Trabajar antes de solicitar el cambio de tarjeta de estudiante a residencia

La modificación de la situación de estudiante a la de residente, ¿cuándo hacerlo?, ¿es posible trabajar antes de haber cambiado la tarjeta de estudiante y ser dado de alta en la Seguridad Social?

Sabemos que tras tres años de estudiante podemos solicitar la modificación de estancia por estudios a la situación de residencia y trabajo, pero siempre hay dudas sobre cuando se considera que cumplimos tres años o si debemos prorrogar a la vez la estancia por estudios por si no nos concediesen la modificación o si existe alguna posibilidad de optar a un permiso de trabajo antes de los tres años.

Conseguir el permiso de residencia y trabajo tras acabar nuestros estudios en España es el objetivo de muchos estudiantes extranjeros cuando deciden venir a España a estudiar. Nos encontramos ante uno de los procesos más importantes que vamos atener en nuestra vida profesional, ya que nos va a abrir las puertas al mundo laboral español y por tanto debemos tener claros muchos puntos claves del proceso para que no se nos deniegue la modificación.

En primer lugar, debemos tener claro que podemos solicitar la modificación de estancia por estudios a permiso de residencia y trabajo desde los 90 días antes de cumplir los tres años de estancia por estudios.

renovación de la tarjeta de estudiante

Este dato es importante porque nos va a permitir solicitar la modificación de estancia por estudios a trabajo sin necesidad de prorrogar nuestra estancia por estudios, sin correr el riesgo de perder nuestro estatus legal en España ya que, en el supuesto de que la modificación fuera denegada (recordar que se podría denegar por falta de medios económicos de la empresa contratante por ejemplo), aun estaríamos a tiempo de solicitar una prórroga de estancia por estudios para permanecer en España como estudiante un año más, año en el que podremos pedir otra modificación a trabajo en cualquier momento.

Sin embargo, si solicitamos la modificación a permiso de residencia y trabajo tras la caducidad de nuestra tarjeta, aunque tengamos la prórroga de estudios solicitada y en trámite, no nos resolverán nuestra solicitud de permiso de residencia y trabajo, hasta que nuestra prórroga de estudios sea resuelta favorable, ya que en caso contrario, estaríamos en situación irregular.

En muchos casos, nuestros estudios tienen duración menor a tres años, por ejemplo hay estudiantes que vienen a estudiar un máster de uno o dos años. En estos casos, es habitual que el estudiante que tiene como objetivo trabajar  en España, prolonga los estudios de forma intencionada para cumplir esos tres años de estancia y poder modificar. Puede ocurrir que esa estrategia nos perjudique porque no nos prorroguen nuestro permiso de estancia por estudios porque estamos intentando prorrogar los estudios para realizar unos estudios diferentes a los estudios para que se nos concedió el visado, o porque hemos querido alargar esos estudios y consideran que no hemos superado los estudios para los que se nos concedió el visado de estudiante.

Si esta es vuestra situación os animamos a consultarnos ya que en mucho de los casos encontramos la en la legislación de extranjería la manera de optar al permiso de trabajo antes de los tres años, especialmente en los casos en los que habéis venido a estudiar un máster y por tanto, podríais ser considerados altamente cualificados.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.

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Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR C/ Navarra 1 bajo 18007 Granada

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