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NUEVA REGULACIÓN DE LAS CONDICIONES DE RESIDENCIA Y TRABAJO DE LOS CIUDADANOS DE LA UNIÓN EUROPEA
También afecta a los familiares de ciudadanos comunitarios con nacionalidad de terceros países.
El Consejo de Ministros ha aprobado la reforma del Real Decreto de ciudadanos de la Unión Europea.Un Real Decreto de 2007 regulaba las condiciones para el ejercicio de los derechos de entrada y salida, libre circulación, estancia, residencia y trabajo en España de los ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea y de los países que forman parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como las limitaciones a estos derechos por razones de orden público, seguridad pública o salud pública.
El Real Decreto hoy aprobado extiende su ámbito de aplicación a los familiares de ciudadanos de la Unión Europea con nacionalidad de terceros países. La reforma responde a la necesidad de ajustar el texto a la normativa europea, por lo que se han modificado cuatro artículos y se han añadido nuevos apartados en otros dos artículos.
Así, permite que los familiares no comunitarios de ciudadanos de la Unión Europea dispongan de su tarjeta de residencia desde la fecha de entrada a España y no desde el día de la concesión de la tarjeta, como ocurría hasta ahora.
El texto también establece el mantenimiento del derecho de residencia en España para nacionales de terceros países en supuestos específicos, como para aquellos que lleven tres años casados o como pareja de hecho con un ciudadano comunitario, que dispongan de la custodia de hijos comunes o sean víctimas de violencia de género o de trata. Además, la reforma del Real Decreto instaura mayores garantías jurídicas en los procesos de expulsión de ciudadanos de la Unión Europea y sus familiares.
Actualmente, residen en España 2.476.334 ciudadanos comunitarios, lo que representa el 48 por 100 de los extranjeros que viven en nuestro país.
Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR C/ Navarra 1 bajo 18007 Granada
Estoy casado con española, tengo la tarjeta de residente (NIF), tengo que solicitar a extranjeria permiso para poder trabajar?
Gracias
me han otorgado la nacionalidad española, soy peruana y deseo traer a mi hijo de 21 años a mi cargo, que tramite debo realizar.
Adriana, debe solicitar el visado de reagrupación familiar comunitaria, aqui le dejo un enlace con la información https://www.parainmigrantes.info/reagrupacion-familiar-regimen-comunitario-documentacion-visado/
hola, soy española y estoy casada con un chico marroqui que esta irregular, y quiero tramitarle la residencia comunitaria, lo que qusiera saber es si la nueva reforma afecta solo a los paises miembros de la union o a todos. y si voy ha poder tramitarle la residencia comunitar sin necesidad de acreditar que tengo medios de vida. espero una respuesta. gracias.
esto tiene efectos retroactivos para los que ya poseemos tarjetas de comunitarios?
Podrian explicarnos mas abiertamente sobre esta noticia? trate de buscar el real decreto a ver cuales fueron los puntos que cambiaron,
agradeceria que nos desarrollara cuales serian especificamente los beneficios que obtendriamos,
mi padre es español de origen por LMH yo soy mayor de edad (23) aplica esto para mi ???
tambien quiero saber eso, porque a nosotros nunca nos consideram familiar , y no entiedo eso al fin y al cabo somos los padres de los niñoes españoles, no se porque no somos considerados familiares.
queria saber si al final los padres de niños Españoles tienen derecho a la tarjeta comunitaria?