¡Anuncio del Ministerio de Asuntos Exteriores en relación con el Brexit!

¡Anuncio del Ministerio de Asuntos Exteriores en relación con el Brexit!:¿qué necesito para viajar a Reino Unido?

El 29 de marzo se activó la notificación de la retirada de Reino Unido de la Unión Europea. A partir de este momento, se pone en marcha el artículo 50 del Tratado de Lisboa y se inician las negociaciones para llegar a un acuerdo y  hacer efectiva la salida del Estado Miembro de la Unión.

Este noticia ha causado mucha controversia, sobre todo para los británicos que residen en nuestro país, así como los miles de española que actualmente viven en Reino Unido. ¿Cuáles serán las posibles consecuencias?

Ante estas preocupaciones, el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación publica un folleto informativo para resolver algunas de estas cuestiones:

  • ¿A partir del 29 de marzo, cuando se inicia el proceso de separación, se podrá seguir viajando a Reino Unido?

Sí, para todos los interesados en viajar a Reino Unido, podrán seguir haciéndolo con los mismos requisitos que se han exigido hasta ahora, sin cambios. Tenga en cuenta que aunque se hayan iniciado las negociaciones, hasta que la salida no se haga efectiva, Reino Unido sigue siendo miembro de la UE.

  • ¿Hasta cuándo podré viajar sin hacer otros trámites?

Se mantendrá el actual régimen dependiendo del desarrollo de las negociaciones. El propio Ministerio de Asuntos Exteriores, mantendrá informado de cualquier cambio que pudiera producirse a lo largo del mismo.

  • Si soy ciudadano español, ¿qué documentos necesito para entrar y salir del Reino Unido?

En caso de españoles que deseen viajar a Reino Unido, deberán llevar consigo:

-DNI o pasaporte en vigor

-Los menores de edad que viajen solos pueden hacerlo con DNI o pasaporte. En caso de viajar solo con DNI necesitan obligatoriamente la autorización de los padres o representantes legales mediante comparecencia ante la Policía Nacional, Guardia Civil, juzgados, notarías o ayuntamientos.

En relación a los españoles que residen actualmente en Reino Unido, el Gobierno español ha puesto en marcha una «ventanilla única» situada en la Embajada española en Londres, a través de la cual podrán resolver las consultas de los españoles erradicados en el país.

A su vez, podrán realizar consultas relacionadas con el Brexit a través de los siguiente correos electrónicos: emb.londres.brexit@maec.es y brexitventanillaresidentes@maec.es

Para ver el folleto informativo pulse aquí

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Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.

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Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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