Recuperación de la titularidad de la autorización de residencia de larga duración-UE

¿Puedo recuperar mi residencia de larga duración-UE que he perdido? ¿Cómo tengo que hacerlo?

renovar el nieDirectiva 2003/109/CE del Consejo, de 25 de noviembre de 2003 relativa al estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración.

Ley Orgánica 4/2000, de 11 de Enero sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (artículo 32).

Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículo 160 y 161).

Tipo de autorización

Es la recuperación de la titularidad de una autorización de residencia de larga duración-UE.

¿En qué supuestos puedo solicitar la recuperación de la residencia?

La residencia de larga duración-UE se puede recuperar en los siguientes supuestos:

1. Cuando la autorización de residencia de larga duración-UE se hubiera extinguido por la ausencia del territorio de la Unión Europea durante 12 meses consecutivos.

2. Cuando la autorización de residencia de larga duración-UE se hubiera extinguido por la adquisición de la residencia de larga duración-UE en otro Estado miembro.

3. Cuando la autorización de residencia de larga duración-UE se hubiera extinguido por haber permanecido durante un periodo superior a seis años fuera del territorio español.

¿Qué requisitos debo cumplir para la recuperación de la residencia?

1. No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.

2. No encontrarse irregularmente en territorio español.

3. Haber sido titular de autorización de residencia de larga duración-UE.

4. Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.

5. No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.

6. Disponer de recursos fijos y regulares para su manutención y, en su caso, de la familia que estuviera a su cargo. Para unidades familiares que incluyan dos miembros se exigirá una cantidad que represente el 150% del IPREM (799 euros para este año 2015), por cada miembro adicional se deberá sumar un 50% más (266 euros para este año 2015).

Los recursos podrán provenir de recursos propios o de la realización de actividades laborales o profesionales.

7. Disponer de seguro de enfermedad público o privado de enfermedad concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España.

¿Qué documentos tengo que presentar?

Nota: con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud.

1. Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–11) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero. Descargar formulario

2. Copia del pasaporte completo o título de viaje en vigor.

3. Certificado de antecedentes penales o documento equivalente, en caso de ser mayor de edad penal, expedido por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años.

4. Documentación acreditativa de disponer de seguro de enfermedad.

5. Documentación acreditativa de los recursos fijos y regulares suficientes para su manutención y, en su caso, la de su familia.

Nota importante: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.

Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.

Para obtener más información sobre la traducción y legalización de los documentos se podrá consultar la hoja informativa.

Información sobre el procedimiento

Sujeto legitimado para presentar la solicitud: el extranjero personalmente.

Lugar de presentación:

o Si se encuentra en territorio español: la Oficina de Extranjería de la provincia en la que desee fijar la residencia. La información de la dirección, teléfonos y horarios de atención al público se puede consultar en http://www.seap.minhap.gob.es/servicios/extranjeria/extranjeria_ddgg.html

o Si no se encuentra en territorio español: en la misión diplomática u oficina consular española de su demarcación de residencia.

Tasa de residencia de larga duración-UE: se devengará en el momento de admisión a trámite de la solicitud, y deberá abonarse en el plazo de diez días hábiles, es:

o Modelo 790 código 052 epígrafe 2.6 «autorización de residencia de larga duración y autorización de residencia de larga duración-UE» a abonar por el extranjero………………..……..21,02 euros

Los impresos para el abono de las tasas se podrán descargar desde la página: http://www.seap.minhap.gob.es/es/servicios/tasas.html

Plazo de resolución de la solicitud: tres meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya practicado la notificación, se podrá entender que la solicitud ha sido estimada por silencio administrativo. (Cuando no se haya podido notificar la resolución se anunciará en el Tablón Edictal de Resoluciones de Extranjería (TEREX) http://explotacion.mtin.gob.es/terex/busqueda.do Transcurridos 20 días naturales desde la publicación del anuncio se entenderá que la resolución ha sido notificada, dándose por cumplido dicho trámite y continuándose el procedimiento).

Concedida la autorización, de no encontrarse en territorio español, o de no ser titular de un permiso de residencia expedido en otro Estado miembro de la Unión Europea, el extranjero deberá solicitar visado de residencia en la misión diplomática u oficina consular competente, que emitirá el visado correspondiente por haber recuperado la titularidad de una autorización de residencia de larga duración-UE.

La autorización cobra vigencia, se encuentre o no el extranjero en España, desde la notificación de la resolución.

En el plazo de un mes desde la notificación de la concesión de encontrarse en España, o desde la entrada en territorio español, el extranjero deberá solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjeros en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización. Para ver dónde dirigirse, el horario y si tiene que pedir cita previa se podrá consultar http://www.seap.minhap.gob.es/servicios/extranjeria/extranjeria_ddgg.html

El solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella su pasaporte o título de viaje para acreditar su identidad y aportará:

1. Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero, en modelo oficial (EX–17). Descargar formulario.

2. Justificante del abono de la tasa de la tarjeta, que asciende a 21,02 euros.

3. Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.

• Los titulares de una autorización de residencia de larga duración deberán solicitar la renovación de la tarjeta de identidad de extranjero cada cinco años. La solicitud se deberá presentar durante los sesenta días naturales anteriores a la fecha de expiración, si se presenta en fecha posterior, se podría incoar el correspondiente procedimiento sancionador.

Hoja informativa actualizada a enero de 2015.

 

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.

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Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR C/ Navarra 1 bajo 18007 Granada

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34 comentarios en “Recuperación de la titularidad de la autorización de residencia de larga duración-UE
  1. katherine dice:

    Buen dia.

    Hemos iniciado este proceso en el Consulado de España en Bogotá en enero 23 del presente año. Hasta el momento no hemos recibido contestación. Por tal razón resolvimos llamar a la Subdelegación del Gobierno de León para preguntar por el proceso y nos respondieron que desde febrero de 2018 la resolución fue Favorable. Alli nos dijeron que hiciéramos la reclamación en el Consulado

    El Consulado nos envio esta semana (8 de octubre) un comunicado donde nos remite el pasaporte y asegura no haber recibido respuesta. Hemos enviado un e- mail ya que es muy dificil por via telefonica para solicitar aclaración al respecto pero no hemos tenido respuesta.

    ¿Que debemos hacer si la Subdelegación del Gobierno de León ya emitio una respuesta favorable pero el Consulado indica por medio de esa carta no tener respuesta?

    Agradezco su amable ayuda.

  2. Hola buenas a todos
    Yo tengo un permiso de residencia permanente,y soy fuera de España con la tarjeta extinguida desde 2012. Me dice un abogado que puedo recuperar la titularidad del permiso de residencia permanente desde marruecos a traves el consulado español con un visado de residencia, es verdad o no?
    yo quiero volver a España.
    Saludos y gracias

  3. arshad dice:

    hola yo es invalidez permanente 79% solitado nacionalidad juno 2015 pouede residencia UE y cobrando pension invalidez muy poco?

  4. EWIN GIOVANI HUAYANEY GIRALDO dice:

    Buen día, yo viaje a España hace diez años con un contrato de trabajo, ya teniendo la tarjeta de larga duración y por razones familiares ( fallecimiento de mi señor padre) tuve que regresar hace tres años que me acogí al retorno voluntario para regresar de España a Perú.
    Hoy ya cumplido los tres años en Perú de acuerdo a lo convenido deseo regresar a España y para ello me presente al consulado de España en Perú para averiguar que requisitos se tenían que presentar para solicitar la recuperación de la titularidad de una residencia de larga duración, pero la respuesta de un funcionario de ahí, fue que debo realizar los mismos tramites de cuando viaje por primera vez.
    En espera de sus indicaciones y apoyo me despido de Ustedes.
    Atentamente.

  5. Hola, mi consulta es la siguiente:
    -Soy uruguaya , hice retorno voluntario solo ante consulado de mi país ( no me correspondía paro)
    – tengo residencia de larga duración . Autoriza a trabajar. Válida hasta 28/12/17
    – salí de España en octubre de 2013
    – en octubre de 2016 cumplo con los tres años fuera de España
    – quiero regresar y recuperar mi residencia.
    – que me aconsejan?
    1)Ingresar a España y solicitar la recuperación de mi residencia? Para ingresar a España mi tarjeta vigente me habilita? O debo presentar algún otro documento?
    o
    2) tramitar la recuperación en Uruguay en el consulado español?
    – En caso de ser la segunda opción, debo esperar a octubre o puedo solicitarla por ejemplo 3 meses antes( ya que tarda 3 meses la resolución)
    Reciban un cordial saludo.
    Espero vuestra pronta respuesta.
    Desde ya gracias!
    Felices Fiestas!

  6. Natalia dice:

    Hola !! tengo la tarjeta de larga duracion y se me vence en marzo, pero llevo 2 años en mi pais de origen necesito regresar con mi hijo nacido en barcelona, por motivos de slaud el niño presente una epilepsia de dificil manejo y alli hay tratamientos mas avanzados, en los requisitos para recuperarla dice
    4. Documentación acreditativa de disponer de seguro de enfermedad.

    5. Documentación acreditativa de los recursos fijos y regulares suficientes para su manutención y, en su caso, la de su familia.

    cuanto debo declarar y este seguro donde lo consigo ???

    agradezco su colaboracion.

  7. hicham seghir dice:

    HOLA perdona por la molestia me pregunta que yo tengo ya residencia larga duracion UE 10 anios Y ha paso y no he trabajdo y me toca renovar la ahora quiero saber para renovar la residencia larga duracion union europea no hay problema solo me an a dar larga durcuon sin ue o como ??’ puedo renovar la sin problemas me quitan LArga duracuion UE y me dan la otra sin UE o me la quitan las dos ????

  8. Hola,,Yo tenge tarjeta de larga duracion se caduca en 2019 y ahora quiero obtener la tarjeta de larga duracion UE,para eso que hay que hacer me puedes decir los requisitos..
    te explico mi caso
    Yo soy estudiante y estudiado la carrera de medicina en otro pais de la UE y anteriormente cuando me tocaba para renovar la tarjeta yo les ensene que yo dependo economicamente de mi padre pero ahora ni mi padre y yo(los dos) no tenemos ningun tipo de trabajo y no ayuda o subsidio entontes en este caso como puedo hacer cambio de la tarjeta?
    y una pregunta mas que por ejemplo me denegan la solicitud de cambio de la tarjeta ,en este caso ellos me pueden cancelar la tarjeta lo que tengo ahora(de la larga duracion)
    Disculpe por mi español.
    muchas gracias

  9. daniel dice:

    buenos dias…mi pregunta es la siguiente……en enero del 2016 cumplo los tres años …del tratado q hizo colombia con españa…y era del retorno voluntario…quisiera saber si puedo volver a reclamar mis documentos ya que tenia targeta d e larga duracion y ya llevaba 6 años y medio en españa trabajando…gracias por todo

  10. liliflor dice:

    Hola, tengo tarjeta larga duración UE .
    Para renovar la tarjeta de residencia de larga duración UE no se exige que se vuelvan a acreditar los recursos económicos. Eso sólo se pide en la primera solicitud??
    Eso es cierto????
    Gracias por su trabajo y su ayuda.

  11. yanith cedeño dice:

    Hola mi pregunnta es hace dos años sali de españaa colombia por motivo personales pero yo tengo la tarjeta de larga duracion y esta se me vence en el 2017y quiero volver a españa puedo dentrar de nuevo o que debo hacer gracias

  12. Prude Ibarra dice:

    Hola, quisiera que me ayuden a resolver este problema por favor. Llevábamos 10 años en España,soy de Bolivia, mi esposa y mis 2 hijos también, todos tenemos la tarjeta de larga duración que caduca en mayo de 2015 tramitado en Barcelona.
    Fuimos 2 años a Argentina y acabamos de llegar a España. Quisiera saber si podremos renovar nuestra tarjeta. Muchas gracias de antemano

  13. Ermanno dice:

    Hola, soy italiano, disculpe por mi feo espanol.

    Mi novia es peruana, vive e trabaja en Oviedo (Espana) desde 7 anos y quiere trabajar en Italia.
    Ella tiene una tarjeta de residencia vàlida hasta el Junio 2016 con escrito

    “RESIDENCIA LARGA DURACION AUTORIZA A TRABAJAR”.

    MIS PREGUNTAS SON::

    esta tarjeta es valida como
    tarjeta de RESIDENCIA DE LARGA DURACION UE, (que permite de buscar trabajo y trabajar en Italia o otro Pais de la UE) ?

    si no es así como puede ella conseguir la tarjeta de RESIDENCIA DE LARGA DURACION UE ??

    Cuánto tiempo se necesita para conseguirla??

    Gracias por todo!!!!

  14. Natan dice:

    Hola,

    Duda, estube fuera de España por casi dos años y tenia la tarjeta permanente caducada. ( llevo 12 años en España )
    He solicitado la recuperacion, ha sido aceptada y tengo la cita para sacar la huella…

    Dudas, tengo una oferta de trabajo para alemania puedo tramitar la tarjeta comunitaria – CE ?

    Y para solicitar la nacionalidad tengo que esperar los 2 años como en principio?

    Saludos y gracias

    1. Estimado Natan, ruego escribirme sobre el asunto de tu recuparacion de la targeta. estoy en el mismo caso. saludos

  15. marta dice:

    buenas noches!!! Mi tarjeta de residencia de larga duración está vigente hasta noviembre, llevó 1 año y medio en colombia y quiero regresar a españa tengo dos hijos españoles, mi hija menor nació aqui en colombia vine embarazada de españa, quiero tambien llevarmela es pequeña para dejarla 16 meses tiene.gracias

  16. me puede ayudar con una consulta sali de españa hace tres años no he vuelto pero cundo sali me aprobarom mi targeta permanente de trabajo y residencia quiero volver puedo hacerlo para recuperar mi targeta gracias.

    1. por favor me ayuda sali de españa hace tres años por muerte de mi padre pero no he vuelto ahora deceo volver porque me aprobaron mi targeta permanente que debo hacer podre recuperar ho que debo hacer

      1. Vicente dice:

        Si has recuperado la tarjeta de larga duración. Deberás solicitar un visado para volver a entrar en España. Sin tarjeta no puedes viajar, salvo que lleves el visado.

  17. Buenas tardes

    Tengo una pregunta
    En que provincia se puede recuperar la tarjeta de larga duración, porque justo hoy he llamado a la Subdelegación del Gobierno en Barcelona y me han confirmado que no se puede recuperar una vez extinguida por permanencia superior a lo establecido por la Ley.

    Gracias

    1. maria dice:

      Hola safa me puedes decir si has recuperado mi correo gsweety546@gmail.com gracias

  18. Rubi Rodriguez dice:

    Hola, soy de nacionalidad Venezolana y tengo la residencia Larga Duraciòn , pero debido a la crisis de trabajo que hay en España me vi obligada a volver a Venezuela anteriormente estuve 11 meses fuera y ahora voy a tener 7 meses màs fuera del territorio Español, por favor necesito saber si pierdo mi permiso? y si hay alguna ley que pueda ayudarme debido a que el motivo de yo retornar a Venezuela fuè por no tener trabajo y mucho menos tenìa los medios para vivir en España osea una situaciòn muy crìtica, se me hizo imposible permanecer.
    Les agradezco me den toda la informaciòn necesaria , yo no quiero perder mi permiso.

    Rubi

  19. hola soy extranjero,con tarjeta de residencia permanente,se ha caducado hace un ano,por motivos personales,y economicos sale del pais hacia belgica,y no volve oara renovar por miedo,aque mi expulsan ,tengo dudas alli con el banco,,,,,,, porfavor si hay alguien que mi pueda informar que debo hacer para recuperar mi tarjeta se lo agradeco;estoy ahora ilegalemente en belgica, gracias

    1. maria dice:

      Hola safa me puedes decir si has recuperado mi correo gsweety546@gmail.com gracias

  20. jaime dice:

    mi tarjeta de larga duración caduco hace casi un año …que devo hacer para recuperar mi papeles ya que no la renove en su momento …no he salido de España en 14 años que llevo aquí …una solución por favor

    1. Vicente Marín dice:

      Jaime, una vez que eres titular de larga duración ya solo vas al tramite de huellas para renovarla, el hecho de no poner la huella dentro de los plazos establecidos a no supone la extinción de tu tarjeta. Debes acudir a poner las huellas lo antes posible.

  21. isaac dice:

    hola,desde que tingo la tarjeta permanente no he cotizado y me falta poco para que termine
    porfavor tendre agun problema para renoverlo

    1. Estefanía Parainmigrantes.info dice:

      Isaac, no necesitas acreditar que has cotizado para hacer la renovación de la larga duración, aqui tienes un enlace con la información https://www.parainmigrantes.info/renovacion-de-la-tarjeta-de-larga-duracion-922/

  22. frank taylor dice:

    Necesito ayuda legal. entre al país tres años atrás el próximo nov. con documentos de reagrupación matrimonio. pero perdi los papeles hace dos años ya que cuando llegue solo me dieron la residencia por unos meses y la persona con la que me case no quiso registrar el matrimonio aquí. aun estamos casados, nos casamos en Colombia hace mas de 5 años… me pueden ayudar a recuperar mi residencia, que tengo que hacer, por favor me dan la respuesta. gracias, Frank T.

  23. alexandra dice:

    Buenos dias, ante todo muchas gracias por la respuesta de una pregunta anterior. a mi hija se le caduca la regimen comunitaria de 5 años en el 2014 mi esposo la reagrupo pero ella hace rato se fue y despues de tener su bebe alla pues ha sido mas la estancia pero se quiere volver, puede recuperar su tarjeta o mejor su visa de nuevo? de todas las formas yo todavia la sostengo a ella a pesar de que tiene 24 años es que no ha tenido mucha suerte en el trabajo o mas bien poco , a mi nieto y a mi madre tambien; debe reagruparla mi esposo de nuevo o lo puedo hacer yo tambien tengo mi nacionalidad y mi trabajo gracias a Dios, siendo asi de inmediato lo hago, muchas gracias de nuevo.

  24. celia dice:

    hola yo tengo la targeta de larga duracion o sea la se 5 años y estoi ya en ecuador 18 meses mas 3 meses q estube en el 2010 y la targeta se caduka en el 2015 sera q aun puedo entrar a españa

  25. jerry dice:

    holla

    tengo permiso larga duracion ue pudeo trabajar inglaterrra uk

    k docomentacion nasisita para trabajar uk

    porfavor responder

    1. Ismael dice:

      Necesita visado para poder viajar a Inglaterra , sin eso no permiten entrar al Terretorio de Reino Unido

  26. klaudio dice:

    Hola, antes de hacer mi pregunta debo explicar que soy ciudadano Cubano y estuve viviendo legalmente en España, allí obtuve mi residencia comunitaria permanente (2020 fecha de caducidad de mi tarjeta de residencia comunitaria) por estar casado con una ciudadana del EEE (Inglesa). Desde hace mas de dos años me fui de España y hoy estoy residiendo legalmente en UK. Quisiera saber si necesito algún tipo de visado para entrar de visita a España o alguna otra cosa. En espera de su respuesta le saludo cordialmente.

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