Autorización y renovación residencia temporal por circunstancias excepcionales

Autorización de residencia y sus renovaciones.

¿Qué es?

Autorización de residencia por circunstancias excepcionales por colaboración con las autoridades policiales, fiscales, judiciales así como por seguridad nacional.

¿Quiénes son los interesados?

Ciudadanos extranjeros que colaboran con las Autoridades Policiales, Fiscales y Judiciales y con la seguridad nacional, entre ellos las víctimas de trata de personas

Periodo de validez

1 año

¿Cuál es el importe o la cuantía?

35’70 €.

¿Como se gestiona?

A petición del interesado.

¿Dónde se presenta la documentación?

Secretaría de Estado de Seguridad o Comisarías del Cuerpo Nacional de Policía.

Documentos:pasaporte o título de viaje reconocido como válido en España, con vigencia mínima de cuatro meses.

Para mayor información: Presencial.

Datos básicos del procedimiento

Forma de iniciación :A solicitud del interesado.

La solicitud del interesado se acompañará de informe de la Jefatura correspondiente de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad interviniente o, en su caso, de la Autoridad Fiscal o Judicial, para acreditar las razones que la sustentan.

Tipo de procedimiento: Autorizaciones, Licencias y Concesiones.

Materia del procedimiento: ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA.

Órganos competentes para resolver este procedimiento:

Por competencia propia:

– Secretaria de Estado de Seguridad.

La resolución del procedimiento sí pone fin a la vía administrativa.

Efecto de la falta de resolución en este plazo: Desestimatorio (inicio a solicitud del interesado).

Recursos que se pueden interponer:

Recurso potestativo de reposición

Órgano que resuelve el recurso: El mismo órgano que dictó la resolución que se recurre.

Plazo de interposición del recurso:1 mes acto expreso, 3 meses acto presunto.

Contencioso – Administrativo

Órgano que resuelve el recurso: ante la sala de lo contencioso administrativo de la Audiencia Nacional, según lo establecido Art.11.1.a) de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Normativa:

– LEY ORGÁNICA 4/2000 de 11 de enero, sobre los derechos y libertades de los extranjeros y su integración social.

– REAL DECRETO 2393/2004 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

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6 comentarios en “Autorización y renovación residencia temporal por circunstancias excepcionales
  1. laila dice:

    hola
    mi marido le toca renovar la primera residencia que la ha cojedo por arraigo familiar quiero saber cuales son los riquisitos y si es posible renovar sin trabajo
    un saludo

  2. Hola a todos,me gustaría saber el proceso de la renovación de tarjeta de residencia excepcional de 2 años después de la negación de tarjeta de residencia larga duración por estar fuera de España mas 10 meses en 5 años .me pregunta es:en la próxima renovación sera de 2 años mas o de larga duracion.gracias

  3. LIDIA ZAMBRANO dice:

    para renovar la tarjeta de larga duracion es necesario estar trabajando para q te den la resolucion como aceptada

  4. LIDIA ZAMBRANO dice:

    hola quiero saber si para renovar la arjetat

  5. cristina dice:

    Me gustaria saber si por circunstancias excepcionales podria obtener la residencia, por salud de un familiar directo , para cuidar de ese familiar, ya q tiene un grado de minusvalia.
    Gracias por su atencion.

  6. En el caso de circunstancias excepcionales, tambien entra las victimas de ciertos delitos como Violencia de genero o trafico de personas o por razones de salud.
    Seria bueno que ampliaran estas formas de acreditar las circunstancias excepcionales de residencia,
    gracias

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