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Cambio de tarjeta comunitaria cuando el familiar de español (hijo mayor de 21 años, ascendiente u otros familiares a cargo por familia extensa) dejan de estar a cargo.
Como sabéis, la normativa de Régimen Comunitario permite que un ciudadano español o comunitario reagrupe, entre otros, a los hijos de más de 21 años, los ascendientes o incluso otros familiares (familia extensa) siempre que se acredite que han vivido a cargo en el país de origen y siguen estando a cargo durante su residencia en España.
Pero, ¿y si el extranjero familiar deja de estar a cargo del ciudadano comunitario? ¿y se se pone a trabajar?
Estas situaciones son más comunes de lo que parece. Casos en los que, durante el tiempo de vigencia de la tarjeta comunitaria el extranjero ha podido llegar a trabajar y ganar suficiente dinero como para poder mantenerse con sus propios medios. Es decir, dejaría de depender del ciudadano español y por lo tanto, dejaría de «estar a cargo».
En este caso, al no estar bajo el supuesto de «familiar a cargo» el extranjero estaría obligado a solicitar un cambio de régimen jurídico, es decir, tendría que cambiar su tarjeta comunitaria por una de régimen general, por una autorización de residencia y trabajo con su contrato de trabajo.
Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR C/ Navarra 1 bajo 18007 Granada
Que pasa, si ese familiar comunitario esta trabajando con contrato y no ha cambiado la tarjeta?
Ahora bien que clase de contrato se necesita para que no salga denegado
Hola tengo la tarjeta comunitaria de 6 años estoy trabajando y nome solicitó el cambio ahora me caduca tengo derecho a cambiar a la permanente