Tasas para emitir informes de arraigo, reagrupación familiar y esfuerzo de integración en Madrid

La Comunidad de Madrid ha acordado cobrar una tasa por la emisión de informes de arraigo, disponibilidad de vivienda para reagrupación familiar y esfuerzo de integración.

La norma que establece el establecimiento de las tasas es la Ley 4/2012, de 4 de julio, de Modificación de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2012, y de medidas urgentes de racionalización del gasto público e impulso y agilización de la actividad económica (publicada en el BOCM en fecha 09/07/2012).
La norma establece:
“En materia de tasas y precios públicos de la Comunidad de Madrid”, (…) En materia de asuntos sociales se crean las siguientes tasas: por la emisión del informe de disposición de vivienda adecuada para la obtención de una autorización de residencia por reagrupación familiar; por la emisión del informe de arraigo para la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales; por la emisión del informe de esfuerzo de integración para renovación de autorizaciones administrativas de residencia y trabajo por cuenta ajena (…).
– Por emisión de los informes: 30,00 euros
– La tasa se devenga cuando se presente la solicitud ante la Administración, que no se tramitará sin que se haya efectuado el pago correspondiente.
– La tasa se autoliquidará por los sujetos pasivos en el momento en que éstos presenten su solicitud.
Así que, ya sabes, si vas a solicitar cualquiera de estos informes en Madrid, además de la tasa de extranjería, deberás pagar la tasa por la emisión de dicho informe. Otros 30 euros más.

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3 comentarios en “Tasas para emitir informes de arraigo, reagrupación familiar y esfuerzo de integración en Madrid
  1. Virginia dice:

    Soy paraguaya, tengo 65 años, y hace tres años he contraido matrimonio aqui en España, con un ciudadano ingles. Hace 1 mes y medio mi esposo ha fallecido, por lo tanto ahora he quedado, por testamento, con el usufructo vitalicio de la vivienda familiar, y una pension proporcional de mi esposo , que me llega del gobierno ingles. Como me he quedado sola porque no tuvimos hijos, quiero saber las posibilidades de traer a vivir conmigo a un familiar legalmente, como ser mi madre o un hermano, y por lo tanto deseo saber si es factible, y que tramites hacer.

  2. Diana dice:

    Lo importante es q así como se apresuran para cobrar, tambien se apresuren para emitir dichos informes.

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