La nueva Ley de Nacionalidad para descendientes de españoles ya está en el Congreso de los Diputados

La nueva Ley de Nietos o descendientes de Españoles ha tenido entrada en el Congreso de los Diputados. El 29 de Junio de 2018 se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes el comienzo del plazo de enmiendas.

El plazo de enmiendas a nuevo proyecto de Ley de Nacionalidad para los descendientes de Españoles se prolongará hasta el 17 de septiembre.

Consulte el Boletín Oficial de las Cortes Generales

 Tal como contamos en nuestro anterior artículo sobre el proceso legislativo completo de la nueva ley de descendientes de españoles, estamos ante la primera fase legislativa en el Congreso de los Diputados de España. Ahora, La Comisión de Justicia, de acuerdo a lo establecido en el artículo 148 del nombrado reglamento, tendrá competencia legislativa plena en la propuesta de ley.
 
ley de nietos descedientes de españoles nacionalidad

Estos son los supuestos que contempla la nueva normativa de nacionalidad española para los descendientes de españoles:

a) La concesión de la nacionalidad española de origen mediante una declaración de opción a los hijos de aquellas personas originariamente españolas nacidas en el extranjero. De esta forma podrán acceder a la nacionalidad española los nietos del emigrante español varón que mantuvo su nacionalidad hasta el nacimiento de sus descendientes y los nietos de aquellas mujeres españolas emigrantes con independencia de si la emigrante española mantuvo, perdió o recuperó su nacionalidad antes del nacimiento de sus descendientes.

Asimismo se concederá la nacionalidad por esta vía a aquellos nietos de quien adquirió la nacionalidad del país de acogida por razones económicas.

b) La concesión de la nacionalidad por la vía de opción a los hijos mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción.

c) La recuperación de la nacionalidad española para aquellas personas que, siendo españoles de origen, no la han ratificado al cumplir su mayoría de edad, de acuerdo a lo previsto en el artículo 24.1 y 24.3 del Código Civil.

La condición de descendientes de españoles deberá probarse con los siguientes documentos:

1. Para los hijos de españoles emigrados:
a) Certificación literal de nacimiento del interesado.
b) Certificación literal de nacimiento del padre o de la madre expedida por un registro civil español.
Si hubieran nacido antes de 1870, podrán aportar una certificación española de bautismo.

2. Para los nietos de abuelos españoles emigrados:
a) Certificación literal de nacimiento del interesado.
b) Certificación literal de nacimiento del padre o de la madre.
c) Certificación literal de nacimiento del abuelo o de la abuela del solicitante. Si hubieran nacido antes de 1870 podrán aportar una certificación española de bautismo.

3. Para los hijos mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida la nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción:
a) Certificación literal de nacimiento del interesado.
b) Certificación literal de nacimiento del padre o madre del solicitante en el cual conste que su padre o madre han optado por la nacionalidad española de origen o certificación literal de nacimiento del interesado en el que conste que es hijo de español y que el inscrito no ostenta la nacionalidad española.

La nueva Ley de Nietos establece la implantación de una Plataforma electrónica para la tramitación y resolución de los expedientes de nacionalidad española.

1. El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación establecerá una plataforma electrónica común a todos los registros civiles consulares para la obtención de la cita por parte del interesado.

2. El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, en coordinación con el Ministerio de Justicia, determinará la plataforma electrónica más conveniente y eficaz para la transferencia telemática de las solicitudes aceptadas desde los registros civiles consulares a la Dirección General de los Registros y del Notariado

Estaremos informando de cualquier novedad y avance en el proceso legislativo de la nueva ley de nacionalidad para nietos o descendientes de españoles a través del portal Parainmigrantes.info.


Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.
banner 807 miniCoste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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40 comentarios en “La nueva Ley de Nacionalidad para descendientes de españoles ya está en el Congreso de los Diputados
  1. Yadira dice:

    Hola por favor estoy interesada en el tema,mi papá es ciudadano español y no me la puede dar porque soy mayor de edad,mi tatarabuela era española por favor quiero saber si hay posibilidad de que yo pueda ser ciudadana española?? Gracias

  2. Felix Cernuda dice:

    Dicen que salio una nueva Ley de Nietos despues del viaje de los reyes a Cuba. Que hay de eso?

  3. Jacqueline Perera Otero dice:

    Soy decendiente de Espanol,por linia recta ya que mi madre es nieta de español nacido en España Galicia,mi madre es Ciudadana desde el 9 de Julio del 2009 y fue firme el 25 de noviembre del 2009, yo por ser mayor de edad no pude optarla,quisiera saber si tendre la oportunidad de optar esta prestigiosa Ciudadania Española que ella ostentan gracias

  4. Yoslan dice:

    Seguidor

  5. lamarti dice:

    Hola,
    Me gustaria saber cuando va a entrar en vigor la nueva ley de nacionalidad para descendientes de espanoles. Puesto que el congreso de los diputados la ha probado .llevo esperando un ano desde que salio en el B O C G .
    Gracias

  6. nelson marinelli lópez dice:

    Buenos días. Hay alguna novedad respecto de esta ley?

  7. GLORIA dice:

    tengo nacionalidad Española pero yo vivo en Londres …quiero traer a mi hijo que esta en Ecuador tiene 19 años que podria hacer que requisitos me piden …..de antemano muchas gracias.

  8. ALBERTO RAMIREZ BOZA dice:

    «ATENCION , ATENCION» Mi abuelo fue inscrito en 1885 en un registro civil de la isla de Cuba , en aquella epoca colonia española , sus padres lo inscribieron como español, ya que eran españoles , despues del tratado de Paris , no firmaron el mismo , y segun ley española al no regresar a España y quedarse en la isla perdian su nacionalidad española , ante casos como este como contempla el nuevo proyecto de ley estos casos , que en Cuba hay miles de desendientes bajo este precepto.
    TRATADO DE PARIS: La inmensa mayoria de los españoles en Cuba eran braseros , vivian en el campo , nunca se enteraron del tratado de Paris y de su firma para mantener su nacionalidad española , como el proyecto de ley contemplaria esa situacion.

    1. Julio Juan de Dios Alvarez dice:

      Exactamente, mis abuelos paternos probablemente nunca supieron los detalles del Tratado de París.

      Aún así, ¿tengo esperanzas de obtener la nacionalidad Española? Como he dicho, mis abuelos paternos nacienron durante la época Española, en Cuba. Mis bisabuelos maternos nacieron en las Islas Canarias.

      Si pudiera presentar todas las certificaciones de nacimientos, ¿pudieran considerarme para ser español?

      Gracias, y saludos

      Julio J. Alvarez

  9. HASSAN dice:

    Mi Expediente de Nacionalidad Española de los años, 2010-2011y2012 Enmarcada dentro del citado Plan Intensivo
    NIE : X3209###K
    Expediente : R-989##/2012-1, sin penal
    Atentamente

  10. milagros dice:

    HOLA SOY NIETA DE ESPAÑOL, ADEMAS TENGO PRESENTADO MI EXPEDIENTE ANTE EL CONSULADO AUN SIN RESOLVER, ME SALTA UNA DUDA Y QUISIERA QUE ME INFORMARA, SE QUE COMENZARA LA NUEVA LEY PARA NIETOS, PERO QUIERO SABER LOS EXPEDIENTES AUN PENDIENTES DE RESOLUCION COMO QUEDARAN ENTONCES, SE MANTIENE EL PROCESO DE DICHOS EXPEDIENTES PENDIENTES A RESOLUCION O HAY QUE REALIZAR EL TRAMITE NUEVAMENTE, MI PROCESO ES DEL 31/03/2011, AUN EN PROCESO
    GRACIAS

  11. Yenny dice:

    Saludos soy hija de un ciudadano español q obtuvo su ciudadanía por la ley de memoria histórica pero por ser mayor de edad no pude obtenerla en ese momento. Quisiera saber si esta ley permite que los tramites sean por vi a telemática .Gracias

  12. Lodesny dice:

    Hola, buenas tardes soy tataranieto de español quisiera saber si yo me puedo hacer ciudadano español, por favor quisiera que me contestaran a mi correo.

    Gracias por la atención prestada

  13. Ana Laura Rigada Guerra dice:

    Hola, soy nieta de español, tengo entendido que hoy (17 de septiembre de 2018), se publicaría si se aprobó la nueva ley, donde puedo verificar esto y, en caso afirmativo, realizar el trámite?

    Mil gracias por su ayuda

  14. sergio dice:

    Medida recaudatoria del gobierno español

  15. Jose Luis Crespo Carnota dice:

    Hola soy nieto de españoles por linea paterna y materna y tengo 66 años.
    Estoy en condiciones de tramitar para adquirir la nacionalidad española?

    1. Nahir Parainmigrantes dice:

      De momento, la ley de nacionalidad para descendientes de españoles no es aplicable. La propuesta de ley para su modificación y puesta en marcha está pendientes de aprobación una vez finalizado el procedimiento ordinario legislativo. De momento hay que esperar.

  16. pedro fernandez dice:

    MI abuela es nacida en canarias , mi madre obtuvo la nacionalidad española atraves de ella y quería saber si yo tengo el derecho a obtenerla también , soy mayor de 30 años , agradecería una respuesta .

    saludos

  17. paola munguia fernandez dice:

    quisiera saber si ya se me puede otorgar la nacionalidad, yo naci en madrid pero me dijeron en la embajada que no se daba la nacionalidad por tierra solo por sangre. mi bisabuelo era español pero no tengo nadie quien me de el nombre completo y no pueden ver «su libro». solo quiero saber si ya la puedo adquirir y la condicion de mis hijos. por su atencion muchas gracias

  18. belen dice:

    Tengo el mismo problema, que has averiguado

    1. yaili dice:

      yo tambien tengo un problema parecido

  19. Javier de Jesus Garcia Gonzalez dice:

    Obtuve la nacionalidad española mediante la Ley de memoria histórica ya que mis abuelos eran españoles. El trámite lo inicié cuando mis hijos (2) eran menores de edad, sin embargo al terminarlo ambos ya eran mayores de edad. Tengo mucho interés en que ambos puedan obtener la nacionalidad. Se puede mediante esta nueva ley?

  20. MARIA ARMAS dice:

    SALUDOS! MI NOMBRE ES MARIA EUGENIA ARMAS, DESCENDIENTE DE CANARIOS, MIS BISABUELOS PATERNOS ERAN DE TENERIFE, QUIERO SOLICITAR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA. NACI EN VENEZUELA, MIS BISABUELOS LLEGARON ACA EN 1879. SUS FECHA DE NACIMIENTO 1863 (BISABUELA). QUE TENGO QUE HACER.??? MI PADRE VIVE, TIENE 92 AÑOS (NIETO)…PIENSO EMIGRAR. UN SUEÑO PISAR TIERRA DE MIS ANTEPASADOS. DE ANTEMANO, GRACIAS POR LA INFORMACION QUE ME PUEDAN DAR. ESPERO TENER ESPERANZA.

  21. MARIA ARMAS dice:

    SALUDOS! MI NOMBRE ES MARIA EUGENIA ARMAS, DESCENDIENTE DE CANARIOS, MIS BISABUELOS PATERNOS ERAN DE TENERIFE, QUIERO SOLICITAR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA. NACI EN VENEZUELA, MIS BISABUELOS LLEGARON ACA EN 1879. SUS FECHA DE NACIMIENTO 1863 (BISABUELA). QUE TENGO QUE HACER.??? MI PADRE VIVE, TIENE 92 AÑOS (NIETO)…PIENSO EMIGRAR. UN SUEÑO PISAR TIERRA DE MIS ANTEPASADOS. DE ANTEMANO, GRACIAS POR LA INFORMACION QUE ME PUEDAN DAR. ESPERO TENER ESPERANZA.

  22. jose felix dice:

    buenas tardes: mi esposa viaja en septiembre a España con mis hijos que si tienen la nacionalidad, ella esta en Libro de Familia y ya yo estoy aqui, ella tiene que comprar pasaje de ida y vuelta?

  23. Antonio alejandro dice:

    Yo soy hijo de un ciudadano cubano que obtuvo su ciudadania española, por la Ley de la memoria historica, y yo era mayor de edad, que posibilidad tengo yo. Gracias

  24. Kader Hama dice:

    Todo esto que acontece la recuperacion, de nuestra nacionalida Esp. Es de suma iportancia para mi y para todos mis familiares que fueron nacidos bajo la respetada Bandera Esp. De toda esperamos que en cercano dia podremos gozar de esa sombra que tanto anhelamos….

  25. Mario González Jorge dice:

    Saludos cordiales esta ley es sumamente positiva para todos los nietos discriminados por la ley MH rogamos a todos los partidos políticos de España la puesta en vigor de esta nueva ley de nacionalidad española apoyamos al actual presidente Pedro Sánchez y a su gobierno a la secretaria de estado a Sara Vila y a todos infinitas gracias

  26. Yamilet Garcia Dieguez dice:

    Mi madre es ciudadana española, es nieta de espanoles y yo por ser mayor de eda no pude hacer la ciudadanía, es decir, con esta Ley tengo la posibilidad de hacerme ciudadan espanola??? y mis hijas que son menores de edad tambien salen con esta ciudadanía ??

    1. Digna Elena dice:

      Saludos Yamilet, según el supuesto 2 de esta propuesta de Ley SI tienes derecho si tu madre ha obtenido la nacionalidad a través de la Ley de Memoria Histórica, una vez la obtengas tu, tus hijos al ser menores de edad adquirirán el derecho de opción, al menos así lo entiendo.. El supuesto dos de la propuesta de Ley donde se reconocen casos como el tuyo nos dice:
      2- Hijos de quienes obtuvieron la nacionalidad de origen mediante la Ley 52/2007 que no pudieron hacerse españoles cuando entró en vigor la Ley por tener mayoría de edad.

  27. evelyn dice:

    Soy nieta de dos españoles por ambas partes, paterno y materno obtuve mi nacionalidead española por mi abuelo materno, mi hija ya tenia 20 años y nos dijeron no podia acogerse a dicho proceso , pregunto esta nueva ley favorece a estos casos de jovenes que quedaron fuera ,gracias

  28. Klever dice:

    Hola, tengo una duda, esta ley es solo para abuelos españoles de origen o, también aplica a los abuelos nacionalizados, es decir, a los abuelos que han obtenido la nacionalidad española también podrían solicitar la nacionalidad española a sus nietos?
    Muchas gracias espero su respuesta.

  29. Agustin dice:

    Estimados, espero que se encuentren bien

    Les escribo a raiz de la nueva ley de ¨nietos¨. Les comento brevemente mi situación, soy bisnieto de español, hombre. Tengo entendido que mi padre nieto podria aplicar a la ciudadania, en el caso de que esta ley se aprobase, lo que no me queda claro es si, una vez obtenida, me la podria transferir a mi (soy mayor de edad). Me han indicado que podria obtenerla solo pidiendo la residencia en Espana, pero por lo que he leído aqui esto no seria asi. Me lo podrian aclarar, desde ya muchisimas gracias

    1. No soy un abogado de inmigración, pero según lo entiendo. tu padre (nieto de un español) debería poder obtener su ciudadanía. Y usted como su hijo podrá optar también aunque sea mayor de edad. Esto es lo que se propone 🙂

      1. evelyn dice:

        Soy bisnieta de dos españoles por ambas partes, paterno y materno obtuve mi nacionalidead española por mi abuelo materno, mi hija ya tenia 20 años y nos dijeron no podia acogerse a dicho proceso , pregunto esta nueva ley favorece a estos casos de jovenes que quedaron fuera ,gracias

        1. evelyn dice:

          Soy nieta de dos españoles por ambas partes, paterno y materno obtuve mi nacionalidead española por mi abuelo materno, mi hija ya tenia 20 años y nos dijeron no podia acogerse a dicho proceso , pregunto esta nueva ley favorece a estos casos de jovenes que quedaron fuera ,gracias

        2. lissette dice:

          Obtuve la ciudadania española por la Ley de Memoria Historica 52/2007 , tengo 2 hijos que no la pudieron obtener por haber cumplido mas de 18 años , con esta propuesta de Ley podrian obtener mis hijos la ciudadamia española ?

          1. Digna Elena dice:

            Saludos Lissette, según el supuesto 2 de esta propuesta SI tienen derecho tus hijos;
            2- Hijos de quienes obtuvieron la nacionalidad de origen mediante la Ley 52/2007 que no pudieron hacerse españoles cuando entró en vigor la Ley por tener mayoría de edad.

        3. María del Carmen Suárez de la O dice:

          Buenas tardes, soy nieta por linea materna y por carta autónomica de 1897 mi abuelo nació 24_11_1901 y mi madre 15-6-1939. Ambos inscritos en consulado de España en la Habana. ( Buenavista del norte Santa Cruz de Tenerife islas canarias España y bisnieta por linea paterna( Pravia Oviedo Asturias) me encuentro en España con mis hijos y nieta, qué también son descendientes por ambas líneas Paterna y materna los tres. Cómo hacer para legalizar o solicitar recidencia o permiso de trabajo por arraigo familiar u otra opción. Saludos cordiales
          María del Carmen Suárez de la O

      2. JAIME GUTIÉRREZ DE GASPERÍN dice:

        Mi padre era español,para mi,hijos y nietos, que procede para obtener la nacionalidad Española ?

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