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Soy empleada de hogar ¿Cuánto tengo que cotizar? ¿quién es el sujeto obligado hacer los pagos?
Hoy día es muy habitual el trabajo doméstico ya que suponen un volumen importante de trabajadores afiliados al correspondiente Sistema de la Seguridad Social. Como todos sabéis es importante conocer todos los derechos así como obligaciones y más aún cuando los cambios en la normativa es algo habitual. Por eso y al igual que en post anteriores os vamos a explicar todo lo relativo a la cotización, así como porcentajes y cálculo.
¿Cuánto se cotiza a la Seguridad Social siendo empleada de hogar?
La cotización siempre varía en función del salario que recibe el empleado de hogar incluidas las pagas extras, que podrán aportarse bien en los meses de julio y diciembre o bien a lo largo de todo el año, es decir prorrateadas.
Siempre se calcula aplicando un porcentaje sobre la base de cotización de cada tramo que corresponde a cada trabajador en función de su salario. Los tramos de cotización así como las bases de cotización las fija el Gobierno.
Para este 2014 estos son los tramos y las bases de cotización fijadas:
¿Qué porcentaje es el que hay que aplicar?
Para las contingencias comunes será el 23,80% y el pago se reparte entre trabajador y el empleador, el 19,85% será a cargo del empleador y el 3,95% a cargo del empleado.Para la cotización por contingencias profesionales se aplicará el 1,10% y será a cargo exclusivo del empleador.
¿Quién el sujeto obligado a pagar dichas cotizaciones a la Seguridad Social?
Con efectos desde el 1 de abril de 2013, el empleado de hogar que preste sus servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador, y que hubiera acordado con este último la asunción de las obligaciones en materia de encuadramiento en el Sistema Especial para Empleados de Hogar, será el sujeto responsable de la obligación de cotizar. Deberá, por tanto, ingresar la aportación propia y la correspondiente al empleador (o, en su caso, empleadores) con el que mantenga tal acuerdo, por contingencias comunes y profesionales.
A modo de ejemplo, vamos a contratar a una empleada de hogar y le vamos a pagar un salario de 500 €. Para calcular la cotización hay que incluir las pagas extras que son dos, por tanto sería 500×14/12= 583,33€.
Hay que buscar en la tabla el tramo que le corresponde a ese salario, que en este caso sería el tramo 6º. Para este tramo en concreto la base de cotización es de 631,73€. Sobre esta cantidad hacemos el calculo y aplicamos el porcentaje:
– Cuota del empleador: 1. Contingencias comunes:631,73€€ x 19,85%= 125,40€
2. Contingencias profesionales: 631,73€€ x 1,10%= 6,9 €
En total con las contingencias comunes y profesionales la cuota del empleador sería de 131,32 €
– Cuota del trabajador: 1. Contingencias comunes:631,73€€ x 3,95€= 24,95€
Si eres empleada de hogar o empleador y te han quedado dudas lo más recomendable es que consultes todo con tu abogado de confianza. Puedes contactar con nosotros fácilmente por teléfono o Skype. Nuestro Teléfono deAsesoría es el 807502019.
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