Viajar con tu Mascota a España

¿Cómo puedo viajar con mi mascota? ¿Qué documentación tengo que llevar? ¿Tengo que hacer algún trámite previo al viaje? Estas son algunas de las preguntas que nos encontramos en nuestras redes sociales o nos trasladáis a través de nuestro teléfono de asesoría. En este artículo te contamos con detalle los requisitos así como la documentación que tienes que llevar para viajar a España con tu mascota.

Estefanía de Parainmigrantes.info te explica como puedes viajar a España con tu mascota.

Viajar a España con perros, gatos y hurones

Lo primero que debes saber antes de organizar tu viaje a España es:

  • Los animales que quieres desplazar no deben superar el número de 5.
  • No tengan una finalidad comercial ni exista una transferencia de propiedad.
  • Viajen acompañados de su dueño o una persona responsable del animal o animales en su nombre durante el desplazamiento. Se permite que el movimiento de los animales se haga en un medio de transporte separado al del dueño si ocurre en un plazo no superior a cinco días respecto al movimiento del dueño/responsable.

Viajar a España desde un país de la UE

Para introducir un perro, gato o hurón de compañía en España, deberá:
 
• Estar identificado con un microchip, o tatuaje (si éste se hizo antes del 03/07/2011) y siempre que continúe legible. 

 
• Estar vacunado frente a la rabia con una vacuna válida en el momento de realizar el viaje e incluida en el pasaporte.


• Disponer de un pasaporte europeo para el movimiento de animales de compañía. En el pasaporte  deberán estar cumplimentados los apartados “Propietario”, “Descripción del animal”, “Marcado”, “Expedición del pasaporte” y “Vacunación antirrábica” (ver anexo I de la Instrucción).
No son obligatorios para los desplazamientos desde otros Estados Miembros a España los apartados de Test serológico, Tratamiento contra las garrapatas, Tratamiento contra Equinococcus, Otras vacunaciones, Examen clínico, Legalización y Otros.

No se conceden excepciones, ni se autoriza la entrada en España de perros, gatos y hurones menores de 15 semanas, y por lo tanto no vacunados con una vacuna válida contra la rabia: 
 
• La edad mínima para vacunar a los animales será de 12 semanas.


• Para que la vacuna sea válida deben pasar al menos 21 días desde la inoculación.

viajar con mascotas

Viajar a España desde fuera de la UE

Para introducir un animal de compañía desde un país tercero, deberá entrar con su animal de compañía a través de uno de Puntos de Entrada (3 de diciembre 2021) de viajeros designados, y declarar al Resguardo Fiscal de la Guardia Civil que viaja con un animal de compañía, presentando la documentación del mismo.

En aquellos casos en los que no se disponga de pasaporte europeo para el movimiento de animales de compañía, los animales deberán venir acompañados por:

 
• Un certificado zoosanitario, que deberá ir firmado por un veterinario oficial del país tercero, y presentarse al menos en castellano.
•  y una declaración, ambos conforme a los modelos de la UE.
• Copia certificada de los datos de identificación y vacunación del animal/animales.

 
Modelo de certificado y declaración en español/inglés:

Modelo de certificado (Válido a partir del 01/11/2019) 


Además, su mascota deberá:


• Estar identificada con un microchip, o tatuaje (si éste se hizo antes del 03/07/2011)
• Estar vacunada frente a la rabia con una vacuna válida en el momento de realizar el viaje.
• Si procede de un país no listado en el anexo II del Reglamento (UE) 577/2013,  haber sido sometida a un test serológico frente a la rabia (ver apartado 4) en un laboratorio autorizado.

Si el desplazamiento de su animal o animales no se corresponde con el de los animales de compañía, entonces se trata de un movimiento comercial: 

Requisitos para los movimientos comerciales entre países de la UE

Requisitos para los movimientos comerciales desde países terceros

Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019banner 807 miniCoste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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2 comentarios en “Viajar con tu Mascota a España
  1. ALEXANDRA dice:

    HOLA BUENAS DIAS , QUEREMOS LLEVAR UN GATO A ESPAÑA COMO ES EL PROCESO ME PUEDEN INFORMAR DONDE COMUNICARME EL PASO A PASO.

    1. Diana Parainmigrantes dice:

      te compartimos una noticia con toda la información de los requisitos
      https://www.parainmigrantes.info/viajar-al-extranjero-con-mascotas/

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