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¿Estás interesado en retornar voluntariamente a tu país? Ahora podrás acogerte al Programa de Retorno Voluntario de YMCA Getafe
¿Qué es el Plan de Retorno?
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a través de la Secretaría General de Inmigración y Emigración, Dirección General de Migraciones, financia programas de retorno voluntario de extranjeros cofinanciados a través del Fondo de Asilo, Migración e Integración (Unión Europea).
El programa de retorno voluntario ofrece la posibilidad de retornar a aquellas personas extranjeras, (inmigrantes, solicitantes de asilo, personas con estatuto de protección subsidiaria), que manifiesten su deseo de volver a su país de origen y que cumplan los requisitos establecidos.
YMCA dentro de la labor que viene realizando de apoyo a la integración de personas inmigrantes e igualdad de oportunidades ofrece apoyo a aquellas familias inmigrantes que deseen regresar a su país.
De nuevo este año continúan gestionando el Programa de Retorno Voluntario, financiado por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y cofinanciado a través del Fondo de Asilo, Migración e Integración, en las siguientes modalidades:
1.- Programa de ayudas complementarias al abono acumulado y anticipado de la prestación contributiva por desempleo a trabajadores extranjeros extracomunitarios que retornen voluntariamente a sus países de procedencia.
Permite articular ayudas para retornar a su país a personas extranjeras extracomunitarias en situación de regularidad administrativa y de vulnerabilidad social, que tengan reconocido el abono acumulado y anticipado de la prestación contributiva por desempleo y sus familiares de hasta segundo grado de afinidad y consanguinidad, que se encuentren en una situación de vulnerabilidad.
2.- Programa de retorno voluntario asistido y reintegración con especial atención a personas vulnerables.
Permite articular ayudas para retornar a su país a personas inmigrantes que se encuentran en situación de vulnerabilidad social y que se encuentran en España en situación administrativa regular o irregular.
Prestaciones y Servicios en ambas modalidades
* Información y orientación sobre los trámites necesarios para la obtención de la documentación necesaria para su viaje de retorno.
* Pago del billete internacional al país de procedencia del interesado y de sus familiares extracomunitarios hasta segundo grado de afinidad y consanguinidad.
* Ayuda económica de viaje de 50€ persona hasta un máximo de 400€ por unidad familiar. Gastos de desplazamiento en España, en caso necesario.
* Ayuda económica en concepto de instalación de 400€ por persona hasta un máximo de 1.600€ por unidad familiar. Esta prestación, no se aplicará para las personas que tengan reconocido el Abono Acumulado y Anticipado de la Prestación Contributiva por Desempleo ni sus familiares.
* Acompañamiento en el aeropuerto.
* Servicio de información, apoyo y orientación psicosocial con el fin de que la persona interesada pueda tomar su decisión de manera informada en base a una atención individualizada y a información actualizada.
Beneficiarios
* Solicitantes de asilo que no hayan recibido una decisión definitiva negativa a su solicitud de protección internacional, siempre que no hayan adquirido una nueva nacionalidad y que no hayan abandonado el territorio del Estado.
* Nacionales de terceros países que gocen de alguna forma de protección internacional, siempre que no hayan adquirido una nueva nacionalidad y que no hayan abandonado el territorio del Estado.
* Ser nacionales de terceros países, encontrarse en situación irregular o regular, pero que no hayan solicitado la concesión de la nacionalidad española o de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, que no cuenten con tarjeta de residencia comunitaria y que pertenezcan a alguno de los siguientes grupos: menores, menores no acompañados, personas con discapacidad, personas en edad avanzada, mujeres embarazadas, personas solas con hijos menores y personas que han sido sometidas a tortura, violación u otras formas graves de violencia psicológica, física o sexual, personas que han sido identificadas como víctimas de trata de seres humanos, así como sus hijos/as menores o con discapacidad.
* Personas en situación de carencia y precariedad social en España y que puedan acreditar la mejora de sus condiciones en el país de origen.
* Personas con derecho al abono acumulado y anticipado a la prestación por desempleo (APRE).
Requisitos
* Compromiso de no retornar a España en el plazo de tres años para realizar una actividad lucrativa o profesional por cuenta propia o ajena, y de remitir las tarjetas de embarque a la entidad.
* No estar incursos en ninguno de los supuestos de prohibición de salida de España previstos en la legislación de extranjería.
Una vez comprobado que cumplen con los requisitos exigidos, se les informará de los pasos a seguir.
Para más información sobre este servicio póngase en contacto en el teléfono 91652187 con Carolina Sánchez, Juan Manuel Fernández o Nieves Belinchon; o bien en las direcciones de correo electrónico csanchezf@ymca.es, jmfernandez@ymca.es, nbelinghon@ymca.es