiando ahora mismo en la universidad y he entrado via un grado superior. Iba a coger cita para hacer los dos exámenes pero ahora con este cambio ya no me ará falta ya que tengo la ESO de aquí.
El problema esta en que no he presentado ninguna hoja de certificado de la ESO en la solicitud, sino de mis estudios actuales. Que debería hacer? Presentar de nuevo otra solicitud y pagar otra vez las tasas de 100 e? O eso ya lo revisarán ellos en el sistema, sin necesidad de haber adjuntado mi certificado de la ESO?
Espero una respuesta, saludos y gracias de antemano.
Hola Noa
¿Qué hoja es esa que has presentado? porque estoy por hacer lo mismo y ya si acaso que muevan un poco el c**** y lo revisen ellos…..
Como supiste que podias presentar esa hoja?
Gracias.
hola ahora puede precentar nacionalida sin examens qe gente mas de 50años es verda espero su respuesta gracias
*14 días naturales desde la inscripción
buenos días chicos me acaban de contestar los del instituto cervantes, como queda reflejado en el documento de resguardo de la inscripción solo disponemos de 14 días naturales para que nos realicen un reembolso de las tasas, al final pagan los de siempre la falta de criterio para emitir las leyes, ya que seguro que a todos los que estamos aquí seguro nos parecía absurdo llevar más de 10 años aquí escolarizados y tener que realizar un examen de conocimientos sociales e integración. En nada más que decir, indignante.
Hola,
Encaso no puede leer ni escribir, pero ellos tiene carnet de conducir, puedes tener problemas cuando solicitan la dispensa de estas pruebas al Ministerio de Justicia?
Vamos que un titulo universitario tiene menos valor que la eso,me asombra,ademas de que siendo estudiante ,esos años eres mas que una m… ahora resulta que tu titulo te lo puedes ….. magnifico .
El título universitario no significa que hayas estudiado historia de españa(no me refiero en profundidad) y tampoco lengua y literatura. Solo has estudiado lo de tu carrera.
Hola,
Yo llevo estudiando en España desde primero de la eso y ahora estoy en la universidad,entonces quería saber si aunque haya echo los exámenes (CCSE y DELE) puede reclamar de alguna forma para que me devuelvan las tasas pagadas?
Gracias, un saludo
Yo soy natural de ecuador por lo que quedaba exenta de realizar el examen DELE, y obligada a realizar el CCSE pero con la aprobación de esta nueva ley también quedo exenta de este último ya que he cursado primaria, secundaria y actualmente estoy en la universidad.
Mi pregunta viene por que todavía no he realizado el CCSE pero ya lo tengo pagado (se tiene que realizar la inscripción un mes antes), dada mi condición actual de no estar obligada a realizarlo, ¿Como puedo solicitar un reembolso del coste del examen?
Hola Belén, estoy en la misma situacion que tu y tambien dispongo de la titulacion de la ESO. Tego pagadas las dos tasas la del DELE A2 y CCSE, espero que no haya ninguna complicacion en devolvernos el dinero y que sea rapido.
un saludo al equipo de la pagina.
hola
Estoy en la misma situacion que tu , el ya e echo el examen CCSE y ahora voy a hacer el examen DELE A2 el dia 21 de octubre , quisiera saber si me devolveran el dinero??