Trámites a seguir una vez obtenida la autorización de residencia por reagrupación familiar en Madrid

Estos son los trámites a seguir una vez obtenida la autorización de residencia por reagrupación familiar en la oficina de Extranjería de Madrid

Una vez presentada la solicitud de reagrupación familiar en la Oficina de Extranjería de Madrid y concedida dicha autorización de residencia por reagrupación familiar, deberás realizar estos trámites:

* La oficina de extranjería entregará 2 resoluciones por cada familiar que vas a reagrupar. Una de ellas deberá ser enviada al familiar que va a venir para que la presente en el Consulado de España en su país de origen, junto con el resto de documentación que le pidan allí, en el plazo de dos meses, a fin de tramitar y obtener el visado de residencia.

parainmigrantes.info* Cuando tu familiar entre en España con el visado concedido, en el plazo de un mes debe solicitar cita previa a través del siguiente enlace: https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus/citar, eligiendo la provincia de Madrid y el trámite «Expedición de Tarjeta de Identidad de Extranjero (Huella)» y acudir personalmente el día asignado a la Brigada Provincial de Extranjería y Documentación, situada en Avenida de los Poblados, s/n, Antiguo Hospital Penitenciario, (Metro Aluche – Línea 5) de Madrid, aportando la siguiente documentación:

  • La cita de Internet impresa.
  • 1 fotografía reciente tamaño carné, en color, con fondo blanco.
  • Pasaporte en vigor, original y fotocopia de la filiación y del visado con sello de entrada.
  • Tarjeta original del reagrupante. En caso de menores de edad, venir acompañado del padre o madre.
  • Original de la resolución de la Delegación del Gobierno.
  • Certificado de empadronamiento con una validez máxima de tres meses a partir de la solicitud de la cita.
  • Justificantes de ingreso, debidamente cumplimentados, de las tasas de:
    • expedición de tarjeta de identidad, impreso modelo 790 cód. 012, del Ministerio del Interior, por un importe de 15,45 €, para el año 2016.
Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.

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Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR C/ Navarra 1 bajo 18007 Granada

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8 comentarios en “Trámites a seguir una vez obtenida la autorización de residencia por reagrupación familiar en Madrid
  1. ELIZABETH RIVAS dice:

    buenos dias , mis hijos y mi esposo son portugueses por nacionalidad no por nacimiento, y nos queremos ir a las islas canarias (tenerife ) , queremos saber cuales son los pasos a seguir , agradezco mucho su respuesta.

  2. LUCIA MIRANDA dice:

    SOY NATURALIZADA ESPAÑOLA ESTOY CASADA CON CIUDADANO ESPAÑOL, ME GUSTARÍA LEGALIZAR A MIS NIETOS E HIJAS MAYORES DE EDAD POR SI EN UN FUTURO Y DECIDIESEN INGRESAR A ESPAÑA DE MANERA ESPORADICA O PERMANENTE . ES POSIBLE?

    1. Azahara Parainmigrantes dice:

      Aquí le dejo la información con los familaires que pueden reagruparse por régimen comunitario.

      Le será muy útil. Si después de leerlo le quedan dudas, llámenos al 807502019 y se las aclararemos. Gracias.

      https://www.parainmigrantes.info/familiares-de-espanoles-y-comunitarios-que-se-pueden-reagrupar-por-familia-extensa/

  3. Fabricio dice:

    Buenos días!! Yo tengo 29 años vivo con mi madre que es nacionalizada Española de origen por parentesco. Ella tiene contrato indefinido aunque cobra menos de 500€. Podría obtener la residencia por medio de ella?

  4. Enrique dice:

    Buenas tardes, me interesaria reagrupar a mi madre, ella vive en Rep. Dominicana, tiene 60 años y yo le mantengo desde el 2010 ya que por un accidente presenta un problema de espalda (Espondilolistesis), tengo tarjeta de familiar de comunitario desde el 2013. He estado mirando en los foros los requisitos de edad y mi madre no los cumple aunque creo que por el tema humanitario podria traerla y me interesaria saber si es posible reagruparla o debo esperar a los 66 años para iniciar el tramite.

    1. Azahara Parainmigrantes dice:

      En régimen comunitario no hay limitación de edad.

  5. Evelyn dice:

    Hola!!! Reciba un cordial saludo, necesito de su orientación. Me encuentro en España, mis hijos tienen pasaporte de la UE, son portugueses y quieren que yo me quede con ellos, acudimos a una cita el 12 de Julio 2016, y no pidieron un Documento que acreedite que ellos me mantenían en Venezuela. Como se elabora este documento, existe un modelo o formato?
    Le agradezco su respuesta lo antes posible, ya que tengo 10 días para presentarlo. Mil gracias.

    1. Evelyn dice:

      Hola!!! Reciba un cordial saludo, necesito de su orientación. Me encuentro en España, mis hijos tienen pasaporte de la UE, son portugueses y quieren que yo me quede con ellos, acudimos a una cita el 12 de Julio 2016, y no pidieron un Documento que acreedite que ellos me mantenían en Venezuela. Como se elabora este documento, existe un modelo o formato?
      Le agradezco su respuesta lo antes posible, ya que tengo 10 días para presentarlo. Mil gracias.

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