Ayudas para inmigrantes 2014: Los subsidios

Ayudas para inmigrantes: Listado general con los distintos tipos de ayudas vigentes para trabajadores en paro, cuantía y duración.

Los subsidios por desempleo son ayudas a las que puede acceder el trabajador, bien porque ya haya agotado su prestación contributiva por desempleo o bien no cumplía los requisitos para acceder a ello, por ejemplo por falta de cotización. En este caso los subsidios son prestaciones asistenciales, lo que quiere decir que no todo el mundo las pueda recibir, sino que hay que cumplir también un serie de requisitos por ejemplo no superar un límite de ingresos propios.

Para este año 2014 este límite es de 483,98 euros mensuales por cada miembro de la unidad familiar. A día de hoy existen distintas clases de subsidios en función de las circunstancias o situación personal del trabajador, como sus cotizaciones, edad, responsabilidades familiares, etc.

Para todos aquellos que ya habéis agotado la prestación contributiva por desempleo y no tenéis empleo, en este post os dejamos una relación de cada uno de los subsidios y ayudas a los que puedes accedes.

1. Subsidio por insuficiencia de cotización

Este tipo de subsidio por insuficiencia de cotización es para quienes no llegan a cubrir el periodo de cotización exigido para acceder a la prestación por desempleo (para acceder a esta prestación es necesario tener 360 días cotizados en los últimos 6 años) y tienen algunos días cotizados sin consumir. Es una ayuda de 426 euros al mes y habrá que acreditar:

– Si se ha cotizado durante 3, 4 o 5 meses y se tiene responsabilidades familiares el subsidio será de 3, 4 o 5 meses respectivamente.

– Si se ha cotizado entre 6 y 12 mese y se tienen responsabilidades familiar el subsidio será de 21 meses de duración, que se tendrá que renovar cada 6 meses.

– Si se ha cotizado entre 6 y 12 meses y NO se tienen responsabilidades familiares el subsidio será de una duración de 6 meses de duración.

2. La ayuda familiar

Se trata de un subsidio para quienes tienes responsabilidades familiares y han agotado la prestación contributiva es decir el paro y no encuentran un empleo. Se trata de una ayuda de 426 € al mes que se conceden a todos los parados que no tienen rentas, con responsabilidades familiares y que han agotado la prestación contributiva por desempleo o bien no puedes acceder a la prestación contributiva por carecer de cotizaciones previas suficientes.

subsidios por desempleo

3. Subsidio para mayores de 45 años

Este subsidio para mayores de 45 años esta destinado para quienes han agotado la prestación contributiva por desempleo y tienen 45 años o más, carecen de rentas y no tienen responsabilidades familiares. En cuanto a las rectas no pueden recibir rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, es decir, que no pueden tener unos ingresos de 483,98 euros mensuales. Si en el momento de solicitud se tienen rentas superiores, podrás solicitarlo antes de que transcurra un año y acredites que tu rentas han bajado. Se recibe un subsidio de 426 euros durante un máximo de 6 meses.

4. Subsidio para mayores de 55 años

El subsidio para mayores de 55 años, es una ayuda económica y de cotización a la Seguridad Social hasta la jubilación para quienes sean mayores de 55 años. Consiste en una ayuda mensual de 426 euros que el trabajador cobra hasta alcanzar la edad para jubilarse. Es el único subsidio en el que se sigue cotizando por jubilación.

5. Subsidio para emigrantes retornados

Se trata de un subsidio para los emigrantes que regresen a España desde países sin convenio bilateral de desempleo con España o bien no pertenezcan al Espacio Económico Europeo. Existen dos tipos de ayudas el subsidio para emigrantes retornados y la renta activa de inserción para emigrantes retornados.

6. Ayudas de carácter extraordinario

Estas ayudas se llaman de carácter extraordinario ya que solo se podrán presentar cuando el trabajador ya no tenga derecho a la prestación contributiva por desempleo ni a los subsidios asistenciales. Podemos encontrar:

Plan Prepara: Es una ayuda de carácter excepcional, que se puede cobrar solo una vez durante 6 meses, para los desempleados que ya hayan agotado todas las prestaciones y subsidios por desempleo y se comprometen a participar en programas de formación. La ayuda es de 400 o 450 euros en función de si se tiene o no responsabilidades familiares.

Renta Activa de Inserción: Este tipo de ayudas son para colectivos con especiales dificultades de inserción laboral, como los parados de larga duración mayores de 45 años, discapacitados, emigrantes retornados, víctimas de violencia de género. Es una ayuda que se recibe durante un máximo de tres años y por importe de 426 euros mensuales.

Puedes encontrar más información sobre los subsidios y prestaciones en las páginas oficiales de la Seguridad Social o en la página del Servicio Público de Empleo Estatal. También os dejamos un Cuadro resumen con las prestaciones más comunes.

Si esta información te ha sido de utilidad, por favor, compártela entre tus amigos y conocidos. Si te ha quedado alguna duda sobre algún subsidio, puedes ponerte en contacto con nosotros llamando al 807502019. Esteremos encantados de poder ayudarte.

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9 comentarios en “Ayudas para inmigrantes 2014: Los subsidios
  1. Carlos dice:

    Saludos, no he cotizado nunca en España, porque vivía en Latinoamérica, pero tengo DNI, y estoy registrado en el SOC desde enero del 2016, y tengo mas de 55 años. Donde puedo pedir información sobre que posibles ayudas que me correspondan, porque en esas oficinas básicamente te niegan la información. Gracias.

  2. LAURA dice:

    He trabajado 30 años, me han echado, mi marido gana 1.015 euros al mes, mis hijos ya son mayores de 26 años (aunque siguen a mi cargo), por esto no tengo derecho a ningún subsidio por ganar más de 972 euros al mes. Tampoco tendré derecho a jubilación por no cumplir sólo uno de los requisitos que es haber cotizado dos años dentro de los últimos quince.
    Mi vecina tiene dos hijos menores, su marido gana 1.900 euros al mes, ha trabajado en toda su vida 6 años, le han dado el subsidio durante 21 meses de 426 euros al mes y después tendrá hasta los 65 años la misma cantidad todos los meses, al acogerse al “subsidio para mayores de 55 años”, como cotiza durante este tiempo, seguidamente tendrá “Su merecida jubilación” hasta que se muera.1.900 euros del marido más 426 euros de ella para siempre, total 2.326 euros, ..

  3. quiero saber que ya llevo como tres años sin recibir ninguna ayuda y dicen que por tener 360 dias pueden dar una ayuda por insuficiencia de cotisacion y yo tengo como 7 meses y llame y me dicen que no tengo derecho a nada me gustaria que me ayudaran aver vale gracias

  4. Hola Vicente,
    Han sancionado a un familiar por salir al extranjero sin comunicarlo por tiempo mayor a 15 días pero menor de 90. Quería saber algún consejo sobre la linea de defensa que podríamos seguir: mi familiar ahora no trabaja, no cobra ninguna prestación, sus ingresos son nulos, no tiene, esta persona tampoco tiene estudios, ni siquiera los básicos La salida se produjo en 2010. En un primer momento alegamos la prescripción ya que pasaron tres años desde la salida pero siguen con la sanción, ¿que podemos hacer??

    Gracias.
    Un saludo.

  5. Kiero saves si tengo mi residencia desde julio2005 pregunto cuando YO puedes empezar a solucitar nacionalidad espanola

  6. mercedes dice:

    Estimado Vicente Marín, llegué a España cuando tenía 61 años, cuando cumplí los 65 años me quitaron una ayuda que me daban un año si y un año no, que la tramitaba la seguridad social, me dijeron que ya no podía recibir mas ayuda por ahí, bueno el caso es que ya tengo 70 años, me faltaría 1 año para acogerme a la no contributiva, pero ya he ido a todos los lugares, porque ni mi esposo ni yo tenemos ninguna ayuda desde diciembre del 2012 que me la dió el Gobierno de canaria por 2 años,(PCI),la ayuda fue desde 2010 hasta el 2012, no tengo desde esaa fecha más ayuda, tengo ahora una discapacidad del 39% desde febrero del 2013, somos los dos Ciudadanos Españoles, mi esposo por origen(nacido en el extranjero), yo por residencia, yo aqui he trabajado solamente 15 días, mi esposo 6 meses, ambos trabajos han sido antes del 2008, mi pregunta es la siguiente¿A qué ayuda puedo tener derecho yo?, porque mi esposo ya llenó una solicitud que presento en inmigracion por ancianidad en el mes de marzo y todavía no sbemos si se la dan o no?, por favor, yo se que ud. sabe y se también que si está en sus manos, nos va a ayudar y nos va indicar el camino a seguir, yo siempre leo sus boletines cada vez que me los manda.
    Muchas grcias

  7. miguel angel dice:

    Si está muy completa y clara la información en mi caso muy personal me afilié al Servef hace tres meses, mañana me toca ir a renovar mi afiliación, me inscribí como a cinco cursos pero no me han llamado para ninguno, es posible que al término del primer año o antes tenga derecho a un subsidio si nunca he trabajado en España ya que llegué el año pasado cuando la crisis estaba mas acentuada por lo tanto no he tenido ninguna oportunidad, tengo 59 años y una niña estudiando de 15 años pero mi situación es muy compleja.

    Muchas gracias

  8. patricia merola dice:

    Hola . Mi pareja es uruguayo y en estos momentos no recibe ningun tipo de ayuda dado que ya ha utilizado la del plan prepara (es parado de larga duracion ) , tenemos una niña de 8 años y yo recibo el subsidio que son unos 321 euros.
    Quisiera saber si existe alguna ayuda o un subsidio para el ???
    Gracias.

  9. Sergiy dice:

    Y sobre el tema de Renta Basica ? Requisitos para solicitarla.

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