Tarjeta Comunitaria para hijo mayor de 21 años

Los hijos de ciudadanos comunitarios que se reúnan o acompañen a éstos tienen derecho a solicitar la tarjeta comunitaria.

Entre los familiares incluidos en el Régimen Comunitario se encuentran los hijos de ciudadano comunitario o los hijos del cónyuge o pareja registrada del ciudadano comunitario.

Estos familiares tienen derecho a obtener una tarjeta comunitaria, de 5 años con derecho a trabajar (aunque un derecho limitado por su condición de familiar a cargo. (Pulsa aquí para más información).

Pero antes deben cumplir una serie de requisitos:

Tarjeta Comunitaria para hijo mayor de 21 años

Ciudadanos Comunitarios

Antes de nada os recordamos las personas que son a día de hoy ciudadanos comunitarios:

  • Alemania
  • Austria
  • Bélgica
  • Bulgaria
  • Chipre
  • Croacia
  • Dinamarca
  • Eslovaquia
  • Eslovenia
  • España
  • Estonia
  • Finlandia
  • Francia
  • Grecia
  • Hungría
  • Irlanda
  • Islandia*
  • Italia
  • Letonia
  • Liechtenstein*
  • Lituania
  • Luxemburgo
  • Malta
  • Noruega*
  • Países Bajos
  • Polonia
  • Portugal
  • R. Checa
  • Rumanía
  • Suecia
  • Suiza**

*Estados parte en el Acuerdo Sobre el Espacio Económico Europeo.

**Acuerdo de 21 de junio de 1999, entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza, sobre libre circulación de personal.

Familiares de Españoles

Es importante aclarar que ciertos familiares de ciudadanos españoles deben a día de hoy gestionar un Arraigo Familiar. Tras la entrada en vigor de la reforma del reglamento de extranjería el pasado día 16 de agosto de 2022, determinados familiares han quedado incorporados dentro del Reglamento de Extranjería, concretamente dentro de la figura del Arraigo Familiar.

Por ello, si eres alguno de estos familiares debes solicitar un Arraigo Familiar:

  • Cónyuge o pareja de hecho acreditada de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española.
  • Ascendientes mayores de 65 años, o menores de 65 años a cargo,
  • Descendientes menores de 21 años, o mayores de 21 años a cargo, de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, o de su cónyuge o pareja de hecho.

En estos casos se concederá una Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales, Arraigo Familiar, la cual tiene una duración de 5 años y permite trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.

Si por el contrario eres familiar de un ciudadano español pero no estás dentro de estos supuestos, como puede ser un hermano de un ciudadano español, nieto, abuelo, etc, sí deberás gestionar una Tarjeta de Residencia de Familiar de Comunitario, a través del concepto de familia extensa. Estos familiares no han quedado cubiertos por la figura del Arraigo Familiar y por tanto será necesario seguir gestionando esta Tarjeta Comunitaria a través del artículo 2.bis del RD 240/2007, de 16 de febrero.

Te dejamos toda la información ACTUALIZADA aquí:

Tarjeta Comunitaria para Hijos

Como hemos dicho al inicio de este artículo los hijos menores así como los hijos mayores de 21 años de ciudadanos comunitarios puedes solicitar una Tarjeta de Residencia de Familiar de Comunitario si cumplen una serie de requisitos.

Entre los requisitos que debemos acreditar se encontraría:

  • Acompañar o reunirse con un ciudadano de la Unión u otro Estado parte del Espacio Económico Europeo, con derecho a residencia por un período superior a tres meses, por ser trabajador por cuenta ajena o propia, tener seguro de enfermedad y medios económicos suficientes para la unidad familiar, o ser estudiante con seguro de enfermedad y recursos suficientes para la unidad familiar.
  • Hijo del ciudadano de la Unión o de su cónyuge o pareja registada siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial o divorcio, o se haya cancelado la inscripción registral de la pareja, menor de veintiún años o mayor de dicha edad que viva a su cargo, o sea incapaz.
  • El ciudadano de la Unión u otro Estado parte del Espacio Económico Europeo, debe cumplir una de las siguientes condiciones:
    • Ser trabajador por cuenta ajena en España, o
    • Ser trabajador por cuenta propia en España, o
    • Disponer para sí y los miembros de su familia, de recursos económicos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia. También deberá aportar un seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, que proporcione cobertura en España durante su período de residencia equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud. La valoración de la suficiencia de medios económicos se efectuará de manera individualizada y, en todo caso, teniendo en cuenta la situación personal y familiar del solicitante. Se considerará acreditación suficiente para el cumplimiento de este requisito la tenencia de recursos que sean superiores al importe que cada año fije la Ley de Presupuestos Generales del Estado para generar el derecho a recibir una prestación no contributiva, o
    • Ser estudiante y estar matriculado en un centro público o privado reconocido o financiado por la administración educativa para cursar estudios o formación profesional, así como contar con un seguro de enfermedad público o privado contratado en España u otro país que proporcione cobertura completa en España, y declaración responsable de que posee recursos económicos suficientes para sí y los miembros de su familia para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia.

Como podéis ver uno de los pilares fundamentales y el más complicado de cumplir es demostrar la situación de estar a cargo. Un concepto además jurídicamente indeterminado y que por tanto entra en juego la valoración que se haga desde la oficina de Extranjería o bien desde el Consulado de España en caso de necesitar visado de corta duración o de reagrupación familiar comunitaria.

Para poder demostrar esta sitaución de dependencia económica se hace necesario que se pueda demostrar que el hijo mayor de 21 años, nacional extracomunitaria no dispone de medios propios de vida para mantenerse por sí mismo. La ausencia de acreditación de esa dependencia económica será causa de denegación del visado de reagrupación familiar comunitario (cuando se pide visado de régimen comunitario para entrar a España) y de la Tarjeta de Residencia Comunitaria (en el caso de pedir la Tarjeta Comunitaria ya en España).

Es importante tener muy en cuenta este requisito que, por otro lado, no habrá que demostrarlo para el caso de hijos menores de 21 años.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019banner 807 miniCoste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.

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61 comentarios en “Tarjeta Comunitaria para hijo mayor de 21 años
  1. Lilianne Boda Ruiz dice:

    Hola
    Soy Ciudadana Española, tengo Residencia en España pero actualmente estoy viviendo en los EEUU, mi hija vive en Cuba, es casada y con un niño pequeño, con esta nueva Ley que aprobaron ella tiene derecho a la nacionalidad Española, me pregunto; hay alguna posibilidad de sacarlos de Cuba para España aún sin tener ella su nacionalidad? Le podría hacer sus papeles desde España? Mi objetivo es también regresarme en 1 ó 2 años a España

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Puedes hacer una consulta por Skype y vemos tu caso concreto https://www.parainmigrantes.info/asesoria-juridica-de-extranjeria-por-videoconferencia-skype/

  2. Yaneth suarez menacho dice:

    Hola soy boliviana en el 2013 yo tenía residencia y reagrupe a mi hija de 14 años y mi hijo de 10 años pero el 2014 ellos retornaron a Bolivia con el retorno voluntario.
    Ahora en día mi hija tiene 21 años y mi hijo 17 años y yo ya tengo la nacionalidad desde el 2015 puedo recuperar su tarjeta o como hago para que puedan venir a España otra vez muchas gracias.

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Yaneth en este caso puede iniciar una reagrupación familiar comunitaria. Te dejamos la información https://www.parainmigrantes.info/tarjeta-comunitaria-guia-completa/

  3. Maria Mercedes dice:

    Buen dia,soy de Honduras mi pregunta es puede una tia hacer reagrupacion familiar a su sobrina e hijos?

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Sí lo que sucede es que este tipo de reagrupación familiar comunitaria por la familia extensa es muy complicada… Llámanos y lo vemos todo con más detalle https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/

  4. Alison dice:

    Hola buen día soy peruana tengo 24 años , estoy irregular en madrid desde hace 7 meses , vivo con mi padre , el esta tramitando si nacionalidad y quisiera saber si una vez el la tenga pueda yo acceder a una tarjeta comunitaria ya que aún dependo de el

  5. Jaime Martínez tibambre dice:

    Hola quisiera preguntar mi padre tiene nacionalidad española, yo soy mayor de edad con discapacidad física si el me hace el trámite para q me den la comunitaria, residencia y trabajo me la pueden negar y x gracias

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      depende de la situación personal y familiar que tengáis…

  6. Miguel dice:

    Hola quisiera saber si mi hija mayor de edad tiene dercho a la tarjeta comunitaria yo estoy Nacionalisado Español .

    1. Estefanía Guadix dice:

      Miguel esta noticia le puede interesar https://www.parainmigrantes.info/tarjeta-comunitaria-guia-completa/

  7. Rosaline Espinosa dice:

    Hola Señor, departe de mi sobrina. Ella estuvo cargo de su padre con tarjeta de comunitario pero ella se fue en otro lugar de España hasta que se estado empadronada alli. Al tiempo de renovacion del comunitario ha sido rechasado. Despues avuelto a vivir con su padre y sin trabajo con tarjeta comunitario caducado. Hay posibilidades de renorvarlo de nuevo bajo cargo de su padre y tenia 26 años? Gracias.

  8. Marcelo dice:

    Hola buenas tardes abodos.
    Mi pregunta es la siguiente.
    Presente la solicituda de arraigo laboral en leganes el 29 de abril y ya llevo 4 meses esperando.
    Saben ustedes mas o menos las fechas que de estan resolviendo. O como ya pasaron 4 meses y sin noticias debo ir a averiguar a algun sitio. Quien sepa algo sobre mi pregunta agradezco me comenten algo, tanto para los abogados y las personas en general que esten tramitando arraigos. Espero algun comentario gracias.

  9. kumar dice:

    senior / a quiero saber sobre tarjeta comunitaria. Antes trabajé en España casi 15 años. Ahora estoy trabajando en otro país de la UE casi 5 años. Ahora necesito tarjeta comunitaria para mi hijo mayor. ¿Cómo puedo solicitar y qué documento necesito?

  10. hola,mi padre tiene que hacer la renovacion de su NIE ,lo que pasa es que mi madre hace ya unos años tiene nacionalidad española ,y mi padre y yo seguimos teniendo nie. habiamos presnetado los papeles para la renovacion y resulta que ahora ha llegado la carta de extranjeria diciendo que como es conyuge o pareja de un ya española le corresponde el modelo de solicitud ex 19 y que lo tiene que presentar en 10 diaas. si alguien pudiera ayudarme en que debo hacer o que presentar se lo agraderia mucho por favor,

  11. Paloma dice:

    Tengo nacionalidad eapañola hace 15 años, mis dos hijos dominicanos mayores de 21 años, dependen de mi. Que necesito para un visado me da igual si e reafgrupacion?

    Gracias

  12. Paula dice:

    Hola buenas por favor tengo una duda,mi hijo de 28 años viene a España y comenzaremos con los trámites para la tarjeta comunitaria,mi pregunta es en el momento de ir a extranjería a solicitar la residencia debo llevar el seguro de salud para el ,o se puede hacer después gracias

  13. Gloria dice:

    Hola, soy venezolana, casada con un Español, tengo tarjeta de residencia comunitaria ya por 10 años, en espera de mi Nacionalidad ya solicitada. Tengo un hijo mayor de 21 años viviendo en venezuela en mi piso, que yo mantengo allá por darles vivienda a El y su pareja, que ya este año se casaron para legalizar su salida del país como matrimonio. Necesito traerlos para lograr la reagrupación familiar debido a la situación de Venezuela conocida por todos, donde no hay trabajo, ni comida ni medicinas y yo debo tratar de vender el piso para comprar un inmueble aquí en España y no podría dejarlos sin techo donde vivir. Que debo hacer para traerlo a El y su esposa

  14. Karen Londoño dice:

    Hola. l
    Les cuento que obtuve mi tarjeta Comunitaria como familiar de Ciudadano de la UE, mayor de 21 años. Y no me contrataron porque en la parte de atrás no especificaba que tenía permiso para trabajar. Qué debo hacer? Cómo sustento?

    1. Vania dice:

      Hola! yo estoy pensando en comenzar mi tramite para la tarjeta comunitaria pero tengo la misma duda que tu, me podrías contestar como lo solucionaste? Osea, si es que se podrá trabajar con la tarjeta comunitaria (porque para sacarla demuestras que dependes de tu familiar económicamente)

  15. milagros gonzalez albuerne dice:

    hola buenas noches soy ciudadana española hace 8 años estoy en espana hace 5 años tengo una hija y mi nieto en venezuela dependen de mi economicamente. quiero hacerle la reunificacion familiar para traerlos conmigo. tendrian que regresar a cuba para hacer esa reunificacion. yo tengo 63 años y trabajo en lo que encuentro ya estando mi hija conmigo puede trabajar y ayudarme ella tien 34 años es licenciada en deportes el nino tiene 9 años- soy viuda desde hace 8 años. por favor ayudeme con una respuesta. que dios los bendiga un saludo

  16. Starley dice:

    hola soy dominicano tengo visa de 90 Días estuve antes en noruega pero ahora estoy en España en casa de mi padre me gusto aquí y quisiera sacar mi tarjeta comunitaria mi papa tiene residencia y aplico para la ciudadanía española paso el examen solo esta esperando su aplicación ahora mismo dependo del porque no puedo trabajar sin documento me gustaría saber si puedo solicitar mi tarjeta comunitaria como dependo de mi padre y tengo 24 año de edad cuales seria los requisitos.

  17. Cesar dice:

    Buenas tardes soy cesar de 27 años de nacionalidad chilena, llevo alrededor de 1 año 7 meses en españa de foema irregular ,pero vivo en casa de mi madre (residente) y su cónyuge (español) ellos llevan casados mas de 7 años . yo quería saber cuales son las posibilidades de que ellos me otorgarán la tarjeta comunitaria un alguna otra opción para poder estar legal . por el motivo que ambos se encuentran mal de salud y yo soy la única persona que tienen, para poder ayudar en su día a día es de suma importancia para mi os agradezco mucho de ante mano gracias

  18. Pamela Recio dice:

    Tengo una sobre mi. En mi caso ha sido una reagrupación familiar. Mi padre es dominicano y su esposa española. Tengo la tarjeta comunitaria válida por 5 años y está por caducar. Tengo 20 años y mi duda es… si yo debo presentar algún documento o validación para renovar la comunitaria ?

  19. Margarita Salas dice:

    una persona que se le hayan denegado la entrada a españa por reagrupacion familiar ya pasado 4 años de ese hecho, puede ir a buscar visado con carta de invitacion de la madre ?
    le negaran el visado?

  20. OSMARY DIAZ dice:

    Hola buenas tardes.
    Soy venezolana, estoy casada con un español, tengo un hijo de 18 años, pero es de otro matrimonio; ahora bien, tenemos pensado viajar a españa y legalizar nuestro matrimonio y quisieramos que mi hijo permanezca legalmente allá. Por lo que leì pudiera obtener una tarjeta comunitaria para el. Quisiera corroborar la información

  21. abdul dice:

    hola
    cual son las documentación para presentar si está en el extranjero ,
    muchas gracias

    1. Nahir Parainmigrantes dice:

      la tarjeta comunitaria se solicita estando ya en España, en la oficina de extranjería que le corresponda por domicilio.
      Si según la nacionalidad del familiar extra-comunitario, se le exige visado para entrar en España, deberá solicitarlo previamente en el Consulado español en el país de origen, una vez efectuada la entrada, pedir la tarjeta aquí. En el siguiente enlace encontrará lo que necesita para este trámite

  22. Alejandro dice:

    Hola Buenas noches. Tengo 28 años y me ha salido favorable la tarjeta comunitaria por ser descendiente de español a cargo. En la hoja de la resolución dice: HABILITADO PARA TRABAJAR. Sin embargo, en esta página Vicente dice que al no depender del ciudadano español (dejar de estar a cargo) se debe mutar al régimen general. Ahora bien, investigando la ley de régimen comunitario Decreto 240/07 en el art. 3 limita poder desempeñar actividad laboral para mayores de 21 años. Además la Sentencia del TS (Sala 3.ª , Sección 5.ª) de 1 de junio de 2010 («B.O.E.» 3 noviembre. Me gustaria saber se puede o no desempeñar actividad laboral sin limitacion alguna?
    Gracias.

    1. LA TARJETA COMUTARIA TE PERMITA TRABAJAR BIEN POR CUENTA PROPIA O AJENA, AHORA BIEN, AL EMPEZAR TU A TRABAJAR YA OBTIENES UN NUMERO DE SEGURIDAD SOCIAL Y DEJAS DE ESTAR A CARGO DE LA PERSONA LA CUAL TE DIO EL REGIMEN COMUNITARIO, PARA LO CUAL PUEDES BIEN CAMBIARLA A RÉGIMEN GENERAL O ESPERAR A LOS 5 AÑOS Y CUANDO TENGAS QUE RENOVAR PUES LO HACES. ES LO QUE HA HECHO MI HIJA

      1. Sofía dice:

        Hola Rosa,

        Yo estoy en la misma situación. Mi tarjeta de familiar comunitario está a punto de caducar (en agosto), y tenía miedo de que no me la renovaran. ¿Es posible entonces hacer la modificación a régimen General justo antes de caducar la tarjeta, en mi caso hacerla en julio? ¿Qué documentos tuvo que entregar tu hija? Agradezco la información. Un saludo

  23. Hola tengo nacionalidad espanola hace dos anos….tengo un hijo de 30….cuando vino a espan vino con contrato de trabajo…con la crisis ya no pudo renovar su tarjeta y actualmente esta sin documentacion ….trabaja a lo negro…vive conmigo….yo soy viuda y trabajo….pero no me pagan la seguridad social….mi pregunta es…que debo hacer para que mi hijo tenga documentos ….yo lo puedo ayudar al tener la nacionalidad….gracias por su repuesta

  24. angel dice:

    estimado Vicente,

    podría informarme sobre el tiempo durante el cual se deben enviar las remesas y la cantidad de dinero que es apropiada para demostrar que un hijo mayor de 21 años de un ciudadano comunitario es dependiente economicamente, de cara a una reagrupacion familiar, encontrándose el reagrupado en Cuba.

    Saludos y gracias de antemano.

    1. Azahara Parainmigrantes dice:

      se recomienda acreditar la dependencia económica durante el último año; además, si los envíos están por encima del 51% del PIB del país puede ser suficiente.

      1. angel dice:

        gracias por su rápida respuesta! ya había llamado por teléfono al 807 502019 haciendo la pregunta y la chica que me atendió me dijo algo similar, solo que me especificó que para el caso de Cuba, entre 250 y 300 euros mensuales podia ser una cantidad adecuada, pero al contrastarlo con lo relacionado con el PIB per capita es un poco confuso dado que los valores para Cuba son muy diversos en internet, y no sé a cual fuente creerle. necesito saber exactamente cuanto debo mandar a mi hijo para tener la tranquilidad de que al menos por ese motivo no le van a denegar.

        gracias nuevamente.

        Angel

  25. danilo dice:

    hola buenas tardes abogado ….mi madre y mi padre son nacionalizados españoles,,,,ellos quieren hacerme la tarjeta comunitaria,,,,,pero yo quisiera saber,,,,si habra un problema por lo que soy casado y ten una hija,,,,,,tengo treinta años…….muchas gracias por responder

  26. Beatriz dice:

    Hola. Quisiera saber para tramitar una tarjeta comunitario para hijo de español, el chico es colombiano y tiene 24 años y vive aquí en España. Mi esposo quiere tramitarle su tarjeta comunitaria, mi pregunta es cuanto tiempo de dependencia económica se debe demostrar y cuanto tiempo de estar empadronados. Gracias.

    1. Beatriz dice:

      Estimada Beatriz:
      En atención a tu pregunta, los hijos de ciudadanos españoles y mayores de 21 años que deseen radicarse en España, tienen 2 particularidades:

      1) Si esta en el extranjero, aparte de demostrar mediante documentación la condición de hijo de comunitario, debe demostrar la condición de dependencia económica del comunitario, bien sea mediante la acreditación de remesas de dinero enviadas desde España a su país.

      2) Si ya esta en España y es mayor de 21 años, debe demostrar que esta empadronado en el mismo domicilio del ciudadano comunitario, que no trabaja, que depende económicamente de él. Tienes que ser muy cuidadosa con la documentación probatoria, ya que esta debe demostrar un dependencia económica.

      Espero te sirva de ayuda mi comentario, mucha suerte y un saludo.

      1. Beatriz dice:

        El tiempo estipulado ara probar una dependencia económica a mi criterio no aparece en la Ley o en el Reglamento de Extranjeros, pero estimo que por lo menos deberá ser superior a los 3 meses a efectos probatorios.

  27. claudia liliana dice:

    hola mi pregunta es la siguiente estoy tramitando la residencia de mi padre ya he entregado toda la documentacion y me solicitan comprobantes de ingresos que los poseo pero los ingresos que yo he hecho para mi familia estan a nombre de mi madre y ahora me los piden a nombre de mi padre teniendo en cuenta que los giros que yo hacia eran para el beneficio economico de ambos que hago como puedo redactar y explicar gracias agradeceria su interes.

  28. David dice:

    hola.
    soy de la república dominicana…tengo nacionalidad española y quiero hacer los tramites para reagrupar a dos hijos que tengo en la república dominicana.
    uno tiene 23 y el otro 24 años de edad.
    estoy viviendo en la república dominicana desde hace un año y medio aproximadamente
    por lo que no tendría los recibos de envíos de dinero de el ultimo año para presentarlos.
    en ese caso quiero saber que documentos tendría que presentar.

    un saludo y gracias

  29. Gustavo dice:

    Buenos dias.

    Mi pregunta es la siguiente: tengo nacionalidad española hace 5 años y tengo la necesidad de reagrupar a mi padre de 64 años. Cual es la mejor forma?. espero su respuesta y le agradesco de antemano

  30. Juan Carlos dice:

    Hola:
    Tengo 3 hijos de los cuales uno ya es mayor de 21 años, pero los otros 2 tienen 17 y 18 años. Ahora bien ellos estudiaron en España y tiene la tarjeta de residente comunitario vigente hasta el 2016. La pregunta es que ellos volvieron a Venezuela y tienen un año y quieren regresar. Ya he visto los videos de que pierden la tarjeta comunitaria si están mas de 6 meses fuera de España. Que trámite debo hacer para traerme uno de mis hijos? Yo soy ciudadano español porque mis padres son españoles de origen.

    1. Vicente dice:

      En principio, si son Venezolanos, directamente entrar con su tarjeta y aquellos documentos que acreditan su condición de familiares de comunitarios. Si llevan el acta de manifestaciones hecha por ti, mucho mejor. Llámanos si tienes dudas

  31. buenas tardes abogado le comento que en enero tengo la cita para solicitar visado de reagrupacion familiar con ciudadano español, soy de ecuador y mi madre me qiere reagrupar soy unico hijo tengo 29 años y dependo economicamente de ella studiaba un curso pero ya finalice y tengo todos los documentos y remesas familiares de 1 año de 800 dolares mi pregunta es si tendria algun problema con el visado dos meses tengo envios de 750 y lo demas de 800 a nombre de mi madre qien envia y yo recibo me puede dar su opinion porfavor gracias

  32. francela dice:

    sr.vicente por favor necesito ayuda,,,,,lo mio es lo siguiente tengo un hijo de 20 años aca el es nacido en costa rica, el tiene sindrome de down yo recien me nacionalice aca q tengo q hacer para sacar la tarjeta comunitaria a mi hijo gracias.

    1. Vicente Marín dice:

      Francela, aquí tienes un enlace con la información https://www.parainmigrantes.info/tarjeta-comunitaria/

  33. RAFAEL dice:

    HOLA, BUENAS TARDE. SOY NACIONALIZADO ESPAÑOL POR CONCEPTO DE MI MADRE.MIS DOS HIJOS RADICAN EN CUBA SON MAYORES DE 21 AÑOS ..NO TENIA CONOCIMIENTO DE QUE POR ABONOS DE MANTENSION ERA UN REQUISITO CASI SIEMPRE LO ENVIABA A TRAVÉS DE AMISTADES.PERO MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE SOY HEREDERO DE FINCAS EN GALICIA Y ACTUALMENTE ESTOY TRABAJANDO HACE MAS DE 7 AÑOS ..ES POSIBLE QUE TENIENDO ESA HERENCIA RECONOCIDA SEA UN REQUISITO VALIDO PARA PODER RECLAMAR A MIS HIJOS K TAMBIÉN TIENEN DERECHO, ESPERANDO SU RESPUESTA , MUCHAS GRACIAS.

  34. jose luis dice:

    buenas tardes abogado soy de ecuador y tengo 29 años soy unico hijo , mi madre vive en españa y tiene la nacinalidad española, qiero slicitar el visado de reagrupacion familiar comunitario, teng todos los documentos que seme pide, con respecto a la acreditacion teng documentos de remesas familiares que me envia mi madre durante un año de 750 y 800 dolares mensuales mi pregunta es si tendria prblemas en que se me sea denegado el visado

    1. Vicente Marín dice:

      Jose Luis, si recibes esa cantidad de dinero no deberías tener problemas

      1. Maria Jose dice:

        Hola Vicente, Mi padre que es ciudadano español ( tiene pasaporte, dni, etc) me hara la tarjeta comunitaria, yo tengo 22 años y vivo aquí en España desde ya hace un mes y ya estoy empadronada. Mi pregunta es cuanto tiempo de dependencia económica se debe demostrar aqui y a cuanto tiempo de estar empadronados debe pasar para iniciar el tramite, ya que hemos tenido un problema con el envió de remesas cuando estaba en mi pais (Argentina) y no nos sirve. Gracias y saludos

        1. Azahara Parainmigrantes dice:

          Las oficinas nos piden que acreditemos la dependencia económica en el país de origen durante el último año.

          1. Maria Jose dice:

            Azahara, muchas gracias por el comentario, mi padre ha depositado dinero al dueño de mi piso de Argentina, pero en una cuenta de aqui, y por eso es que nos han dicho que no nos serivan esos recibos y por ese motivo saldra denegada la peticion.
            Ahora estoy hace un mes en Barcelona como turista, pero el ya me ha empadronado, mi pregunta es conmigo estando aca ya, como podremos hacer para que pueda tener mi tarjeta y cuanto tiempo tendre que esperar para iniciar el tramite y demostrar que vivo junto a el, y que dependo economicamente??

  35. Maria dice:

    Una pregunta en mi caso mi hijo presento todos los documentos y le deniegan porq aparece registrado en es salud , todo el mundo tiene derechos a la asistencia sanitaria. Que puedo hacer.ya presento recurso y esta a la espera, gracias.

  36. Hola,
    MI madre acaba de obtener la nacionalidad española, yo soy mayor de 21 años, estudiante universitaria y tengo el permiso de residencia pero no de trabajo, por lo tanto dependo económicamente de mi madre. Mi pregunta es que si en este caso podría solicitar la tarjeta comunitaria.
    Gracias.

    1. Gloria Parainmigrantes.info dice:

      Iris, si, en el caso de mayores de 21 años, hay que acreditar dependencia economica, pero si es posible https://www.parainmigrantes.info/tarjeta-comunitaria/

      1. Gracias!!
        y en el caso de la nacionalidad, esta también podría solicitarla?, Porqué ya tengo casi dos años con el permiso de residencia. Cual seria mi mejor opción y la mas rápida ?

  37. Hola tengo 27 años tengo la tarjeta comunitaria, hace tres años mi madre tiene la nacionalidad española, puedo obtener la nacionalidad española ya que dependo de ella desde que estoy en España ..Gracias

    1. no puedes, porque eres extranjero y si fueras menor de 18 años si lo podrias pero al no ser tendras que esperar 5 años si eres de america o filipinas, y si no lo eres de esos paises entonces tendras que esperar 10 años.

  38. yuli ruiz dice:

    hola
    soy colombiana y me acaba de salir la nacionalidad espeñola ,tengo 2 hijas menores de edad en colombia y quisiera saber si para pedir el visado para ellas por reagrupacion familiar comunitario debo hacerlo en españa o se puede hacer directamente en el consulado de españa en bogota?
    muchas gracias

  39. Letty dice:

    Abogado Vicente Marín:

    Que fue lo que paso que aún no se da la juramentación en las notarias, en muchas de ellas no saben que hay el convenio ya firmado entre El Ministerio de Justicia y los Notarios. En sabadell todavia estan juramentando las personas que han salido resueltas favorables en diciembre del 2012. Falta mucho para que los notarios puedan a empezar con esta labor? O que es lo que falta para empezar con las juras en notarías? o ya hay determinadas notarias que estan realizando este trabajo.

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