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El Defensor del Pueblo realiza las siguientes recomendaciones en materia de migraciones:
El Defensor del Pueblo es el Alto Comisionado de las Cortes Generales encargado de defender los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos mediante la supervisión de la actividad de las administraciones públicas.
El Defensor del Pueblo es elegido por el Congreso de los Diputados y el Senado, por una mayoría de tres quintos. Su mandato dura cinco años y no recibe órdenes ni instrucciones de ninguna autoridad. Desempeña sus funciones con independencia e imparcialidad, con autonomía y según su criterio. Goza de inviolabilidad e inmunidad en el ejercicio de su cargo.
Cualquier ciudadano puede acudir al Defensor del Pueblo y solicitar su intervención, que es gratuita, para que investigue cualquier actuación de la Administración pública o sus agentes, presuntamente irregular. También puede intervenir de oficio en casos que lleguen a su conocimiento aunque no se haya presentado queja sobre ellos.
El defensor de pueblo ha publicado las siguientes recomendaciones:
– Recomendación relativa a los “Centros de Internamiento de Extranjeros. Asistencia social, cultural y jurídica” (sin respuesta por parte del Ministerio del Interior. Comisaría General de Extranjería y Fronteras)
Resumen: Se formulan varias recomendaciones a la vista de las deficiencias detectadas en la asistencia social, cultural y jurídica que se presta en los centros de internamiento de extranjeros.
– Recomendación relativa a la “Adquisición de nacionalidad. Cumplir el plazo de vencimiento de ciento ochenta días” (sin respuesta por parte del Ministerio de Justicia. Secretaría de Estado de Justicia)
Resumen:
Respetar el plazo de vencimiento de 180 días también concierne a la Administración competente, por lo que se deben realizar, antes de dicho vencimiento, todas las actuaciones necesarias para que los interesados puedan cumplir los requisitos que contempla el artículo 23 del Código Civil respecto al acto de jura o promesa y el de inscripción de la nacionalidad española en el Registro Civil.
– Recomendación relativa al “Informe previo de diagnóstico sanitario temprano de extranjeros. Elaborar con urgencia un protocolo de coordinación sanitaria” (sin respuesta por parte del Ministerio del Interior. Secretaría de Estado de Seguridad).
Resumen:
No existen garantías de que los servicios médicos de los CIE tengan conocimiento documentado de la asistencia médica recibida in situ por los extranjeros, tras su rescate, por lo que esta omisión puede suponer un riesgo para la salud de las personas afectadas por una enfermedad y podría conducir a situaciones de riesgo para la salud pública.
– Recomendación relativa a los “Residentes en España afectados por impago de pensiones venezolanas. No computación como ingreso el importe de las pensiones no abonadas” (en trámite por parte del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Secretaría de Estado de la Seguridad Social).
Resumen:
No computar como ingreso de los interesados o de su unidad familiar el importe de las pensiones no abonadas desde enero del 2016 por Venezuela a sus pensionistas residentes en España, a fin de que se les pueda reconocer el abono de complemento a mínimos y demás prestaciones de carácter no contributivo o asistencial, cuando acredite que carecen de recursos económicos suficientes para su subsistencia.
*Sugerencias:
– Sugerencia relativa al “Registro Civil de Orihuela. Notificación de una concesión de nacionalidad y cita urgente para la jura y la inscripción” (sin respuesta por parte del Ministerio de Justicia. Secretaría de Estado de Justicia).
Resumen:
Comprobado que un ciudadano al que se le ha concedido la nacionalidad no puede hacerla efectiva por la demora en realizar los trámites sucesivos de de jura e inscripción, sin que le sea posible obtener cita por el colapso e inaccesibilidad que sufre el Registro Civil de Orihuela, se sugiere que el este registro notifique urgentemente al interesado la resolución que le concede la nacionalidad citándole a la mayor brevedad para proceder a los sucesivos trámites de jura e inscripción.
– Sugerencia relativa a “Solicitud de autorización de residencia de Larga Duración. Valorar el tipo de delito cometido, su gravedad, así como el peligro potencial que representa el solicitante para el orden público o la seguridad pública” (en trámite por parte de la Delegación del Gobierno en la Comunitat Valenciana. Subdelegación del Gobierno en Alicante).
Resumen:
No resulta ajustado a derecho igualar a los ciudadanos que han residido en España durante cinco años de modo legal, con los que solicitan una autorización inicial. Asimismo, se considera que no se puede hacer de peor condición a los solicitantes de residencia de larga duración, que a los que solicitan la renovación de la autorización de la residencia que ostentaban, que sí pueden obtener dicha autorización pese a contar con antecedentes penales.
– Sugerencia relativa a “Expediente de nacionalidad extraviado. Tramitación preferente y urgente” (sin respuesta por parte del Ministerio de Justicia. Secretaría de Estado de Justicia).
Resumen:
Para hacer efectiva la tramitación preferente y urgente de un expediente de nacionalidad extraviado se ha sugerido su Localización en el Centro Nacional de Digitalización ya que sin este paso previo no se evitarían demoras adicionales a los siete años que ya acumula.
– Sugerencia relativa a “Autorización de residencia temporal. Resolución sobre residencia temporal no lucrativa” (en trámite por parte de la Delegación del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Ceuta).
Resumen:
La exigencia de los requisitos que contempla el artículo 47 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley orgánica 4/2000, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España, debe matizarse en función de las especificaciones que contiene el artículo 117 h) de dicha norma, al exigir que se acredite mediante certificación el compromiso de manutención y alojamiento y el cumplimiento de los requisitos exigibles de acuerdo con la normativa sobre Seguridad Social
– Sugerencia relativa a “Demorar la materialización de la ejecución de una expulsión. Tras la solicitud formulada por el Comité de Derechos del Niño” (sin respuesta por parte del Ministerio del Interior. Comisaría General de Extranjería y Fronteras) y al “Cese de internamiento de presunto menor de edad. Solicitud formulada por el Comité de Derechos del Niño” (sin respuesta por parte del Ministerio de Justicia. Ministerio Fiscal).
Resumen:
El Comité de Derechos del Niño ha solicitado la suspensión de la expulsión y el ingreso en un centro de protección de menores de un interno del centro de Archidona, hasta que se revise el procedimiento que se siguió para la determinación de la edad.
– Sugerencia relativa a la “Solicitud de visados. Embajada de España en Beirut” (en trámite por parte del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios)
Resumen:
La Embajada de España en Beirut denegó los visados solicitados por los padres y hermana de una ciudadana española, al no resultar fiable la información presentada para justificar el propósito y las condiciones de la estancia prevista, pese a en los expedientes de visado constaba carta de invitación y la acreditación del vínculo familiar con ciudadanos españoles.
– Sugerencia relativa a “Expediente de nacionalidad. Reconstruir y dar tramitación urgente y preferente al expediente de la interesada para que no acumule demoras adicionales” (en trámite por parte del Ministerio de Justicia. Secretaría de Estado de Justicia)
Resumen:
Comprobado el extravío de un expediente de nacionalidad se sugiere su reconstrucción y tramitación preferente y urgente para que no acumule dilaciones adicionales

Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada