Reforma del Sistema Europeo Común de Asilo. Informe de CEAR

La Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) presenta un Informe en el que analiza la reforma del Sistema Europeo Común de Asilo

El pasado lunes 20 de Febrero, tuvo lugar en Madrid una Jornada bajo el título de : “¿Hacia dónde va el nuevo sistema europeo común de asilo: retos, amenazas y propuestas?

La jornada estuvo organizada por la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), la cual lleva desde 1979 defendiendo el derecho de asilo y los derechos humanos, promoviendo el desarrollo integral de las personas refugiadas que vienen huyendo de conflictos bélicos o de violación de DDHH, solicitantes de asilo, apátridas y migrantes con necesidad de protección internacional y/o en riesgo de exclusión social.

Durante la misma se presentó un informe en el que, dicha entidad (CEAR), realiza un análisis exhaustivo sobre la reforma del Sistema Europeo Común de Asilo (SECA), con el objetivo de identificar los principales retos, amenazas y propuestas para garantizar la protección internacional de las personas refugiadas.

CEAR

Pero, ¿qué es el Sistema Común de Asilo?

Es un conjunto de normas que establece los estándares mínimos sobre acogida, procedimiento y otros aspectos relativos a las personas solicitantes de asilo y refugiadas en los países europeos, cuyo objetivo es armonizar y unificar los diferentes sistemas de acogida de los estados miembros de la Unión Europea, concretamente tiene como finalidad la homogenización de las condiciones de acogida, de los procedimientos de asilo y de los criterios de reconocimiento de protección internacional en los países europeos.

El problema que se plantea es que los solicitantes de asilo reciben un trato diferente dependiendo del país. No sólo las condiciones de acogida difieren de un país a otro, el reconocimiento de la protección puede variar mucho de un estado europeo a otro. Además, a lo largo del 2016, la Comisión Europea ha elaborado y presentado propuestas que aún están pendientes de debate para su aprobación.

CEAR denuncia una falta de solidaridad entre los Estados Miembros y la no aplicación de la legislación europea, ya que a pesar de que en 2013 se aprobaron una serie de normas que representaron un avance hacia el Sistema Europeo Común de Asilo, la legislación comunitaria sobre protección internacional continúa sin ser aplicada de forma coherente en el conjunto de la UE, sin contar con los 40 procedimientos que se han puesto en marcha contra varios Estados europeos por esta causa, los cuales siguen pendientes.

  • Para ver el análisis completo de CEAR: «Hacia dónde va el nuevo sistema europeo común de asilo: Retos, amenazas y propuestas» (pulse aquí)
  • Cinco puntos críticos de la propuesta de reforma normativa del Sistema Europeo Común de Asilo (SECA) (pulse aquí)
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Un comentario en “Reforma del Sistema Europeo Común de Asilo. Informe de CEAR
  1. Clemente dice:

    ¿Qué es el «Fuera de Culpa» en los Países Bajos?

    Es un permiso de residencia regular por tiempo determinado (razones humanitarias) que se otorga de oficio por el Ministro de Justicia a través del IND a aquellos extranjeros que después de haberles sido negado su pedido de asilopueden probar que ‘fuera de su culpa’ no pueden marcharse fuera de Holanda.

    Los requisitos que en mi caso tuve que cumplir fueron concretamente:

    1- el extranjero ha probado que realizo la partida. El tiene probado que sea presentado en la representación del país o países del cual el tiene nacionalidad o el país o países donde antes a vivido como apátrida para solicitar ser admitido pero no a resultado.

    2- él ha tomado contacto con la OIM y buscado la mediación de esta organisación para que le facilitará la salida del país, pero no ha resultado.

    3- él tiene entonces mientrastanto por medio de la Policía de Extranjería buscado la mediación del Servicio de Inmigración y Naturalización (IND) para la obtención de los documentos de viajes necesarios de las autoridades del país a donde él se pueda ir, pero la mediación no resulto.

    4- aquí hablamos de hechos y circunstancias en virtud de las cuales la persona en cuestión fuera de su culpa no puede marcharse fuera de Holanda, lo cual se ha probado lo suficientemente con la correspondiente documentación oficia.

    5- él permanece en Holanda sin permiso de residencia y no reune los requisitos para otro permiso de residencia.

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