Procedimientos sobre Extranjería: Denegación de Entrada en España

La Sede Electrónica de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, dependiente del Ministerio del Interior, ha colgado en su página web todos los procedimientos administrativos referentes a los extranjeros en España.

Desde Parainmigrantes.info iremos publicando todos estos procedimientos para, una vez más, manteneros informados de todo aquello que os pueda resultar interesante y de utilidad.

En esta entrada explicamos cuándo se produce la denegación de entrada en España y por qué motivos:

La denegación de entrada en España es un mecanismo de control del cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente para la entrada en territorio nacional, que se gestiona de oficio.

A los extranjeros que no cumplan los requisitos establecidos para la entrada, les será denegada mediante resolución motivada, con información acerca de los recursos que puedan interponer contra ella, plazo para hacerlo y Autoridad ante quien deban formalizarlo, y de su derecho a la asistencia letrada, que podrá ser de oficio, y de intérprete, que comenzará en el momento mismo de efectuarse el control en el Puesto Fronterizo.

Los extranjeros a los que en Frontera se les deniegue la entrada según lo previsto por el artículo 26.2 de la Ley Orgánica 4/2000, estarán obligados a regresar a su punto de origen.

La resolución de la Denegación de Entrada conllevará la adopción inmediata de las medidas necesarias para que el extranjero regrese en el plazo más breve posible.

Cuando el regreso fuera a retrasarse más de 72 horas, la Autoridad que hubiera denegado la entrada se dirigirá al Juez de Instrucción para que determine el lugar donde hayan de ser internados hasta ese momento.

Los lugares de internamiento para extranjeros no tendrán carácter penitenciario, y estarán dotados de servicios sociales, jurídicos, culturales y sanitarios. Los extranjeros internados estarán privados únicamente del derecho ambulatorio.

El extranjero durante su internamiento se encontrará en todo momento a disposición de la autoridad judicial que lo autorizó, debiéndose comunicar a ésta por la autoridad gubernativa cualquier circunstancia en relación a la situación de los extranjeros internados.

La detención de un extranjero a efectos de proceder al regreso a consecuencia de la denegación de entrada será comunicada al Ministerio de Asuntos Exteriores y a la Embajada o Consulado de su país.

Datos básicos del procedimiento

Tipo de procedimiento: Otros

Materia del procedimiento: Actividad Administrativa

Resolución del procedimiento:

Órganos competentes para resolver este procedimiento:

– Funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía del puesto fronterizo

Plazo máximo para resolver y notificar: 72 horas.

La resolución del procedimiento pone fin a la vía administrativa.

Normativas que regulan el silencio administrativo:

– LEY ORGÁNICA 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Recursos que se pueden interponer:

Alzada

Órgano que resuelve el recurso: Superior jerárquico.

Plazo de interposición del recurso: 1 mes.

Normativa:

– LEY ORGÁNICA 4/2000 de 11 de enero, sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

– REAL DECRETO 2393/2004 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

– REGLAMENTO UE 562/2006 por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de Fronteras Schengen).

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3 comentarios en “Procedimientos sobre Extranjería: Denegación de Entrada en España
  1. puedo entrar a España para hacer conexión a londre a pesar de tener denegación de entrada a España? necesito pronta respuesta por favor, voy a Londres hacer un curso por 6 meses y la conexión del vuelo en entrando por espana, gracias

  2. Si dicen 72 h.pero en la realidad no funciona así hay personas que hasta 3 meses y no saben aún por que no las regresan o las dejan ir,pasan penurias y la atención médica paracetamol e ibuprofeno para todo, así va este país de rato en rato bueno y otras malo.

  3. Rafael Perez Galvez dice:

    Hola. Yo que tengo una amiga cubana y quisiera traermela para España. ¿ Me podrian informar de los tramites que tuviese que hacer para poder traerla? muchas gracias.

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