Solicitud de visado por pérdida, robo o caducidad de la tarjeta de residencia en el Consulado de España en Guayaquil

Requisitos y procedimiento para la solicitud de visados por pérdida, robo o caducidad de la tarjeta de residencia

El Consulado General de España en Guayaquil (Ecuador) ha publicado en su página web los requisitos y procedimiento para la solicitud de un visado en caso de pérdida, robo o caducidad de la tarjeta de residencia española durante la estancia temporal en Ecuador del solicitante.

Ten en cuenta que la expedición de este visado exige una consulta a las autoridades centrales españolas, por lo que el período de espera puede demorarse varias semanas.

Para tramitar este visado deberás acudir, en primer lugar, a una Oficina del Banco de Guayaquil y solicitar una cita para un visado de estudio, pérdida o caducidad de documento (código 102). El Banco te dará un justificante con el día y hora de la cita, aunque si la cita no te conviene, podrás en ese mismo momento elegir una fecha posterior.

48 horas antes de la cita en el Consulado, deberás presentarte nuevamente en el Banco para cancelar la tasa de visado.

El justificante de pago que te entregue el Banco deberás presentarlo en el Consulado en el día y hora de la cita con los dos justificantes: el de la cita y el del pago de la tasa.
parainmigrantes.infoDocumentación a aportar

1.- Recibo de la tasa abonada y justificante de asignación de cita.

2.- Formulario de solicitud de visado debidamente cumplimentado y firmado (original y copia). Se entrega gratuitamente en el Consulado o puede también descargarse de esta página web o de la web del Consulado.

3.- Fotografía actualizada tipo pasaporte con fondo blanco, que deberá ir pegada en el formulario de solicitud. No se aceptarán fotografías realizadas con sombrero, pañuelo, gorro o gafas, ni de otro tamaño o color.

4.- Pasaporte con vigencia mínima de 4 meses.

5.- Acreditación documental de que el interesado es residente legal en España (copia de la tarjeta de residencia, copia de la autorización de retorno, etc.).

6.- Certificado de movimientos migratorios, emitidos en Guayaquil por la Jefatura Provincial de Migración y apostillados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador. Este certificado debe ser expedido en la semana anterior a la presentación de la solicitud de visado.

7.- En caso de robo o pérdida, original de la denuncia presentada, apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador.

8.- Certificado de antecedentes penales del solicitante, expedido por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos 5 años y en el que no deben constar condenas por delitos existentes en el ordenamiento español. Documento legalizado y apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador, este requisito sólo para mayores de edad (original y copia simple).

9.- Si la solicitud se realiza mediante representante, poder notarial original realizado ante Notario Público español, como máximo un año antes de la solicitud, original y copia simple, realizada por quienes ejerzan la patria potestad o tutela del solicitante. El representante deberá aportar asimismo original y copia de su cédula de identidad.

El solicitante ha de aportar original y copia simple de toda la documentación. Solo la documentación original, una vez cotejada, se devuelve al solicitante, no así, las copias, que se adjuntan al expediente.

En el momento de la recepción de la documentación, el Consulado de España en Quito podrá requerir al solicitante para que comparezca posteriormente. En ese momento, y a partir de un examen más detallado de la documentación, se podrá solicitar una entrevista personal o documentación adicional.

El plazo máximo para solicitar este tipo de visado es de 6 meses luego de haber abandonado el territorio nacional de España.

Concesión de la nueva tarjeta de residencia en España

Según la práctica administrativa española al respecto, los solicitantes de visado tipo EXT (pérdida, robo, extravío o caducidad) dispondrán de un plazo de 22 días para personarse ante la Comisaría de Policía correspondiente a su lugar de residencia en España tras la concesión del oportuno visado. Es por ello, que se recomienda que una vez concedido el visado, el solicitante salga del Ecuador en un plazo de 15 días y acuda en los 7 días siguientes a la Comisaría de Policía de referencia.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.

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Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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