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ALMERÍA.- El Colegio de Abogados de Almería acogerá el próximo martes 6 de noviembre el IV Curso de Formación sobre Derecho de Extranjería, necesario para todos aquellos letrados que quieran acceder a las listas del turno de oficio de extranjería, y en el que se analizará el nuevo reglamento de ciudadanos comunitarios, la eficacia del contrato de trabajo sin permiso de residencia y se plantearán algunas de las cuestiones que suscita el Recurso de Amparo Constitucional en materia de extranjería.
Este curso, que se celebrara en horario de mañana y tarde, está dividido en seis conferencias que serán impartidas por expertos abogados, fiscales y jueces, como Luis Fernández, fiscal de la Audiencia Provincial de Sevilla; Tomás Cobo, magistrado-juez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 1 de Almería; Ignacio de la Cueva Aleu, magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, letrado de Tribunal Constitucional adscrito al vicepresidente desde 1999; Francisco Lardón, jefe de la Oficina de Extranjeros de Almería; Jaime Martín y Pedro García, ambos abogados.
El curso está organizado por el Colegio de Abogados de Almería y subvencionado por la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía. A la inauguración está previsto que asista el Decano del Colegio de Abogados, Simón Venzal, y el delegado de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía, Manuel Ceba.
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Hola,
Llevo tres años luchando para revocar una orden de expulsion, que fue por estancia ilegal en España. Hasta ahora me he gastado en abogados mas de siete mil euros. Tengo derecho a obtener la residencia en España por el articulo 45.2b de Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, por la que se reforma la la Ley Orgánica 4/2000(arraigo social). Cada vez que presento mi solicitud me la deniegan por causa de la orden de expulsion dictada por la Delegaciñon del Gobierno en Almeria.
Necesito contactar con algun abogado que me pueda ayudar a resolver este problema. Me han informado que segun el articulo 144 de la misma Ley se puede sistuida por multa.
Gracias
hola nesecito contratar un abogado y me dieron buenos comentarios del colegio de abogados y quiero contratar alguien donde o como me pongo en contacto con alguien que pue4da ayudarme