UNIPAMI denuncia al Estado español ante el Tribunal de conciencia

Unipami (asociación por la unión de parejas mixtas) denuncia al estado español ante el tribunal de conciencia que se celebrara como contra cumbre del FMMD

La política de inmigración que mantiene el gobierno de España en los consulados está causando problemas a los matrimonios que solicitan su inscripción en el registro civil español creando dramas humanos en los que se ven vulnerados los derechos humanos y fundamentales de la familia. Las solicitudes acaban siendo denegadas después de ser “evaluadas” bajo entrevistas reservadas de dudosa legalidad en las que se dan malos tratos por parte de los funcionarios que no respetan la dignidad de las personas ni la supuesta presunción de inocencia. Tampoco se tienen en cuenta las pruebas que son requeridas para demostrar que es un matrimonio real. Estas irregularidades se dan mayoritariamente en consulados dispuestos en Suramérica y cada vez es mayor.

La larga espera a que son sometidos estos matrimonios debido a las trabas burocráticas de 6 a 12 meses para las entrevistas mas 18 meses si es negado y otros 24 meses más si vuelve a ser denegado y hay un 99% de posibilidades de que vuelva a ser denegado, es una tortura psicológica transformando un sueño en pesadilla con el único fin que tiene que es provocar la desesperación hasta el punto de abandonar el futuro en común de la pareja.

Las consecuencias que esta situación conlleva son muy difíciles de sobrellevar. Vivir bajo la incertidumbre, depresiones, discusiones de pareja a causa de los nervios por la situación, emigración de españoles como si se trataran de exiliados de su propio país, problemas en el ámbito laboral, enormes gastos de dinero y un largo etc. que pone a las parejas en una dura prueba que pocas parejas compuestas por españoles lograrían pasar.

12 a 14:30 hras.: Audiencia/Eje VII: temas- escenario Euro-Africano; efectos de políticas migratorias de la Unión Europea contra migrantes africanos, árabes, latinoamericanos y el pueblo Rom (“gitanos”); condiciones en Centros de Internamiento de Extranjeros (CIEs en el estado español); discriminación en cuanto a derecho al matrimonio y a formar familias (caso emblemático UNIPAMI); tendencias represivas en África y Sudáfrica; denunciantes del estado español (Juan Ribuño), Válery Alzaga (derechos laborales); relatora caso “gitanos” Beatriz Chía; equipo coordinador: Beatriz Chía, Amarela Varela, Adriana Jiménez Moles; peritajes de Enrica Rigo (Italia), Willem van Genugten (Países Bajos); Liepollo Lebohang Pheko (Sudáfrica), Koulsy Lamko (perito y denunciante, Casa Hankili Africa)

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3 comentarios en “UNIPAMI denuncia al Estado español ante el Tribunal de conciencia
  1. jose luis dice:

    Se me caen las lágrimas despues de leer el encabezamiento.Es una definición perfecta de mi insufrible situación.18 meses esperando la resolución de la embajada de Santo Domingo despues de un trato en el que me avergonzé de ser español.Y ahora otros 18 meses esperando sin una respuesta el recurso del registro civil central.y va para largo Me he arruinado economicamente con los abogados.he acudido al defensor del pueblo.he llegado a hablar con el ministro de justicia.acudiendo a su casa.todo para nada.Sólo para aprender que no se puede acudir a la via judicial mientras no se agote la via administrativa…y cuando se agota esta? Cuando ellos lo estimen…Ni se imaginan el daño y sufrimiento que causan Si alguien esta en mi misma situación.o puede orientarme.le estare eternamente agradecido.solo los que nos encontramos en esta situacion.podemos entender el alcance del dolor.Un saludo para todos:luisgoe@yahoo.es

  2. Brush dice:

    Lo que sucede con el Consulado General de España en Santo Domingo es que cuando entregan las resoluciones denegatorias de inscripción de matrimonio entre un ciudadano-a española-ol, estas resoluciones son del tipo formulario, es decir, redactadas de forma idéntica en su contenido para todos los casos y sin entrar en el detalle concreto de cada uno y su razonamiento particular.

    Esto es contrario, efectivamente, a lo que dispone la Instrucción de la propia DGRCN de fecha 13 de Enero de 1996 y ese consulado la incumple manifiesta y reiteradamente, a pesar de que este incumplimiento ha sido denunciado en numerosas ocasiones, bien en los propios y numerosos recursos ante la DGRCN por parte de los perjudicados, ante la oficina del Defensor del Pueblo e incluso en la prensa, como es el caso del Sr. Quini Candela, a quién en su día habría que erigirle un monumento, además de por su cualificado conocimiento del tema, por su valentía en denunciar los abusos que estamos sufriendo tantos españoles-as y dominicanas-os por parte de algunos funcionarios de ese consulado, que en teoría deberían velar por los intereses legítimos de los ciudadanos que al mismo acuden.

    Yo entiendo que si una Instrucción no se cumple sistemáticamente por un Consulado General (al menos el de República Dominicana, que yo sepa) es porque esos funcionarios están respaldados «de facto» por la propia DGRCN y no quisiera pensar que con el solo objeto de retrasar el procedimiento de la inscripción del matrimonio, pues al día de hoy, Agosto de 2011, las resoluciones a los escritos de recursos ante la DGRCN tardan en dictarse dos años e incluso más, según he leído casos en la Red y de los que tengo constancia documental actualizada por escritos de la Oficina de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia de España.

    Pero por si esto fuera poco, resulta que el propio consulado, cuando desde la DGRCN en Madrid le solicita el expediente con la resolución denegatortia sobre el que se ha recurrido, es cuando realmente redacta una resolución denegatoria concreta del caso así como detallada y reservada, a la que el recurrente no tiene acceso, dado que el propio consulado se toma unos siete meses en emitirla desde que es solicitada desde la DGRCN y por supuesto no envían copia de la misma al recurrente. ¡Faltaría más!

    Obligados por ley y rebajados por los criterios subjetivos de ciertos responsable, faltos de cualquier sensibilidad, los afectados debemos acatar su criterio y exhibir ciertos aspectos íntimos y privados de la vida sentimental de nuestra convivencia matrimonial y es realmente incomprensible, cuando menos, que a los propios interesados se les despache luego desde el consulado con una resolución calcada para todos y que únicamente se molesten en «trabajarse» aquellas que han sido recurridas y para lo cual, naturalmente, se van a tomar su tiempecito: unos siete meses.

    Pero aún así todo aquí no se ha acabado la historia, porque parece ser que estamos tratando un tema de suma transcendencia para la seguridad nacional y la propia DGRCN en Madrid se lo piensa nada menos que unos dieciocho meses más. Se podría entender de todo esto que, para retrasar las inscripciones matrimoniales presentadas ante los registros civiles de los consulados en el extranjero, no se repara en medios incluido el sobrecargar la capacidad de la DGRCN con recursos innecesarios.

    De todo esto parece deducirse una sola conclusión: se pretende por la vía del aburrimiento y la desesperanza el soslayar la mayor parte posible de inscripciones matrimoniales fuera del territorio español (se calcula que un 80%), pues dentro del mismo un idéntico trámite puede durar tres meses máximo, incluso entre españoles y ciudadanos extranjeros sin residencia legal (en este caso se estima que se rechaza sobre un 10%). Y si a esto se añade el ir retrasando cada paso del proceso, desde el plazo en que se presenta el expediente de inscripción, la cita de la audiencia reservada, la resolución pertinente, el envío por parte del consulado de la documentación a Madrid y finalmente el fallo de la DGRCN, pueden imaginar ustedes cuantos matrimonios habrán ido abandonando por el camino. Muchos por ignorancia, pues no creo haya habido nadie, de entrada, con los conocimientos legales necesarios para enfrentarse a este proceso y son muchos los recursos que se presentan fuera de plazo precisamente por eso. Incluso he visto en Internet algunos, supuestamente profesionales, que andan bastante despistados al respecto. Otros afectados habrán visto cómo la distancia y la falta de medios han podido más que sus ilusiones y hasta algunos puede que ni siquiera lleguen vivos hasta el final. Esto, señores, no es facilitar en justicia las cosas. No seré yo quién diga que se trata de entorpecer el proceso, pero al final, cada uno de ustedes es el que debe juzgarlo según su propia experiencia y criterio.

    El daño moral y los perjuicios de todo tipo, entre los que no es menor el económico, no parece que sea algo a tener en cuenta por parte de la Administración Española. El velar por los intereses legítimos de sus ciudadanos no conlleva utilizar la misma vara de medir para aquellos que decidieron un día, por la circunstancia que fuera, contraer matrimonio fuera de España.

    Yo les animo a todos a que piensen que aquí se acaba la historia, porque debemos mantener la esperanza de que después de tres años de idas y venidas, insomnio, incomprensión, gastos inimaginables, etc. nuestros recursos van a ser resueltos favorablemente por la DGRCN. Pero por si no es así, ya saben que este víacrucis puede continuarse con un nuevo recurso por la vía civil, esta vez con la obligatoriedad de nombrar abogado y procurador y unos dos o tres años por delante más. Y eso ¿a quién le importa?

    ¿Se han preguntado ustedes la incomprensible falta de respuesta pública a estas dilaciones por parte del Ministerio de AA.EE., Ministerio de Justicia, la propia DGRCN, los Registros Civiles Consulares y hasta la propia Oficina del Defensor del Pueblo? Todo lo que se está planteando por los afectados a diario en los medios de comunicación, especialmente en Internet, desde hace ya más de siete años, no ha recibido que yo sepa ni una sola línea de respuesta publicada en esos medios por parte de las autoridades citadas. Esto induce necesariamente a pensar que, en definitiva, el objetivo es único, claro e inamovible: evitar, o al menos entorpecer indefinidamente, las inscripciones de los matrimonios entre ciudadanos españoles y extranjeros, cuando se trata de inscribirlos ante las autoridades consulares fuera de España. Esta falta de respuesta no denota sino otra tanta falta de sensibilidad para un problema que, naturalmente, solo afecta a los propios interesados y les aboca necesariamente a la desesperanza y a tomar decisiones muy dolorosas, con lo que al final puede dañarse irreparablemente una convivencia que comenzó con la mejor de las esperanzas, porque el propio derecho al matrimonio recogido en la Constitución Española de 1978 se topó de frente con una Administración monolítica y falta de un mínimo de sensibilidad. Lex dura lex.

    Gracias por la paciencia y disculpas por los errores involuntarios, así como mi respeto para todos los que obren de buena voluntad y se hayan sentido aludidos.

    Brush
    brushtres@orangemail.es

  3. lo que se dijo en el tribunal es verdad. las parejas que están en esta situación pueden mandar sus casos a UNIPAMI 0 http://tribunalmigrante.saltoscuanticos.org/ son muchas las injusticias de los consulados de Colombia república dominicana , es hora que nos escuchen se presten investigaciones sobre la venta de visas en los consulados españoles , negar el registro a hijos de españoles…
    antes de someternos a esas preguntas tan ridículas , que pidan de una ves las pruebas correspondientes de la relación fotos viajes gastos todo lo que piden en el registro en Madrid no les conduele ni la muerte de niños de sangre española

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