Guía de Nacionalidad. Vídeo 4. Integración

Conoce paso a paso cómo tramitar tu solicitud de nacionalidad española por residencia gracias a esta Guía de Nacionalidad Española en Vídeo elaborada por Vicente Marín

Además de acreditar el tiempo de residencia mínimo exigido y la buena conducta, el solicitante de nacionalidad española por residencia deberá acreditar el grado de integración en España, según establece el artículo 22.4 del Código Civil.

Hasta la entrada en vigor de la Ley 19/2015, de 13 de junio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro (ley por la que se modifica el procedimiento para la solicitud de la nacionalidad española), correspondía al Juez encargado del Registro Civil de nuestro domicilio valorar el grado de integración en España del solicitante.

Mediante la realización de un informe, totalmente subjetivo, el Juez competente del Registro Civil indicaba al Ministerio de Justicia si el solicitante estaba lo suficientemente integrado en el país como para que se procediera, o no, a concederle la nacionalidad española. Para valorar el grado de integración, cada juez se «servía» de determinados mecanismos: declaración de testigos, realización de determinadas preguntas similares a un examen, etc. Como cada juez era competente para determinar los mecanismos que servían para acreditar el grado de integración, no existía, por tanto, un criterio unificado para toda España, llegando a producirse denegaciones de nacionalidad por falta de integración ante situaciones similares, pero en expedientes presentados en distintas zonas geográficas.

Por ello, tras la reforma del procedimiento de solicitud de nacionalidad española, se ha establecido un criterio totalmente objetivo y unificado para todos los solicitantes, independientemente del lugar del domicilio. Ahora el grado de integración se acredita mediante la superación de dos exámenes: un examen de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España (CCSE) y un examen de idioma (DELE), nivel A2.

El examen de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España deberán realizarlo todos los solicitantes de nacionalidad por residencia, independientemente del tiempo de residencia en España, salvo los menores de edad y las personas incapacitadas judicialmente.

Este examen consta de 25 preguntas de respuesta cerrada (hay preguntas con tres opciones de respuesta de las cuales solo una es verdadera, y otras con una sola opción de respuesta de verdadero o falso).

Los contenidos se dividen en dos grupos: Gobierno, ley y participación ciudadana en España (60% de las preguntas) y Cultura, historia y sociedad españolas (40% de las preguntas).

Aquí puedes ver las preguntas de los exámenes CCSE.

Por el contrario, el examen DELE deberán realizarlo únicamente los solicitantes nacionales de países no hispanohablantes (* en supuestos específicos también podrán estar exentos de realizar el examen).

El examen DELE A2 consta de diferentes pruebas, organizadas en dos grupos:

– Grupo 1 (Destrezas de lecto-escritura): Comprensión de lectura y expresión e interacción escritas.

– Grupo 2 (Destrezas orales): Comprensión auditiva y expresión e interacción orales.

Se requerirá la calificación de «apto» en cada uno de los grupos de pruebas en la misma convocatoria de examen.

Aquí puedes ver un modelo de examen DELE.

Descarga aquí la Guía completa de Nacionalidad Española

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.
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Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR C/ Navarra 1 bajo 18007 Granada

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4 comentarios en “Guía de Nacionalidad. Vídeo 4. Integración
  1. ihssan ahaggan dice:

    estan ya las arcas del cervantes institut llenas con el dinero de inmigrantes , o todavia padecen de crisis

  2. paul atteh ntiaku dice:

    Tiene una pregunta,y es cuanto dinero tiene qua pagar para eso curso o examin.Y me otro opinion las certificado de nacimiento tambien atesidentes penales ja lo se tiene que sali de nuestro paises es bueno pero, muchu de nosotros cuando entantas envier dinero para africa ahi se gasta eso dinero tambien perdir tiempo. Porque apatir eso pagar para los examin que nos llamar instituto cervante ysocio culturaler.,yo como ja estas en madrid el govierno ayouda paraque nuestra embajada nos echa una valle y con las certificado de las examin nos integra las nationalida por residencia.?

  3. ahmed dice:

    Hola mi pregunta porque mi expediente 2012 y no hay nada encuentra en estudio así dos años

  4. Sandra dice:

    Hola buen día mi pregunta es la siguiene….. Un apersona colombiana nacionalizada español q viva en Colombia como hace para reagrupar a su hija menor de edad en Colombia gracias

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