Boletín jurisprudencial sobre menores extranjeros no acompañados
La Unidad de Extranjería de la Fiscalía General del Estado ha publicado su Boletín de Jurisprudencia sobre menores extranjeros no acompañados.
En este caso, es el relativo al segundo semestre de 2018. A continuación, os explicamos todos los detalles.
El índice del contenido del Boletín de Jurisprudencia sobre Menores Extranjeros No Acompañados es el siguiente:
I.NOTA PRELIMINAR…p.3.
Instrucción 1/2015 de la FGE, sobre algunas cuestiones en relación con las funciones de los Fiscales de Sala Coordinadores y los Fiscales de Sala Delegados.
En en su Apdo.10 establece que: los Fiscales de Sala Coordinadores habrán de elaborar al menos semestralmente resúmenes jurisprudenciales de la materia que le es propia, sistematizados por medio de un índice de materias.
Tales resúmenes serán remitidos a todos los Delegados de la especialidad por correo electrónico.
En cuanto a la publicidad de tales recopilaciones, la Instrucción añade a continuación que los resúmenes jurisprudenciales se publicarán igualmente en la página fiscal.es a disposición de todos los Fiscales, sean o no especialistas.
II.CIVIL
1.DETERMINACIÓN DE LA EDAD………………………. p.8.
A. Documentos y prueba médica contradictorias…. p.8.
a. Prevalece la prueba médica………p.8.
b. Prevalece el documento……………p.12.
B. Únicamente hay pruebas médicas…………………p.18.
a. Se confirman las pruebas médicas………p.18.
b. Son insuficientes…………………………p.19.
C. Recurribilidad de la determinación de la edad………p.27.
D. Otras…………………………………………………p.36.III.PENAL
1.DETERMINACIÓN DE LA EDAD…………………………p.39.
A. Documentos y prueba médica contradictorias………p.39.
a. Prevalece la prueba médica……………………p.39.
b. Prevalece el documento
B. Únicamente hay pruebas médicas
a. Se confirman las pruebas médicas
b. Son insuficientesIV.CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
1.CONFIRMACIÓN DEL PROTOCOLO MARCO
2.DETERMINACIÓN DE LA EDAD…………………………p.43.
A. Competencia de la Jurisdicción Contenciosa. Recursos contra el Decreto del Fiscal………………………………p.43.
B. Documentos y prueba médica contradictorias…………p.53.
a. Prevalece la prueba médica…………………p.53.
b. Prevalece el documento………………………p.57.
C. Únicamente hay pruebas médicas…………………p.62.
D. Únicamente hay documento
Para obtener el Boletín sobre los MENAs, pulse aquí
Fuente: Ministerio Fiscal
