Documentos Visado de reagrupación familiar comunitaria para cónyuges

¿Qué documentos son necesarios para la solicitud de un visado de reagrupación familiar comunitaria para cónyuges? En este artículo te explicamos la documentación que debes tramitar si quieres reagrupar a tu cónyuge, el cual necesita visado para venir a España.

matrimonio

Documentación Visado de reagrupación familiar comunitaria para cónyuges

Los cónyuges de ciudadano español o de otro Estado miembro de la Unión Europea, o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, que no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados, cuando se reúnan con él o le acompañen y vayan a residir en España por un período superior a tres meses, deberán solicitar y obtener una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

Si el cónyuge se encuentra en España, directamente se puede solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano comunitario o el Arraigo Familiar en la Oficina de Extranjería que nos corresponda por domicilio.

Pero, ¿qué ocurre si nuestro cónyuge no se encuentra en España?

En el caso de que nuestro cónyuge no se encuentre en el país debemos diferenciar dos supuestos:

  • Nacionales que precisan visado para entrar en España
  • Y nacionalidad que no precisan de visado de corta duración para entrar en España.

Nacionales que precisan de visado

Los nacionales que necesitan visado son los nacionales de los siguientes visados:

AFGANISTÁN
ANGOLA
ARABIA SAUDÍ
ARGELIA
ARMENIA
AZERBAIYÁN
BANGLADESH
BAHREIN
BELICE
BENÍN
BIELORRUSIA
BIRMANIA / MYANMAR
BOLIVIA
BOTSUANA
BURKINA FASO
BURUNDI
BUTÁN
CABO VERDE
CAMBOYA
CAMERÚN
REPÚBLICA CENTROAFRICANA
CHAD
CHINA
COMORAS
CONGO
REPÚBLICA DEMOCRÁTICA DEL CONGO
COREA DEL NORTE
COSTA DE MARFIL
CUBA
REPÚBLICA DOMINICANA
ECUADOR
EGIPTO
ERITREA
ESUATINI
ETIOPÍA
FILIPINAS
FIYI
GABÓN
GAMBIA
GHANA
GUINEA
GUINEA-BISÁU
GUINEA ECUATORIAL
GUYANA
HAITÍ
INDIA
INDONESIA
IRAK
IRÁN
JAMAICA
JORDANIA
KAZAJISTÁN
KENIA
KIRGUISTÁN
KUWAIT
LAOS
LESOTO
LÍBANO
LIBERIA
LIBIA
MADAGASCAR
MALAUI
MALDIVAS
MALI
MARRUECOS
MAURITANIA
MONGOLIA
MOZAMBIQUE
NAMIBIA
NEPAL
NÍGER
NIGERIA
OMÁN
PAKISTÁN
PAPÚA NUEVA GUINEA
QATAR
RUANDA
RUSIA
SANTO TOMÉ Y PRÍNCIPE
SENEGAL
SIERRA LEONA
SIRIA
SOMALIA
SRI LANKA
SUDÁFRICA
SUDÁN
SUDÁN DEL SUR
SURINAM
TAILANDIA
TANZANIA
TAYIKISTÁN
TOGO
TÚNEZ
TURKMENISTÁN
TURQUÍA
UGANDA
UZBEKISTÁN
VANUATU – Nota Importante: La aplicación del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Vanuatu sobre exención de visados para estancias de corta duración queda suspendida con efectos desde el 4 de mayo de 2022 para los ciudadanos de Vanuatu titulares de pasaportes ordinarios expedidos por Vanuatu a partir del 25 de mayo de 2015.
VIETNAM
YEMEN
YIBUTI
ZAMBIA
ZIMBABUE

Si tu familiar aparece en esta lista, deberá contactar con el Consulado de España en su país de origen o lugar de residencia legal y aportar la siguiente documentación:

  • Formulario de solicitud de visado de corta duración (visado Schengen), 3 impresos, y 3 fotografías tamaño carné con el fondo blanco
  • Pasaporte original y en vigor del cónyuge que solicita el visado, con vencimiento no inferior a 180 días. Copia de la hoja donde aparece la fotografía y las hojas donde aparezcan rectificaciones al pasaporte.
  • Copia compulsada del DNI o Pasaporte (en vigor) del cónyuge español o comunitario. Si el cónyuge es ciudadano de otro país de la UE, certificado de residente comunitario (copia).
  • Certificado literal de matrimonio válido en España. Original y fotocopia. (En caso de que el matrimonio se hubiera celebrado en un país de la UE distinto de España, el certificado deberá estar debidamente apostillado -o legalizado, en su caso- y traducido al castellano por un traductor jurado).
  • Certificado de empadronamiento del cónyuge que reside en España.
  • Acta de manifestaciones.

Nacionales que no precisan de visado

ALBANIA
ANDORRA
ANTIGUA Y BARBUDA
ARGENTINA
AUSTRALIA
BAHAMAS
BARBADOS
BOSNIA Y HERZEGOVINA
BRASIL
BRUNÉI
CANADÁ
CHILE
COLOMBIA
COREA DEL SUR
COSTA RICA
DOMINICA
EL SALVADOR
EMIRATOS ÁRABES UNIDOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
GEORGIA
GRANADA
GUATEMALA
HONDURAS
ISRAEL
JAPÓN
KIRIBATI

ANTIGUA REPÚBLICA YUGOSLAVA DE MACEDONIA
MALASIA
ISLAS MARSHALL
MAURICIO
MÉXICO
MICRONESIA
MOLDAVIA
MÓNACO
MONTENEGRO
NICARAGUA
NUEVA ZELANDA
PALAOS
PANAMÁ
PARAGUAY
PERÚ
REINO UNIDO
ISLAS SALOMÓN
SAMOA
SAN CRISTÓBAL Y NIEVES
SAN MARINO
SAN VICENTE Y LAS GRANADINAS
SANTA LUCÍA
SANTA SEDE (ESTADO DE LA CIUDAD DEL VATICANO)
SERBIA
SEYCHELLES
SINGAPUR
TIMOR ORIENTAL
TONGA
TRINIDAD Y TOBAGO
TUVALU
UCRANIA
URUGUAY
VANUATU – Nota Importante: La aplicación del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Vanuatu sobre exención de visados para estancias de corta duración queda suspendida con efectos desde el 4 de mayo de 2022 para los ciudadanos de Vanuatu titulares de pasaportes ordinarios expedidos por Vanuatu a partir del 25 de mayo de 2015.
VENEZUELA

Regiones Administrativas Especiales (RAE) de la República Popular China
RAE DE HONG KONG
RAE DE MACAO

Nacionales británicos que no tienen la condición de nacionales del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en virtud del Derecho de la Unión:

  • British Nationals (Overseas) [nacionales británicos (ultramar)]
  • British Overseas Territories Citizens (BOTC) [ciudadanos de los territorios británicos de ultramar]
  • British Overseas Citizens (BOC) [ciudadanos británicos de ultramar]
  • British Protected Persons (BPP) [personas bajo protección británica]
  • British subjects (BS) [súbditos británicos]

Si por la nacionalidad de tu familiar no necesita visado de entrada en España, no deberá gestionar visado pero sí acreditar esa condición de ser familiar de ciudadano español y estar a cargo si es necesario en el momento de realizar la entrada. Para ello deberá traer consigo, en el momento de realizar la entrada en el país, los documentos anteriormente mencionados a efectos de poder acreditar en frontera, en caso de que nos lo solicite la autoridad aeroportuaria competente, que el motivo del viaje es el de reunirnos con nuestro cónyuge en España.

Ten en cuenta que los documentos que aquí te indicamos no son una lista cerrada y que el Consulado, si lo considera necesario, podrá solicitar más documentación.

Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019banner 807 miniCoste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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22 comentarios en “Documentos Visado de reagrupación familiar comunitaria para cónyuges
  1. hola soy loli me gustaria que me aclaren que tipo de solicitud de visado
    tengo que rellenar para reagrupacion familiar por conyugue
    siendo uno Dominicano y otra Española
    pues el schegen en teoria es de corta durada
    luego esta para visado General
    y luego esta para el visado Consular
    CUAL ES EL QUE TENGO QUE IMPRIMIR YO?

  2. lourdes ledezma dice:

    hola una pregunta tengo doble nacionalidad boliviana y española me case en Bolivia como boliviana y quiero saber que hacer para traerlo a España y si el puede hacer los tramites legales para la inscripción de nuestro matrimonio en la embajada de España en Bolivia el solo porque yo estoy en España?
    Gracias espero su pronta respuesta.

  3. JULIANA dice:

    Hola..e estado leyendo su bloc y me entró una duda cuando hablamos de reagrupacion familiar x familia extensa a que se refiere?..mi caso es este yo soy ecuatoriana y tengo la nacionalidad ;me casé en Ecuador en diciembre del año 2016 inicie la inscripción de matrimonio extranjero en el registro central de Madrid ..yo en mi caso puedo hacer la reagrupacion familiar por familia extensa sin tener ispcrito aún el matrimonio yo ahora estoy embarazada y no estoy trabajando ;tengo un ingreso solo de 200 euros ..hay alguna posibilidad de traer a mi marido de Ecuador y si hubiera como es el.procedimiento que debo seguir ? Muchas gracias por su respuedta

  4. raquel jordan dice:

    Buenas, mi pregunta es la siguiente en febrero tengo cita para presentar los documentos para la reagrupacion de familiar de ciudadano europeo, yo soy Española mi hija también ambas vivimos en Ecuador con mi esposo que es ecuatoriano, queremos viajar los 3 juntos, quisiera saber la posibilidad que existe de que le den el visado para irnos a vivir juntos los 3 a España, el trámite lo estoy haciendo en guayaquil, existe algún problema por el hecho de que yo vivo aquí y no en España actualmente?, y me podria dar algun consejo de que hacer en caso de que lo negaran, muchas gracias.

  5. Yenit de la Caridad dice:

    Hola necesito saber como solicitar una cita para visado de matrimonio es para mi Mama y su Esposo, sin mas Saludos Yenit

  6. como puedo conseguir solicitud de visado comunitaria urgente. me tienen harta de buscarlo en esta pagina www.maec.es dice:

    Por favor como puedo conseguir solicitud de visado cumonitaria

  7. Hola yo soy Español y estoy casado con una Peruana. Y como ya han pasado mas de dos años, que fue inscrito mi matrimonio en el consulado de España en Lima, supongo que inscribieron mi matrimonio en el registro central de Madrid. Mi pregunta es que como me piden mi certificado de matrimonio para hacer la reagrupacion familiar,me piden el tomo y pagina de la inscripcion de mi matrimonio del registro civil y no se en que tomo y pagina lo han inscrito en Madrid, como puedo saberlo, para pedir dicho certificado?

  8. Yerno dice:

    Hola! Mi madre vive en España y yo vivo en Cuba. Mi madre pregunta para la visado de reagrupación familiar. Antes de enviar la solicitud, me gustaría saber el impacto de mi estado civil. ¿Es más fácil obtener una visa si soy soltera? Hago la pregunta porque quiero casarme pronto y no quiero perder la oportunidad de visitar a mi madre en España también. Mi prometido es canadiense.

  9. amelida jaramillo montoya dice:

    Hola soy colombiana y estoy en mi pais tengo la tarjeta de residencia de españa hasta 2018 si voy a regresar me tocara volver a solicitar visa y hacer reagrupacion de nuevo??? Muchas gracias

  10. JULIO BOLIVAR ROSERO TOLEDO dice:

    hola soy de ecuador mi pregunta es tengo la nacionalidad española .soy casado en ecuador la partida de matrimonio ya esta legalizada y el libro de familia y quiero traer a mi sra .y ella se a ido al consulado español guayaquil y les a explicado que ya tengo la nacionalidad y qe la quiero llevar y a solicitado la reagrupasion familiar pero no les a dicho la de rejimen comunitaria . hay algun problema en caso qe ya presente los doc
    umentos

  11. Moira M dice:

    Hola buenas, les hablo desde Colombia mi pregunta es la siguiente que se hace en la embajada, el dia de la cita para la presentacion de los documentos para la solicitud de la visa de reagrupacion familiar del conyuge osea aparte de la entrega de los documentos se hace una entrevista o que? y despues que uno presente estos documentos cuanto tiempo se tarda en darle la respuesta ala solicitud de visado…
    Gracias

  12. José M. dice:

    Hola ! Yo soy venezolano y pretendo ingresar a España junto a mi cónyuge española con el fin de establecernos allá. Nos casamos en Venezuela, hemos legalizado y apostillado el acta de matrimonio, lo registramos en el consulado y obtuvimos el certificado literal de matrimonio, tenemos también el libro de familia, etc. No me queda claro si con todo esto y acompañando a mi esposa española, puedo entrar sin problemas a territorio español, o en cambio igual debería pedir un visado de reagrupación familiar para evitar que me rechacen en migración. He escuchado muchas versiones al respecto… Gracias de antemano y saludos.

    1. Yosu Parainmigrantes.info dice:

      José M, en principio no hará falta visado ya que a los ciudadanos de Venezuela no se le exige visado. Aquí tiene más información: https://www.parainmigrantes.info/paises-que-necesitan-visado-para-entrar-a-espana-484/

  13. IleanaRC29 dice:

    Tengo ya un año viviendo en España, soy española y mis hijos (2) tambien lo son, tenemos nuestro libro de familia donde aparece de forma correcta mi esposo (padre de ambos niños) , nosotros 3 tenemos nuestros DNI sin problemas, el asunto es con mi esposo que no le dan la residencia porque los ingresos hasta la fecha son provenientes de ayuda al emigrante retornado a mi y eso no cuenta y sin su residencia no puede trabajar aca entre tantas otras cosas. Que puedo hacer para que obtenga sus residencia y asi abrir mas posibilidades de empleo para el hogar o no queda mas que seguir esperando que yo obtenga un empleo? Gracias

    1. Azahara Parainmigrantes dice:

      Ileana, en principio, como familiar de ciudadano comunitario, aunque no tarjeta de residencia, podría trabajar. Mira este artículo: https://www.parainmigrantes.info/trabajar-sin-tarjeta-comunitaria-955/

  14. francisco dice:

    gracias por su pronta respuesta. me dirias por favor si de apelar que tiempo tomaria? podria mi mujer invitarme a españa pir corta estancia? gracias anticipo

  15. feancisco dice:

    hola señor marin, mi expediente de inscripcion de matrimonio fue denegada a fecha 10-03-2015 y le han dicho a mi esposa k apele, nuestro espediente es del 2012 y veo en otro foro k apelar toma años. podriamos optar por visado de cominitario? mi esposa es Española y yo REPUBLICA DOMINICANA. residente en B.V.I

    1. Azahara Parainmigrantes dice:

      para poder solicitar un visado de reagrupación familiar en régimen comunitario es necesario que el matrimonio sea válido en España, por lo que debería estar inscrito.

  16. Hola soy peruana y quisiera traer a mi madre a vivir acá conmigo mi esposo tiene la nacionalidad española y mis 2 hijos son españoles que deberia hacer para traermela.

  17. Irina dice:

    Hola. Mi nombre es Irina y soy ciudadana Rumana. Llevo residiendo en España 9 años y tengo la targeta verde,el NIE y estoy afiliada en la SS. Mi consulta es sobre mi pareja. Es ciudadano Mexicano y me gustaría que se viniese a vivir conmigo en España permanentemente. Quisiera saber si esto se puede hacer y si de puede cual seria la manera mas adecuada para su estancia legal en España. Espero que me podáis ayudar sobre mi duda. Muchas gracias.

  18. lorena dice:

    SR ABOGADO mi marido antes era residente y ahora tiene doble nacionalidad somos casado hace 3 años y aun no hemos podido inscribir el matrimonio puede mi esposo obtener en la sub delegación del gobierno en extranjería 1 visa temporal de reagrupacion familiar para mi mientras nos acepten el matrimonio porque la verdad que vamos casi para 4 años y aun no no dan el libro de familia

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