Tarjeta de estudiantes para extranjeros inicial o renovación


Documento destinado a identificar al extranjero a los efectos de acreditar su situación legal en España.

¿Qué es?

Documento destinado a identificar al extranjero a los efectos de acreditar su situación legal en España.

¿Quiénes son los interesados?

Extranjeros para realización de trabajos de investigación o formación no remunerados laboralmente, o cursar o ampliar estudios en centros públicos o privados oficialmente reconocidos.

Periodo de validez

Superior a seis meses

¿Cuál es la tasa, importe y lugar de pago?

Modelo de tasa 790, código 012.

10’20 €

Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas de Crédito, en las que no es preciso tener cuenta abierta, mediante la presentación del documento de ingreso.

¿Como se gestiona?

Personalmente

Modelo de solicitud

Solicitud tarjeta de identidad de extranjero

¿Dónde se presenta la documentación?

Personalmente ante la Oficina de Extranjeros o, en su defecto, en la Comisaría de Policía del lugar donde tenga fijado su domicilio

Documentación para la solicitud inicial de tarjeta:

Pasaporte o título de viaje con el sello de entrada, signo o marca de control realizado en el puesto fronterizo. En su defecto, pasaporte o documento de viaje en vigor y declaración de entrada que deberá haber efectuado personalmente en cualquier Comisaría de Policía y Oficina de Extranjeros en el plazo máximo de 72 horas a partir del momento de la entrada en España.

Visado

Justificante del abono de la tasa correspondiente.

Tres fotografías recientes, en color, en fondo blanco, tamaño carné.

Documentación para la renovación de la tarjeta:

Pasaporte o título de viaje válido y en vigor.

Tres fotografías recientes, en color, en fondo blanco, tamaño carné.

Resolución de concesión de la autorización que justifica la expedición de la tarjeta.

Justificante del abono de la tasa correspondiente.

Datos básicos del procedimiento

Forma de iniciación: A solicitud del interesado.

Tipo de procedimiento: Autorizaciones, Licencias y Concesiones.

Materia del procedimiento: DERECHOS, LIBERTADES Y RELACIONES CIVILES.

Órganos competentes para resolver este procedimiento:

Por delegación:

– Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil.

– Delegados/Subdelegados del Gobierno.

La resolución del procedimiento sí pone fin a la vía administrativa.

Efecto de la falta de resolución en este plazo: Desestimatorio (inicio a solicitud del interesado).

Recursos que se pueden interponer:

Reposición

Órgano que resuelve el recurso: Órgano que dictó el acto.

Plazo de interposición del recurso: 1 mes.

Contencioso – Administrativo

Órgano que resuelve el recurso:

1.-Juzgado Contencioso – Administrativo.

2.-Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo; Salas de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia.

3.-Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional; Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

Plazo de interposición del recurso: 2 meses

Normativa:

– LEY ORGÁNICA 4/2000 de 11 de enero, sobre los derechos y libertades de los extranjeros y su integración social.

– REAL DECRETO 2393/2004 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Descargar formulario

Fuente: Ministerio del Interior

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5 comentarios en “Tarjeta de estudiantes para extranjeros inicial o renovación
  1. bisset dice:

    Soy peruana, voy a cumplir 3 años en Septiembre soy estudiante hace 2 años en Manresa(Cataluña) que tipo de tramite tengo que realizar para hacer el arraigo.

  2. naiara dice:

    hola por favor espero me ayuden con mi preocupacion: he puesto huellas y no entregue la tasa paga puesto que la habia pagado por internet y luego me informa una amiga que no es valida y me dirigi hoy mismo a pagarla que puedo hacer ? gracias

    1. Estefanía Guadix dice:

      Naiara, la tasa de huellas es la 790 012, comprueba que es esa tasa la que has abonado. De todas formas en Oficina de Extranjería deben comprobar que se ha abonado la tasa.

  3. Cristina dice:

    Hola, Hace poco intenté volar con mi tarjeta de estudiante que había caducado hacía 3 días, entregé el resguardo de cita para renovación que tengo en diciembre, pero la línea aérea no me dejo volar. Voy a enviar una reclamación. Hay alguna ley/artículo donde diga que puedo moverme por todo el territorio nacional con dicha documentación? Me gustaría añadirlo en mi reclamación. Gracias!

  4. Sofia dice:

    Hola, cuántos euros se necesita tener en tu cuenta bancaria para justificar medios económicos para todo el año?

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