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Aviso importante de la oficia de extranjería con sede en Palma en relación a la solicitud de citas previas
Con en objetivo de ofrecer una mejor atención al usuario, y simplificar la relación entre el ciudadano y la Oficina de Extranjería, a partir del próximo 9 de abril se implantarán los siguientes cambios:
* Supresión en el servicio de cita previa de los trámites actuales y sustitución por la opción única «SOL. AUTORIZACIONES»: a efectos de facilitar la presentación de trámites, todas las solicitudes pasan a encuadrarse en la opción indicada.
-Deberá reservarse la cita a nombre de la persona habilitada para la presentación del trámite (por ejemplo, el reagrupante en las solicitudes de autorización de residencia por reagrupación familiar, el interesado en caso de autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales, etc…), y si no acude el propio interesado, en aquellos casos en que lo permita la normativa de aplicación, habrá de presentarse el día de la cita la representación a favor del usuario que acuda en su nombre.
-Tendrán que reservarse tantas citas como solicitudes a presentar salvo en el caso de las autorizaciones de residencia y trabajo de duración determinada, en que será suficiente con la reserva de un solo trámite.
* Cita previa para el trámite de «INFORMACIÓN»: al objeto de aumentar la eficiencia en la gestión de los recursos humanos disponibles, y teniendo en cuenta la posibilidad de obtener información sobre extranjería de otras formas, la información presencial tanto general como particular competencia de la Oficina de Extranjería precisará de la obtención de cita previa.
-Deberá reservarse la cita a nombre de la persona que solicite la información, y en caso de no acudir el propio interesado, habrá de presentarse el día de la cita la representación a favor del usuario que acuda en su nombre.
-Tendrán que reservarse tantas citas como trámites objeto de consulta.
El interesado tiene la posibilidad de obtener información por otras vías:
* A través del correo electrónico
En caso de que solicite información particular, y no sea interesado en el trámite, deberá constar la representación a su favor para obtener la información solicitada.
* A través de la consulta de estado de expediente ¡pulse aquí!
* A través de las hojas informativas del Ministerio de Empleo y Seguridad Social ¡pulse aquí!
Igualmente, puede solicitar su autorización de residencia a través del sistema MERCURIO o del Registro Electrónico de la AGE en todos aquellos trámites que no exijan la personación del interesado en la Oficina de Extranjería.
