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¿Estás interesado en retornar voluntariamente a tu país? Ahora podrás acogerte al Programa de Retorno Voluntario de YMCA Valencia
YMCA dentro de la labor que viene realizando de apoyo a la integración de personas inmigrantes e igualdad de oportunidades, a través de sus programas de español para extranjeros, programas educativos de intervención sociofamiliar y formación e inserción laboral, ofrece apoyo a aquellas familias inmigrantes que deseen regresar a su país.
¿QUÉ ES EL PLAN DE RETORNO?
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a través de la Secretaría General de Inmigración y Emigración, Dirección General de Migraciones, financia programas de retorno voluntario de extranjeros cofinanciados a través del Fondo de Asilo, Migración e Integración (Unión Europea).
El programa de retorno voluntario ofrece la posibilidad de retornar a aquellas personas extranjeras (inmigrantes, solicitantes de asilo, refugiados, personas con estatuto de protección subsidiaria) que manifiesten su deseo de volver a su país de origen y que cumplan los requisitos establecidos.
A través del PROGRAMA DE RETORNO VOLUNTARIO ofrecen la posibilidad de retornar a aquellas personas extranjeras que manifiesten su deseo de volver a su país y que cumplan los requisitos establecidos, a través de las siguientes modalidades:
1.- Retorno Voluntario Asistido y Reintegración con especial atención a personas vulnerables:
Nacionales de terceros países que:
– No hayan recibido una solicitud definitiva denegatoria en relación con su solicitud de estancia, residencia legal y/o protección internacional en un Estado miembro.
– Disfruten de derecho de estancia de residencia legal y/o protección internacional, o de protección temporal en un Estado miembro, y que hayan optado por el Retorno Voluntario.
– Que se encuentren presentes en un Estado miembro y no cumplan o hayan dejado de cumplir las condiciones de entrada y/o estancia en un Estado. Incluidos los nacionales de terceros países cuya expulsión se haya aplazado.
– Si viajasen con menores, aunque estos posean la nacionalidad española sí podrían acogerse al programa.
2.- Ayuda complementaria al abono acumulado y anticipado de la prestación contributiva por desempleo a trabajadores extranjeros extracomunitarios que retornan de forma voluntaria a su país de procedencia.
Nacionales de terceros países que se encuentren en cualesquiera de las categorías anteriormente mencionadas y que además tengan reconocido el abono de la prestación por desempleo en la modalidad sobre abono acumulado y anticipado de la prestación por desempleo a trabajadores extranjeros extracomunitarios sin doble nacionalidad (si alguna de ellas es española o comunitaria) que retornen voluntariamente a sus países de procedencia y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 2 del Real Decreto-Ley 4/2008.
PRESTACIONES Y SERVICIOS EN AMBAS MODALIDADES:
* Información y orientación sobre los trámites necesarios para la obtención de la documentación necesaria para su viaje de retorno.
* Pago del billete internacional al país de procedencia del interesado y de sus familiares extracomunitarios hasta segundo grado de afinidad y consanguinidad.
* Ayuda económica de viaje de 50€ por persona hasta un máximo de 400€ por unidad familiar. Gastos de desplazamiento en España, en caso necesario.
* Ayuda económica en concepto de instalación de 400€ pro persona hasta un máximo de 1.600€ por unidad familiar. Esta prestación, no se aplicará para las personas que tengan reconocido el Abono Acumulado y Anticipado de la Prestación Contributiva por Desempleo ni sus familiares.
* Acompañamiento en el aeropuerto.
* Servicio de información, apoyo y orientación psicosocial con el fin de que la persona interesada pueda tomar su decisión de manera informada en base a una atención individualizada y a información actualizada.
REQUISITOS
– Compromiso de no retornar a España en el plazo de tres años para realizar una actividad lucrativa o profesional por cuenta propia o ajena, y de remitir las tarjetas de embarque a la entidad.
– No estar incurso en ninguno de los supuestos de prohibición de salida de España previstos en la legislación de extranjería.
Una vez comprobado que cumplen con los requisitos necesarios, se les informará de los pasos a seguir.
Si desean más información, o tienen usuarios o familias que quieran beneficiarse de este programa, les rogamos que se pongan en contacto con Irene Sevilla Herrera o Laura Moreno Auñón en el teléfono 96 333 24 87.
Para el regreso voluntario Ami pais donde me puedo acercar para ver qué requisitos son necesarios.
Gracias