Perder la residencia de larga duración por residir en otro país de la Unión Europea

¿Se puede perder la residencia de larga duración por residir en otro país de la Unión Europea? ¿Qué trámites tengo que hacer si vuelvo a vivir en España? Aquí te lo explicamos

Perder la residencia de larga duración por residir en otro país de la Unión Europea hoy en día es más común de lo que pensamos, ya que cada vez son más personas las que deciden emigrar a otro país de la Unión Europea ante la imposibilidad de encontrar un empleo en España.

Hoy día es muy común encontrar a personas que deciden emigrar a otro país de la Unión Europea ante la imposibilidad de encontrar un empleo en España. Ocurre sobre todo con aquellos que tienen una autorización de residencia de larga duración, o de larga duración UE, ya que este tipo de tarjetas permite salir durante más tiempo de forma consecutiva del país sin que se produzca la pérdida de la autorización de residencia.

Sin embargo, al momento de obtener una autorización de residencia de larga duración UE en otro país europeo, se produce la extinción de la residencia de larga duración o de larga duración UE española, tal y como establece el artículo 166 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.

larga duración UE

Es decir, que si eres titular de una residencia en España de larga duración, o de larga duración UE, decides ir a trabajar a otro país de la Unión Europea y te conceden una residencia de larga duración UE, desde el momento en el que se produce esta concesión, se extinguiría la española, ya que no es posible ser residente legal en varios países de forma simultánea.

Entonces, si vuelvo a España ¿qué trámites tengo que hacer? 

En este caso, al haberse producido la extinción de la autorización de residencia de larga duración o de larga duración UE «española» una vez que vuelvas y quieras establecer de nuevo tu residencia en España deberás recuperar esa autorización de residencia de larga duración UE, según lo establecido en los artículos 158 y 159 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.

La solicitud la deberá realizar el propio interesado ante la Oficina de Extranjería correspondiente o ante la Misión diplomática u Oficina Consular española en cuya demarcación resida junto con toda la documentación requerida al efecto.

Admitida a trámite la solicitud, se procederá a la instrucción del procedimiento. El órgano competente examinada toda la documentación presentada y obtenidos los informes, resolverá de manera motivada en el plazo de tres meses desde la presentación de la solicitud. En este caso, si una vez transcurrido ese plazo sin contestación alguna por parte del órgano competente se entenderá que se ha resuelto la solicitud favorablemente.

Una vez obtenida la correspondiente autorización será necesario realizar la tramitación de la expedición de tarjeta de Identidad de Extranjero personalmente ante la Oficina de Extranjería o en la Comisaría de Policía correspondiente en el plazo de un mes desde la notificación.

Enlaces de interés

Recuperación de la titularidad de una residencia de larga duración UE

Autorización de residencia de larga duración UE

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3 comentarios en “Perder la residencia de larga duración por residir en otro país de la Unión Europea
  1. Karam dice:

    Hola,
    Mi pregunta es la siguiente:
    Si el otro Estado miembro me concede un permiso de residencia Temporal para trabajar, que pasaría en este caso con la autorización de residencia de larga duración UE española, se extingue igual?
    Gracias. Un saludo.

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Llámanos y lo vemos todo con más detalle https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/

  2. Mercy dice:

    Hola. Mi pregunta es la siguiente: Como podrían saberlo en España?? Gracias

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