Solicitud de visados para viajar a España. Preguntas frecuentes

Todo lo que debes saber sobre la solicitud de visados para viajar a España.

Antes de viajar a España, debemos tener claro cuál es la finalidad de nuestro viaje y comprobar si es necesario, o no, solicitar previamente un visado ante el Consulado de España, en función de nuestra nacionalidad, el tiempo previsto de estancia en el país y la finalidad de nuestro viaje.

Para facilitaros al máximo vuestro viaje y todos los trámites previos, aquí os dejamos algunas de las preguntas más frecuentes que se nos plantean en relación a la solicitud de visados para viajar a España.

parainmigrantes.info* ¿Puedo solicitar un visado ante cualquier consulado?

No. La solicitud deberás hacerla ante el Consulado de España que te corresponda según tu domicilio habitual.

* ¿Se necesita cita para solicitar un visado?

Como normal general, deberás solicitar cita previa en el Consulado de España correspondiente, para poder presentar tu solicitud de visado.

* ¿Debo comprar el billete de avión antes de la cita en el Consulado?

Se recomienda no comprar el billete hasta que el visado haya sido aprobado. Aporta la reserva de vuelo para justificar las fechas de tu viaje.

* ¿Tengo que legalizar o apostillar documentos?

Sí. Los documentos que presentes ante el Consulado que no sean emitidos por España, deberán presentarse debidamente legalizados o apostillados y, en su caso, traducidos.

* ¿Qué necesito para trabajar en España?

Para poder trabajar en España se necesita un visado de trabajo. Este visado solo se expedirá una vez que las autoridades españolas hayan concedido previamente un permiso de trabajo. La empresa empleadora se encargará de llevar a cabo dicho proceso.

* ¿Qué son las «tasas de autorización de residencia»?

Para poder completar el proceso de expedición de visado de residencia, se tienen que abonar las llamadas tasas de autorización de residencia en España. Ciertos visados están exentos de pagar esta tasa (visados de corta duración y visados de estudios, por ejemplo). Rellena el formulario 790 y comprueba qué tasas te corresponden.

* Me han concedido un visado Schengen ¿puedo prolongar mi estancia cuando venza el plazo de validez del visado?

Sí, si te lo autoriza la Oficina de Extranjeros, Jefatura Superior o Comisaría de Policía de la localidad donde se encuentre en España. Puedes dirigirte a cualquiera de esos organismos antes del vencimiento de tu visado, exponer las circunstancias excepcionales por las que solicitas prolongar tu estancia en España y formalizar tu solicitud. Deberás obtener una autorización por escrito para prorrogar tu estancia.

* ¿Puedo renovar mi visado si no lo he utilizado?

No. Las etiquetas de visado caducan, por lo que, si no es usada durante su período de validez, deberás solicitar un nuevo visado.

* ¿Qué puedo hacer si detecto un error en el visado expedido por el Consulado de España?

Es importante que al recibir tu pasaporte compruebes que todos los datos que figuran en el visado son correctos. Si detectas cualquier error, comunícalo inmediatamente al Consulado para solicitar la expedición de un nuevo visado con los datos correctos.

* ¿Puedo viajar antes o después de las fechas de mi visado?

No. Sólo podrás viajar en el período comprendido entre las fechas de validez del visado, por el periodo de tiempo máximo fijado en el epígrafe «Duración de la estancia» de tu visado. Si deseas modificar las fechas de validez de tu visado, los días de estancia o el número de entradas porque ha cambiado tu plan de viaje, deberás solicitar una nueva cita para presentar una nueva solicitud de visado, ya que la modificación no obedece a un error del Consulado General.

* Si me roban el pasaporte con el visado, ¿puedo solicitar un duplicado?

No. Deberás solicitar un nuevo visado, lo que implica iniciar el trámite desde cero.

* ¿Para qué países es válido el visado Schengen?

El visado Schengen es válido para España, Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Suecia y Suiza.

* He agotado los 90 días de estancia como turista en España, ¿puedo salir del espacio Schengen (por ejemplo a Marruecos) y volver a entrar inmediatamente, para disfrutar de un nuevo período de 90 días?

No. Debes tener en cuenta que la entrada como turista en el Espacio Schengen se autoriza por un máximo de 90 días en un período de 180 días. Por tanto, no se puede agotar el periodo de tres meses, salir del Espacio Schengen y reingresar inmediatamente, sino que deberás esperar otros 90 días para volver a ingresar.

* ¿Con cuánto tiempo de antelación respecto al viaje previsto se puede solicitar un visado Schengen?

Las solicitudes deben ser presentadas con una antelación no superior a tres meses respecto a la fecha de viaje prevista. El titular de un visado de múltiples entradas debe depositar la solicitud con anterioridad al vencimiento del mismo, y por un periodo de estancia mínimo de seis meses.

* ¿Qué hago si me han denegado un visado Schengen?

La resolución denegatoria pone fin a la vía administrativa. Contra esta resolución cabe interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (España) en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación de dicha resolución. O bien se podrá interponer, de forma previa al recurso contencioso-administrativo un recurso potestativo de reposición ante el propio Consulado de España, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación de dicha resolución.

En caso de que la resolución del recurso de reposición sea igualmente denegatoria, se podrá interponer contra la misma recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (España) en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación de dicha resolución.

* ¿Puedo solicitar un visado Schengen «por si acaso»?

No. Es necesario que aportes la reserva de un viaje con el correspondiente billete.

* ¿Cuánto tiempo tarda el consulado en decidir sobre la solicitud de visado Schengen?

Las solicitudes pueden requerir, en el caso de las admisibles, de 15 días naturales a partir de la fecha de presentación.

* ¿Qué documentos hay que aportar al viajar con un visado Schengen?

La mera posesión de un visado Schengen no confiere derecho al titular a entrar de forma automática en el territorio Schengen. En la frontera exterior, al titular del visado se le puede requerir la presentación de documentación que justifique el propósito y las condiciones de la estancia, así como la acreditación de suficientes medios económicos, tanto para el periodo de estancia previsto como para el regreso a su país de origen o tránsito a un tercer país en el que sepan con certeza que será admitido, o que tenga la posibilidad de adquirir dichos medios de forma legal.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.

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Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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5 comentarios en “Solicitud de visados para viajar a España. Preguntas frecuentes
  1. Shaban dice:

    Hola , buen dia .
    Me gusteria preguntar que yo tengo 2 hermano en españa tienes nacionalidad de españa , yo quero viner españa ,puedo viner como relativo de hermanos o no .
    Gracias
    Un salud

  2. Patricia dice:

    Buenas paras la visa de estudiante que debo presentar ya que mi hija esta estudiando en la coruña gracias

  3. Ana Zárraga Colque dice:

    Necesito sacar visa Schengen,puedo volverca pedirva España? Ya pedi hace 18 meses aproximadamente a Italia y me negaron porq no tenia efectivo en mi cuenta y yo ese efectivo lo tenia en mano,pero mi cuenta tenia mucho movimiento.

  4. Hola, tengo una pregunta que me urge me respondan con antelación, soy Boliviana vivo en Moscú, solicite la visa shenguen por España para ir a visitar a unos amigos en Francia y España antes de fin de año, me la dieron la visa solo que tiene partes que no comprendo, dice 1 entrada, válida x 30 días, y en observación dice ESTANCIA, no se que significa todo esto en conjunto, ya compré mis boletos y hago escala
    Moscú – Alemania – Francia ( ida y vuelta) , podré viajar sin problemas ?

  5. Abogado Noel Guardado Aguilar dice:

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