Intérpretes y Traductores Jurados

Traductores/as e intérpretes jurados/as

Las traducciones e interpretaciones de una lengua extranjera al castellano y viceversa tendrán carácter oficial si han sido realizadas por quien se encuentre en posesión del título de Traductor-Intérprete Jurado que otorga el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, según establece la disposición adicional décima sexta de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, modificada por la disposición final cuarta de la Ley 29/2015, de 30 de julio.

Con el fin de facilitar información al ciudadano, la Oficina de Interpretación de Lenguas, máximo órgano de la Administración del Estado en materia de traducción e interpretación de lenguas, elabora y publica periódicamente un Listado de todos los Traductores-Intérpretes Jurados que han sido nombrados por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, con indicación del idioma o idiomas para cuya traducción e interpretación han sido habilitados. traductor jurado

Los requisitos para el otorgamiento del título de Traductor-Intérprete Jurado, así como las disposiciones relativas al sello y a la certificación se contienen en la Orden AEC-2125-2014, de 6 de noviembre.

 Las instrucciones e impresos para la obtención y tramitación del título se pueden consultar en el enlace sugerido al final de la publicación.
 
 Toda la información relativa a la actual convocatoria de exámenes para la obtención del título de Traductor-Intérprete Jurado está disponible en Convocatoria 2018 para la obtención del Título de Traductor-Intérprete Jurado.
 
 El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación español ha publicado la lista actualizada de  traductores/as – intérpretes jurados/as nombrados/as por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

Oficina de Interpretación de Lenguas

La OIL es una de las unidades más veteranas del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Fundada hace más de quinientos años, sigue siendo una pieza fundamental en el trabajo del Departamento. La conclusión de Convenios internacionales, la organización de conferencias y reuniones de alto nivel, o las ruedas de prensa en las que intervienen ministros y altos dignatarios extranjeros, son acontecimientos que requieren necesariamente de la OIL para ser realizados con éxito.

La OIL es el máximo órgano de la Administración General del Estado en materia de traducción e interpretación de lenguas. Fundada en 1527 por Carlos V con el nombre de Secretaría de Interpretación de Lenguas, se especializó inicialmente en la traducción de documentos procedentes de los Consejos y de la Cancillería de la Monarquía Hispánica.

Las primeras lenguas que se tradujeron en la Secretaría fueron el turco, el árabe, el siríaco, el persa, el toscano, el alemán, el francés, el latín, el hebreo, el arameo y el portugués.

Adscrita al Ministerio de Estado desde 1840, más tarde a la Secretaría General de Asuntos Exteriores, desde 1970, ya con su designación actual, pertenece a la Secretaría General Técnica del MAEUEC. Durante su dilatada historia, ha tenido a su frente a personalidades tan destacadas como Felipe Samaniego y Leandro Fernández de Moratín. En la actualidad, se compone de funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Traductores e Intérpretes, versados en las lenguas alemana, árabe, francesa, griega, inglesa, italiana y rusa. Entre sus principales funciones, destacan las siguientes:

  • La traducción oficial al español de los Tratados y Convenios internacionales de los que España es parte, así como de otros textos redactados en lenguas extranjeras cuya publicación al castellano sea preceptiva.
  • La traducción al español o a otras lenguas extranjeras de documentos de carácter diplomático, consular o administrativo del MAEUEC, así como de cuantos documentos oficiales afecten a sus relaciones exteriores.
  • La interpretación en actos en que intervengan representantes de los órganos superiores de la Administración del Estado, tanto en territorio nacional como en el extranjero.
  • La participación, en calidad de expertos lingüísticos, en traducción e interpretación en el contexto de conferencias internacionales y negociación de Tratados, tanto en España como en el extranjero.
  • La organización de las pruebas de acreditación de los Intérpretes Jurados en español.
  • La interlocución con las instituciones competentes en materia de traducción e interpretación de lenguas de la Unión Europea, organismos internacionales y países extranjeros.​​​

* Fuente y Enlaces: Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAEC)

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.banner 807 miniCoste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR C/ Navarra 1 bajo 18007 Granada

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Un comentario en “Intérpretes y Traductores Jurados
  1. ABIA MICHAELLE SANTOS CARVALHO dice:

    Está abierta la convocatoria ?

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