¿Con qué autorizaciones se puede trabajar en otro país de la UE?

¿Con qué autorizaciones se puede trabajar en otro país de la UE?

Vicente Marín, abogado experto en Derecho de Extranjería y Nacionalidad Española y Director del portal Parainmigrantes.info te lo explica todo en el siguiente vídeo.

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Muchos de nuestros seguidores nos preguntan por la forma de obtener alguna autorización que nos permita, llegado el caso, poder residir y trabajar en otro país de la UE.
Lo cierto es que no existe ninguna, es decir, todas las autorizaciones de residencia, así como residencia y trabajo que contempla nuestra normativa, solo nos dan derecho a residir y trabajar dentro del territorio español. Y el estar más del plazo permitido fuera de España, así como la obtención de una autorización de residencia en otro país, supone una causa de extinción de nuestro permiso de residencia en España.
¿Con qué autorizaciones se puede trabajar en otro país de la UE?

Pero, si quisiera trabajar en otro país de la UE, ¿cómo puedo hacerlo?

Lógicamente tendremos que solicitar una autorización de residencia de la forma y cumpliendo con los requisitos que exija la legislación extranjera.
No obstante, nuestra normativa contempla una autorización de residencia que autoriza a residir y trabajar en España, pero además nos otorga la posibilidad de obtener una autorización de residencia y trabajo en otro país de la UE, en las condiciones que éstos determinen: Es la Tarjeta de Larga Duración-UE
Se trata de una autorización similar a la Larga Duración normal, pero con esta particularidad, ya que cuando nos desplacemos a otro país de la Unión Europea, con la tarjeta de Larga Duración-UE podremos acreditar nuestra condición de residentes de larga duración y obtener en dicho país la condición de residentes legales de forma mucho más sencilla, y sin apenas complicaciones, de la misma forma que si un residente de larga duración-UE se desplaza a España, nosotros también le facilitaremos enormemente que pueda quedarse residiendo y trabajando en nuestro país. Pero repetimos, que habrá que cumplir con los requisitos que establezca la normativa del Estado donde queramos residir.
Otra importante diferencia entre estas tarjetas es en relación a los requisitos que se exigen para poder obtenerlas, los cuales son los mismos, pero con la particularidad de que, para solicitar la Tarjeta de larga duración-UE, tendremos que estar trabajando en España de forma estable y contar con asistencia sanitaria.

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Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019banner 807 miniCoste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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3 comentarios en “¿Con qué autorizaciones se puede trabajar en otro país de la UE?
  1. Amparo dice:

    Buenos días! gracias por la info que habéis publicado en este post.
    En mi caso, yo tengo un contrato holandés mientras resido en España, pero el contrato termina a los 4 meses, ya que no se puede tener un contrato holandés durante más de 4 meses, después hay que tener residencia oficial en Holanda y por tanto, sería cambiar mi rseidencia y todo lo que eso comporta, como dejar de ser residente en España (aún viviendo en España) y dejar de tener seguridad social, etc.
    Me gustaría saber si existe algún modo de que yo pueda continuar con contrato holandés después de los 4 meses, porque sino tengo que darme de alta de autónoma y no es lo que más quisiera hacer.
    Agradezco vuestro consejo 🙂
    Feliz día a todos!

  2. Mohamed dice:

    Hola buenas el caso es que me han hecho un contrato en holanda pero me dicen que vaya a españa con el contrato para pedir larga duracion ue.
    He leido mucho y por lo que veo solo se puede solicitar si esyas trabajando en españa pero no pone nada de si te hacen un contrato en otro pais hay algun manera de obtenerla o otras para poder trabajar en holanda .
    Gracias.

  3. Jesus dice:

    Hay que estar trabajando? Pensaba que con tener recursos era suficiente
    Por cierto? Esos recursos deben necesariamente ser «fijos y regulares» o puede ser una cuenta bancaria?
    Muchas gracias por vuestra ayuda!!

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