Aprobado el Sistema Nacional de Garantía Juvenil pero, ¿qué es exactamente?

Hace unos días el Gobierno español aprobó el Sistema Nacional de Garantía Juvenil para incentivar la contratación así como a los jóvenes emprendedores

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un Real Decreto, en el que se regula el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con el que se pretende ocupar a los jóvenes que no estén desarrollando ninguna actividad laboral ni estén llevando a cabo ninguna formación podrán recibir una oferta de empleo, educación, formación de aprendiz o prácticas tras acabas la educación formal y quedar desempleadas. En esta medida para fomentar el empleo entre lo más jóvenes se incluye también incentivos para la contratación indefinida, la conocida como «tarifa jóven» y para los contratos formativos.

fondo de garantia juvenil¿Qué medidas hay exactamente?

– Medidas de mejora de la intermediación: Se desarrollarán aquellas actuaciones o medidas que contribuyan a la mejora de la activación temprana y del perfeccionamiento de los procesos de intermediación y movilidad laboral.

– Medidas de mejora de la empleabilidad: Se desarrollarán aquellas actuaciones o medidas que contribuyan a la mejora de las aptitudes y competencias profesionales.

– Apoyo a la contratación: se desarrollarán aquellas actuaciones o medidas que incentiven la inserción laboral.

– Fomento del emprendimiento: se desarrollarán aquellas actuaciones o medidas que apoyen el espíritu emprendedor, fomentando la responsabilidad, la innovación y el emprendimiento, poniendo a disposición de los jóvenes más servicios de apoyo a la creación de empresas, en especial, con una cooperación más estrecha entre los servicios de empleo, las entidades de apoyo a las empresas y los proveedores de financiación.

¿Qué requisitos hay que cumplir para inscribirse en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil?

– Tener entre 16 y 25 años. En el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% tener más de 16 años y menos de 30.

– Tener Nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en el ejercicio de la libre circulación y residencia.

– Ciudadanos extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar.

– Estar empadronado en cualquier localidad del territorio nacional.

– No haber trabajado en los últimos 30 días.

– No haber recibido acciones educativas en los últimos 90 días.

– No haber recibido acciones formativas en los últimos 30 días

– Adquisición de un compromiso de participación activa.

Los jóvenes que quieran aprovechar algunas de las ventajas que tendrá este sistema,  se tendrán que inscribir on line en el fichero del sistema , con dni electrónico, certificado digital, o envío de clave de usuario a su teléfono móvil.

Si estás interesado en saber más sobre estas medidas para el fomento del empleo puedes descargarte completo el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

¿Que te parece esta medida? ¿Crees que creará empleo? Déjanos tu comentario y no te olvides de compartir

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