10 cosas que debes tener en cuenta para tramitar tu prestación por desempleo

¿Eres trabajador por cuenta ajena y te han despedido? ¿Quieres tramitar tu prestación por desempleo? ¿Conoces tus derechos? ¿Y si no tengo residencia, tengo derecho a la prestación por desempleo?

Desde el comienzo de la crisis son muchos trabajadores extranjeros los que se han quedado sin empleo. Es en ese momento cuando pueden surgir muchas dudas en cuanto a la prestación que nos corresponde, así como la cuantía o su duración. Para que podáis afrontar esta situación con éxito, os damos 10 consejos y respondemos  a las dudas más comunes que pueden surgir en estos casos.

1. ¿Qué es estar en situación de desempleo?

Estar en situación de desempleo es estar sin trabajo, pero de cara a cobrar una prestación es necesario de forma adicional encontrarse en alguno de estos supuestos:

  • Que hayamos sido despedidos. Es decir que si firmamos una baja voluntaria no tendremos derecho a cobrar nuestra prestación por desempleo por no haber sido despedidos. Es importante que tengáis en cuenta esta situación ya que una vez firmada una baja voluntario no será posible tramitar la prestación.
  • Que termine nuestro contrato
  • La suspensión temporal del empleo o reducción de la jornada por un ERE
  • Por la muerte o jubilación del empresario,etc.

2. ¿Cuáles son los requisitos para poder recibir la prestación por desempleo?

Para poder cobrar este tipo de prestación es necesario cumplir una serie de requisitos: Encontrarse en situación legal de desempleo, haber estado de alta o asimilada al alta y tener acumuladas cotizaciones como mínimo durante 12 meses (unos 360 días) en el periodo de los último 6 años anteriores.

desempleo

3. ¿Durante cuanto tiempo cobraré la prestación? ¿Cuánto cobraré?

La cuantía va determinada por la base reguladora de cada trabajador, es decir,cuanto más hayas cotizado mayor será tu prestación. La duración de la prestación por desempleo vendrá determinada por los días cotizados durante los últimos 6 años pero no se tendrán en cuenta las cotizaciones que hayan servido para una prestación previa. Puedes utilizar el simulador de prestaciones para calcular la tuya.

4. ¿Cuál es el plazo para solicitar la prestación por desempleo?  ¿Dónde tengo que tramitar la prestación?

Primero debes inscribirte como demandante de empleo y después solicitar la prestación en el plazo de los 15 días hábiles siguientes al último día de trabajo. No se tendrán en cuenta los festivos ni los domingos.

En cuanto a la forma de presentar la solicitud de la prestación por desempleo podemos hacerlo en las Oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal. En muchas oficinas será necesario pedir una cita previa, lo podrás hacer a través de teléfono 901 01 02 10 o por internet.

5. ¿Soy extranjero, no tengo autorización y estoy trabajando? ¿Tengo derecho a la prestación por desempleo?

Si eres trabajador extranjero pero no tienes la correspondiente autorización de residencia y trabajo por el motivo que sea, eso no suprime o elimina los derechos que tienes como trabajador. Es decir, tendrás todos los derechos que vienen recogidos en el Estatuto de los trabajadores independientemente de que tengas o no tarjeta. Cuestión distinta es si es posible cobrar una prestación, en ese caso no podrás cobrar la prestación al no contar con una autorización de residencia.

6. ¿Puedo trabajar si estoy cobrando la prestación por desempleo?

La respuesta es SI, siempre que se trate de una actividad a tiempo parcial. Si te ha salido de oportunidad de trabajar a tiempo parcial puedes elegir entre:

  1. Interrumpir el cobro de la prestación mientras trabajes. Una vez que termines tu relación laboral podrás reanudar el cobro de tu prestación o si has generado el derecho cobrar una nueva prestación.
  2. Compatibilizar el trabajo y el cobro de la prestación. En este caso la cuantía se reduce proporcionalmente a las horas que trabajes. Por ejemplo, si cobras 1000 euros al mes y comienzas a trabajar un 30% de la jornada pasas a cobrear unos 700 euros (1000-300=700 euros)

7. Soy trabajador autónomo ¿tengo derecho a la prestación por desempleo?

Aunque no es una prestación conocida, el empresario puede percibir la prestación por cese de actividad. Esta medida, se introdujo para intentar equiparar al trabajador autónomo y el trabajador por cuenta ajena. La prestación por cese de actividad se alcanza:

  • Trabajadores autónomos comprendidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomo.
  • Trabajadores por cuenta propia, incluidos en el sistema Especial por Cuenta Propia Agrarios.
  • Trabajadores por cuenta propia incluidos en el Especial de los Trabajadores del Mar.

En todos los casos sera requisito necesario tener cubierta la protección dispensada a las contingencias derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales ademas de cese actividad.

8. Soy empleada de hogar ¿Tengo derecho a la prestación por desempleo?

Debéis tener en cuenta los trabajadores que desarrollen su actividad dentro del ámbito de empleada de hogar o empleo doméstico no tendrán derecho a recibir la prestación por desempleo ya que no es una contingencia por la cual coticen. Ello no implica que no tengan el resto de derechos reconocidos como cualquier otro trabajador.

9. ¿Quiero montar mi propia empresa? ¿Qué hago? La capitalización de la prestación.

Si te han despedido y estás pensando emprender, en este caso…pide la capitalización de tu prestación! Esta medida ha sido pensada para fomentar y facilitar iniciativas de empleo autónomo. Tienes tres opciones si vas a emprender como trabajador autónomo:

  1. Puedes obtener en un solo pago la cantidad que justifiques como inversión necesaria para iniciar la actividad con un límite máximo del 60% del importe total pendiente de recibir de tu prestación por desempleo y solicitar el abono restante para financiar las cuotas mensuales de la Seguridad Social durante el desarrollo de tu actividad.
  2. Puedes solicitar y obtener exclusivamente la cantidad que justifiques como inversión.
  3. Puedes solicitar exclusivamente el importe total de la prestación pendiente de percibir para subvención de cuotas de la Seguridad Social.

Si estas interesado en esta capitalización puedes obtener mas información en la página oficial del SEPE

10. Ya estoy recibiendo la prestación ¿Puedo recibirla estando fuera de España?

Hay un régimen especial para el caso de que el trabajador se marche a un país de la Unión Europea para buscar trabajo, en ese caso, se podrá recibir la prestación durante un máximo de 6 meses mientras el trabajador se incorpora al mercado laboral en ese nuevo país. No está previsto el cobro de la prestación en un caso diferente.

OJO: En este post hablamos en todo momento de la prestación por desempleo en un nivel contributivo.

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Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.

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5 comentarios en “10 cosas que debes tener en cuenta para tramitar tu prestación por desempleo
  1. Maria juana dice:

    Hola buenos días yo quisiera traer a mi hijo tiene 29 años yo quisiera q.me de algún co dejó el lleva el apellido de su padre pero jamás se preocupó de mi hijo el está en la Universidad terminó una carrera de dercho Haora es en la estatal algún consejo por favor y muchas gracias.

  2. Elsa Kohn dice:

    Quisiera saber si yo puedo solicitar la prestación por desempleo. Soy comunitaria de la UE, llegue a Barcelona hace 3 meses, ya tengo mi NIE, pero me ha sido imposible conseguir trabajo. Espero su respuesta. Gracias

  3. Nombre...Lilia Perez dice:

    Yo tengo completo mis papele de ciudadania pero no me permiten entregar por el estravio de la orijinal de mi abuelo g debo haser nesesito me alluden mi abuelo nasio en sSanta Cruz de tenerife el 24 8 1881 Bartolome Perez Morales padres Antonio y Juana nesesito me den una respuesta soy Cubana estoy hase 10 año en espera de mi ciudadania Española por favor guiero ir a España tengo 69 año y no podido oxtener mi ciudadania Española por favor alludanme informamen por este correo mi numero de espediente es 151211. 775205 el folio de mi abuelo es594 833. Por favor alludamen grasia atentamente Lilia Perez

  4. Angela dice:

    Buenos días mi caso es el siguiente hace 5 años y 9 meses que regrese a España enseguida me puse a trabajar mi último trabajo fue en el mes de prueba no superado y cuando fui a realizar la tramitación por desempleo ( el paro ) me dicen que solo puedo acceder al subsidio tengo entendido que el subsidio es por falta de cotizaciones o por haber agotado la prestación (el paro ) cosa que yo nunca pedí el paro tengo más de un año cotizado no entiendo porque no quieren darme la prestación si aún no hise los 6 años espero haberme dado a entender gracias cualquier ayuda se agradece

  5. loria dice:

    ola zoy rumano y quero saber como solictar prestacion tarjeta soy rumano graziaa

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