La ley de parejas de hecho de Andalucía recoge expresamente los requisitos para la inscripción como pareja de hecho en la comunidad autónoma
A diferencia de lo que ocurre con los requisitos para contraer matrimonio, que están regulados en el Código Civil y que, por tanto, son los mismos en toda España, con las inscripciones como pareja de hecho no ocurre lo mismo.
Cada comunidad autónoma tiene competencias propias para regular su propio registro de parejas de hecho, así como sus propios requisitos para realizar la inscripción como pareja de hecho.
Los requisitos que las parejas deben cumplir para su inscripción en el Registro de Parejas de hecho de la Comunidad Autónoma de Andalucía están reflejados tanto en la Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho, como en el Decreto 35/2005, de 15 de febrero, por el que se constituye y regula el Registro de Parejas de Hecho.
En el artículo 5 de éste Decreto 35/2005, se recogen de forma expresa todos los requisitos de inscripción, siendo necesario por parte de los interesados acreditar documentalmente las siguientes circunstancias:
* Identificación personal.
* Estado civil.
* Ser mayores de edad o menores emancipados.
* No estar incapacitados judicialmente.
* No estar ligados con vínculo matrimonial, ni formar pareja estable no casada con otra persona, ni ser pareja de hecho anteriormente inscrita en el Registro o en cualquiera de los Registros de uniones o parejas de hecho creados por los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin que conste inscripción de baja por disolución de las parejas de hecho.
* No ser parientes en línea recta por consanguinidad o adopción ni colaterales por consanguinidad en segundo grado.
* Tener residencia habitual, en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
* Declaración de voluntad de constituir una pareja de hecho.
Más información en la web de la Junta de Andalucía.
Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR C/ Navarra 1 bajo 18007 Granada
llevo 4 meses ilegal quise hacer pareja de hecho con mi novio ya que no pidió seguir viajando cada 6 meses para verlo. nos dirijimos al ayuntamiento de Benalmádena y me respondieron que no podría registrarme debido a mi visado caducado , es un requisito NO estar ilegal para formar pareja de hecho ?? muchas gracias
Siendo extranjero (paraguayo)que necesito para registrarme como pareja de hecho,en Bilbao Vizcaya o en Santander, requisitos puntuales, hace un año que vivo en España y me gustaría saber si con los papeles que obtenga me puedo mover sin problemas por la unión europea