Convenio de colaboración en materia de adopción de niños y niñas entre el Reino de España y la Federación de Rusia
El pasado 27 de marzo de 2015 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Convenio de colaboración en materia de adopción de niños y niñas entre el Reino de España y la Federación de Rusia, hecho en Madrid el 9 de julio de 2014.
A pesar de su fecha de publicación, el presente Convenio entró en vigor el 16 de marzo de 2015, en la fecha de la recepción de la última notificación por la que las Partes se comunicaron que se habían cumplido los requisitos internos necesarios, según se establece en su artículo 16.
El objetivo de dicho Convenio es establecer el marco de cooperación entre las Partes del Convenio para la tramitación y constitución de las adopciones con las debidas garantías, teniendo en consideración el interés superior de los menores y el respeto a sus derechos fundamentales, previniendo la sustracción y el comercio de menores.
Este Convenio será de aplicación a los casos de adopción de los menores de 18 años, nacionales y residentes permanentes de una de las Partes del Convenio, por un matrimonio que resida permanentemente en el territorio de la otra Parte del Convenio, siempre que por lo menos uno de los cónyuges sea nacional de ella, a condición de que tal adopción sea admisible según la legislación de ambas Partes del Convenio y en particular los candidatos a la adopción reúnan los requisitos de capacidad e idoneidad para adoptar conforme a la legislación de ambas Partes.
Os dejamos el texto completo publicado en el Boletín Oficial del Estado. Pincha en el enlace para descargar el texto:
Convenio de colaboración en materia de adopción de niños y niñas entre el Reino de España y la Federación de Rusia, hecho en Madrid el 9 de julio de 2014.
Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR C/ Navarra 1 bajo 18007 Granada