Viajar al extranjero con mascotas. ¿Qué documentos necesito?

Ya sea por reuniones, vacaciones u otros motivos, muchos de nosotros nos disponemos a viajar al extranjero con mascotas.

Pues bien, al igual que ocurre con las personas, los animales de compañía también deben tener su documentación en regla, algo especialmente relevante si vamos a viajar fuera de España con ellos.

¿qué necesitas para viajar al extranjero con mascotas?

A este respecto, el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente avisó hace unas semanas acerca de las incidencias que estaban teniendo lugar de forma repetida por el incumplimiento de los trámites obligatorios al viajar al extranjero con mascotas, desde España a otros países tanto dentro como fuera de la Unión Europea.

Existen una serie de normas con el fin de proteger la salud tanto de las personas como de las mascotas, y aunque la documentación a llevar dependerá del tipo de animal y del país de destino, existen reglas generales a tener presentes de forma previa a la salida del país, ya que su incumplimiento puede provocar la inmovilización de los animales en instalaciones de cuarentena, el traslado al país de origen e incluso, en casos extremos, al sacrificio mediante eutanasia de los animales en compañía.

¿Qué se entiende por viajar al extranjero con mascotas?

viajar al extranjero con mascotas

El Reglamento (UE) 576/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo se encarga de regular el transporte de mascotas fuera de España. Según dicha normativa, han de cumplirse tres requisitos para encontrarnos ante un desplazamiento con animales de compañía, considerándose que se trata de un movimiento comercial si alguno de estos no se cumple:

-Los animales a trasladar deben ser cinco o menos, existiendo excepciones para concursos, exposiciones o actividades deportivas.

-El transporte no puede tener fines comerciales ni transferencias de propiedad (ventas, adopciones…)

-Estos animales deben viajar con su dueño o el responsable en su nombre durante el desplazamiento. La normativa comunitaria permite que sean trasladados en un medio de transporte separado al del dueño si el plazo no supera los cinco días en relación al desplazamiento del responsable de la mascota

Asimismo, el Reglamento 577/2013 de la Comisión Europea contempla los modelos de identificación para los documentos necesarios para perros, gatos y hurones, especies que deben llevar consigo pasaportes expedidos por veterinarios.

Para el caso del resto de especies, cuyo transporte también está regulado por la legislación comunitaria y nacional, pueden prescindir de dicho documento.

El pasaporte de la mascota

El primer paso es comprobar que el animal de compañía está correctamente identificado a través de microchip o tatuaje, siempre que éste se hiciera antes de julio 2011, y continúe legible. De este modo se podrá relacionar al animal con la acreditación oficial para poder viajar al extranjero con éste.

Este título es el pasaporte veterinario, documento imprescindible para viajar al extranjero con mascotas, siempre que se trate de perros, gatos o hurones.

viajar al extranjero con mascotas: pasaporte veterinario

Para el caso de las aves, según el país de destino, es posible que se requiera la imposición de sellos en los documentos oficiales, conocida como la Apostilla de la Haya o el Reconocimiento Consular.

La Federación Europea de Veterinarios recomienda que la solicitud del pasaporte veterinario se realice al menos dos meses antes del viaje en caso de que el desplazamiento tenga lugar dentro de la Unión Europea, e incluso con más antelación si es fuera de la misma.

El pasaporte europeo para mascotas contiene información relativa al dueño del animal y datos sobre la descripción e identificación del perro, gato o hurón a transportar. Asimismo, refleja otros dos requisitos que pueden pedirnos si el viaje se realiza dentro de la Unión Europea:

-Que la mascota esté vacunada contra la rabia

-En algunos casos, que haya recibido tratamiento contra el parásito Echinocuccus

Información obtenida de Hipertextual

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.

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Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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Un comentario en “Viajar al extranjero con mascotas. ¿Qué documentos necesito?
  1. Susana dice:

    Hola, y para viajar desde el extranjero HACIA ESPAÑA con un gato? Gracias

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