Pedir la nacionalidad española fuera de España

Una pregunta bastante frecuente que nos hacéis tanto a través del teléfono de asesoría como a través de nuestras redes sociales es si cabe la posibilidad de pedir la nacionalidad española encontrándose el interesado fuera de España.

Para contestar a esta pregunta, en primer lugar tenemos que tener en cuenta las distintas formas de obtención de la nacionalidad que contempla nuestra normativa.

Estefanía de Parainmigrantes.info y experta en derecho de Extranjería y Nacionalidad Española y te explica con detalle si es posible o no solicitar la nacionalidad española estando fuera de España.

Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

Nacionalidad Española

Como ya hemos comentado en otros artículos y vídeos, existen varias vías para poder adquirir la nacionalidad española:

La más frecuente de todas es la adquisición de la nacionalidad española por residencia. Si la pregunta es ¿Podemos solicitar la nacionalidad española por residencia estando fuera de España? La respuesta sería un rotundo NO.

No es posible hacer este tipo de solicitud fuera ya que debe existir obligatoriamente en España una residencia legal y continuada.

Además, no es posible hacer la solicitud a través del Consulado, ya que no es un órgano habilitado para tramitar y recepcionar este tipo de solicitudes. Actualmente se puede hacer la solicitud de nacionalidad española por residencia a través de:

  • Plataforma telemática habilitada por el propio Ministerio de Justicia
  • Por Correo Postal
  • A través de cualquier Registro Público de Delegación o Subdelegación de Gobierno
  • O incluso a través del Registro Electrónico del propio Ministerio o la conocida Red Sara.

Hoy por hoy, por tanto no es posible hacer la solicitud de nacionalidad española por residencia estando fuera de España ya que como bien indica su propio nombre, es necesario tener una residencia legal en España.

jura de nacionalidad con tarjeta caducada

¿Cuánto tiempo debo residir previamente para hacer la solicitud de nacionalidad española? El tiempo establecido para cada supuesto viene fijado en el Código Civil, y es de:

  • Como caso general será necesario la residencia legal y continuada durante 10 años
  • Este plazo se reduce a 5 años si se trata de Refugiados
  • Dos años para los nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal o de sefardíes.
  • Bastará el tiempo de residencia de un año para:
    • El que haya nacido en territorio español.
    • El que no haya ejercitado oportunamente la facultad de optar.
    • El que haya estado sujeto legalmente a la tutela, curatela con facultades de representación plena, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
    • El que al tiempo de la solicitud llevare un año casado con español o española y no estuviere separado legalmente o de hecho.
    • El viudo o viuda de española o español, si a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o de hecho.
    • El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.

Este plazo de residencia legal y continuada en España debe darse además previamente a la solicitud, por lo que además de deber vivir en España debe hacerse estando en España la solicitud de la mencionada solicitud de nacionalidad.

Nacionalidad Española estando fuera de España

Sin embargo, y como indicábamos anteriormente, existen otras vías de solicitudes de nacionalidad española. Una de ellas es la nacionalidad por opción, en la que sí es posible solicitarla estando fuera de España.

Este «tipo» de nacionalidad española se otorga a:

  • Las personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español.
  • Aquellas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España (no está sujeto a límite alguno de edad).
  • Las que se hallen comprendidas en el segundo apartado de los artículos 17 y 19:
    • La filiación o el nacimiento en España, cuya determinación se produzca después de los 18 años de edad, no son por sí solos causa de adquisición de la nacionalidad española. El interesado tiene entonces derecho a optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de dos años a contar desde la determinación. (Art. 17.2 cc)
    • El adoptado mayor de 18 años podrá optar a la nacionalidad española de origen en el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción. (Art. 19.2 Cc).

Este derecho de opción es muy frecuente en el caso de los residentes legales en España que adquieren la nacionalidad española teniendo a su cargo, hijos menores de edad. Para estos menores, surge el derecho a optar a la nacionalidad española y pueden hacer uso de este derecho hasta dos años después de haber alcanzado la mayoría de edad.

En estos supuestos sí es posible hacer la solicitud de nacionalidad en el Consulado de España si dicho menor o interesado se encuentra fuera de España.

Y para nuestros seguidores de habla árabe, ¡nuestra compañera Yosu nos lo explica en el siguiente video!

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Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019banner 807 miniCoste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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10 comentarios en “Pedir la nacionalidad española fuera de España
  1. Miguel A Crespo dice:

    Mis abuelos fueron de España a Cuba en 1905, y luego regresaron antes del 1908 y volvieron a Cuba sobre 1910 alli nacieron 2 hijas , la segunda mi madre en agosto de 1920, y en Diciembre de 1923 volvieron a Cuba y se establecieron, definitivamente.
    Mi pregunta es , mi madre se considera española por el origen puess sus padres son españoles y el destino hizo que naciera en Cuba.

  2. Anuar dice:

    Hola yo soy español vivo en belgica mi esposa tiene la tarjeta de residencia. Comunitaria. Si puede solicitar la nacionalidad española en consulado español a que en Bruselas gracia

  3. Eva Kritska dice:

    Hola, por favor pueden dar información sobre la posibilidad de adquirir la nacionalidad española por matrimonio. Que requisitos son necesarios y si es posible hacer los tramites desde fuera de España. Muchas gracias.

  4. Alejandro dice:

    Hola,
    Como escribi en post anteriores me acaban de dar la nacionalidad por opcion, tengo cita para introducir la inscripcion de nacimiento de mi hija que tiene 17 años en el consulado de españa en caracas…mi pregunta es es necesario que este la madre de mi hija al momento de realizar la inscripcion o ella por la edad puede manifestar su voluntad de adquirir la nacionalidad española????

  5. sajid qamar dice:

    hola quiero peresantar nacinalidad pero barcelona

    1. Nahir Parainmigrantes dice:

      No hace falta citas, puede presentar su solicitud de forma telmática (además es la vía más recomendada)

      1. sajid qamar dice:

        quiero peresantar nacinalidad con telematica ok sin cita usted tien despacho barcelona donde entertagar mi todo documentos

      2. sajid qamar dice:

        ok quiero peresantar pero com telematic

  6. Y en qué ley aparece eso de que hay que mantener la residencia después de la solicitud durante toda la tramitación? Eso que yo sepa no es verdad ni existe en ninguna ley.

  7. Julian Santos dice:

    Quisiera plantearles mi caso:
    Viví durante 5 años en españa: 3 como estudiante y 2 con permiso de residencia de trabajo. Despues de residir 2 años con el permiso de trabajo solicité la nacionalidad. Desafortunadamente despues de solicitarla la empresa en la que trabajaba cerró (2014). Al no encontrar trabajo decidí volver a Colombia.
    Mi pregunta es si es posible que me aprueben la solicitud de nacionalidad. Desde mi punto de vista yo cumplí con lo que exige la ley: plazos de residencia legal, de forma continuada e inmediatamente ANTERIOR a la presentación de su solicitud en España. Tambien tenia medios de vida y todo lo demás….
    Al ser citado en el 2015 por la policia me presente pero ya con el NIE vencido (entre al pais como turista). Desde ese momento no me han vuelto a solicitar nada

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