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Un juez ha obligado a la Oficina de Extranjería de Barcelona a dar la autorización de residencia a un joven cubano que necesita un transplante
El joven interesado se encontraba en situación irregular tras haber transcurrido el plazo de 90 días de estancia legal permitido en España una vez realizada la entrada con el correspondiente visado de turista.
La intención del joven era venir a España a reunirse con su madre, titular de una tarjeta comunitaria por ser cónyuge de un español.
Según el RD 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la UE y del EEE, en su artículo 2 reconoce el derecho a solicitar la tarjeta comunitaria a los hijos del ciudadano comunitario, así como a los hijos de su cónyuge.
El problema que se planteaba en este caso es que, al ser mayor de 21 años, se debe acreditar el «estar a cargo» del ciudadano de la UE. Es decir, que exista una dependencia económica, en cuyo caso no podía acreditarse. Alegando esta causa, la Oficina de Extranjería de Barcelona procedió a denegar la correspondiente tarjeta, quedando el joven en situación irregular.
El joven padece una enfermedad degenerativa que ha ocasionado daños en sus riñones e hígado. Si situación fue empeorando hasta un fallo renal que le obligó a recurrir a una diálisis. Según los médicos, la única solución era un transplante hepatorrenal, pero para entrar en la lista de transplantes necesita una autorización de residencia en España.
Tras haberse desestimado el recurso de reposición contra la resolución dictada por la Oficina de Extranjería, se presentó finalmente un recurso contencioso-administrativo.
El juez acabó resolviendo a favor del joven concediendo su tarjeta comunitaria alegando que se encuentra a cargo de sus padres, puesto que conviven en el mismo domicilio y no hay constancia de que trabaje y perciba sus propios ingresos.
Así, el fallo obliga a la Subdelegación de Gobierno de Barcelona a conceder el correspondiente permiso cuanto antes, para que así, pueda entrar en la lista de transplantes.
Información obtenida de El País
Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada
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