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Nuevo Director General de los Registros y del Notariado
El pasado 3 de agosto fue aprobado por el Consejo de Ministros, a propuesta de la ministra de Justicia, Dolores Delgado, el nombramiento de Pedro José Garrido Chamorro como nuevo Director de los Registros y del Notariado, notario de Madrid, tomando relevo a Francisco Javier Gómez Gálligo.
José Garrido Chamorro nació en 1960. Es licenciado en derecho y tiene estudios empresariales por la Universidad Pontificia de Comillas. En 1987 ingresó en el notariado. Ejerció en Palma de Mallorca (1955-2003), donde llegó a ser Decano del Colegio Notarial de Islas Baleares.
Posteriormente, ha ocupado diversos cargos en el Consejo General del Notariado, como vicesecretario (entre 2005 y 2012) y delegado de Seguros (entre 2005 y 2014), con funciones relacionadas con la gestión del seguro médico y la responsabilidad civil.
Es actualmente notario en Madrid capital.
Ha publicado diversos estudios jurídicos en materias como las reservas de las sociedades mercantiles, el régimen del capital y las cuentas de las sociedades mercantiles, el coste y el valor económico de la seguridad jurídica preventiva, la adopción y la protección de menores y, más recientemente, el impacto de las tecnologías que están impulsando la nueva resolución industrial (Inteligencia Artificial) en las actividades jurídicas y la respuesta empresarial que éstas deben ofrecer antes este desafío.
A su vez, ha participado en la organización y dirección de varios cursos sobre el sistema notarial y registral, dirigidos a profesionales de distintos países latinoamericanos, en el ámbito de de las funciones de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Pedro José Garrido Chamorro queda a la cabeza de la Dirección General de los Registros y del Notariado y son muchos los retos que tendrá por delante, entre ellos:
-Agilizar la resolución de los expedientes de nacionalidad española por residencia que aún siguen pendientes de tramitar.
-Continuar resolviendo en plazo los recursos gubernativos para evitar que se aplique el silencio negativo.
-Ayudar a terminar de incorporar al derecho español la IV y la Directiva en materia de blanqueo de capitales.
-Tender puentes para mejorar la relación entre los órganos corporativos de notarios y registradores.
-Aplicar, en el ámbito de Notarías y Registros el nuevo Reglamento europeo de Protección de Datos y el RDLey 5/2018, de 27 de julio.
-Garantizar a los opositores a notarías y registros e que tengan una oportunidad cada año.
-Continuar con el desarrollo de los servicios electrónicos como los que han permitido las comunicaciones a la DGRN y la resolución de concursos en tiempo récord.
-Impulsar la entrada en vigor definitiva de la Ley de Registro Civil de 2011.
Deseamos un buen comiendo del nuevo directo general y que pueda afrontar con éxito todos los retos que se le plantean.
Publicado su nombramiento en el BOE el 4 de agosto de 2018 (VÉASE AQUÍ)

Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada
¿Cómo un apellido que no refleja la filiación materna puede reflejar el ‘linaje materno’? Eso es absurdo, además tener que derivar eso al Ministerio de Justicia, como Recurso de Reposición, es un derroche de recursos públicos, pues ellos están desbordados de trabajo y seria mucho de agradecer que el Registro Civil de Pradillo fuese capaz de mediar un caso tan claro de pérdidas de derechos como este, en el cual siquiera la prioridad apuntada en una ley de 1958, ‘que los apellidos reflejen los progenitores’ es observada. Aunque seamos inmigrantes, somos seres humanos y tenemos derecho a una identidad. El Derecho a la Identidad es uno de los Derechos Fundamentales, eso no se puede negar a un ser humano.
Espero que resuelva también los Recursos de Reposición contra los abusos del Registro Civil de Madrid, que impone una ley de los apellidos españoles obsoleta, de 1958, obligando los inmigrantes a cambiar sus apellidos por otro que siquiera son usados por sus progenitores, en nombre de un supuesto ‘linaje materno’, que no refleja el apellido que usa la madre, pues en muchos países las mujeres cambian sus apellidos al contraer matrimonio, al contrario de España, en que eso no sucede. Como consecuencia la persona queda sin la nacionalidad concedida y jurada, porque el trámite tarda años en resolverse y esta no es efectiva antes de registrarse la partida de nacimiento. Por otro lado, pienso que antes de cambiar los apellidos a gente, a diestro y siniestro, como hacen, deberían razonar que esto nos expone a la suplantación de nuestra identidad o mismo a confusiones con homónimos, imputaciones por actos que no cometimos y, en última instancia, facilita la comisión de delitos, o mismo bigamía, al producirse una doble identidad jurídica. Creo que nada de eso era factible en 1958, pero, aún así, esta ley obsoleta priorizaba la identificación de los progenitores, cosa que imponer un apellido que no es llevado por la medre o por el padre no favorece. En suma, ¡abusos, señoras y señores! Nos tienen rehenes de nuestras necesidades y abusan de nosotros en nombre de falsas convicciones, como la igualdad femenina, siendo que en el fondo lo que se prioriza es tener siempre la razón, coste lo que coste al inmigrante, pues a ellos no les costa nada complicarnos la vida.
¿Cómo un apellido que no refleja la filiación materna puede reflejar el ‘linaje materno’? Eso es absurdo, además tener que derivar eso al Ministerio de Justicia, como Recurso de Reposición, es un derroche de recursos públicos, pues ellos están desbordados de trabajo y seria mucho de agradecer que el Registro Civil de Pradillo fuese capaz de mediar un caso tan claro de pérdidas de derechos como este, en el cual siquiera la prioridad apuntada en una ley de 1958, ‘que los apellidos reflejen los progenitores’ es observada. Aunque seamos inmigrantes, somos seres humanos y tenemos derecho a una identidad.