Solicitar un visado de reagrupación familiar comunitaria en Cuba

El Consulado de España en La Habana ha publicado en su web los requisitos y el procedimiento para solicitar un visado para familiares de ciudadanos de la Unión Europea

El Consulado de España en La Habana, Cuba, ha publicado a través de su página web el procedimiento y los requisitos para solicitar un visado de reagrupación familiar en régimen comunitario para familiares de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza.

Aquí os dejamos la información:

Pueden solicitar este visado los siguientes familiares de un ciudadano de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza que viajen ejercitando su derecho a la libre circulación y residencia y estén sometidos a la exigencia de visado de corta duración por razón de su nacionalidad:

· El cónyuge o pareja análoga inscrita en un registro público establecido a esos efectos en uno de los países antes citados, siempre que no exista acuerdo o declaración de nulidad del matrimonio, divorcio, o cancelación de la inscripción registral de pareja de hecho.

· Los descendientes directos menores de 21 años (o mayores de dicha edad incapaces o que vivan a su cargo) de un ciudadano comunitario y los del cónyuge o pareja análoga registrada, en las condiciones del primer punto.

· Los ascendientes directos de un ciudadano comunitario y los de su cónyuge o pareja análoga registrada, en las condiciones del primer punto, que vivan a su cargo.

 

PROCEDIMIENTO:

1. Estas personas podrán presentar su solicitud de visado en el Consulado General de España en La Habana cualquier día laborable, de lunes a viernes, de 09:00 a 13:00h, sin cita previa, en cuyo caso se les atenderá siempre que haya turnos disponibles, dándoles prioridad sobre los solicitantes de régimen general. No obstante, para gestionar adecuadamente el flujo de solicitantes comunitarios, se recomienda reservar un turno en el Consulado General de España en La Habana llamando al número 868.68.68 o escribiendo al correo electrónico cog.lahabana.vis@maec.es. Se puede recoger un impreso gratuito de “Solicitud de visado Schengen” por persona en las dependencias del Consulado General, acompañado de una copia de esta guía (también expuesta en los tablones del Consulado).

El impreso de solicitud también se puede descargar gratuitamente: Solicitud visado Schengen.

Se recomienda comprobar con la guía la documentación que debe acompañar a la solicitud.

ESTE CONSULADO GENERAL NO PUEDE RECOGER SOLICITUDES PRESENTADAS MÁS DE TRES MESES ANTES DEL COMIENZO DEL VIAJE PREVISTO.

2. Pasar personalmente el día del turno, o cualquier otro día laborable de lunes a viernes a partir de las 09:00 y hasta las 13:00h, por las ventanillas 2 y 3 del Departamento de Visados del Consulado para obtener la diligencia de la gratuidad del visado. Presentar formalmente la solicitud de visado con todos los documentos, originales y fotocopias, detallados en esta guía.

SE RECUERDA QUE, EN ESTE CASO CONCRETO, NO SE COBRA NINGUNA TASA POR LA SOLICITUD DEL VISADO. TAMPOCO POR LA ENTREGA DEL IMPRESO, LA OBTENCIÓN DE UNA CITA (EN SU CASO) O LA DE UN TURNO EN LA COLA.

3. Una vez presentada la solicitud con todos los documentos necesarios, se indicará al interesado la fecha en la que podrá acudir al Consulado a averiguar si el visado fue o no concedido. La decisión adoptada recaerá, en principio, en un plazo máximo de 15 días naturales a partir de la presentación de la solicitud. Las solicitudes de visado de régimen comunitario se tratan con preferencia sobre las solicitudes de régimen general.

4. Si la solicitud es aprobada, el solicitante deberá acudir a la ventanilla número 1 del Departamento de Visados del Consulado a recoger su pasaporte, presentando su carnet de identidad y la hoja de solicitud que contenga la diligencia de gratuidad, cualquier día laborable a las 13:00h. Este trámite lo podrá realizar también un representante del solicitante, debidamente acreditado (se le podrá exigir a esta persona que disponga de un poder notarial de representación).

5. En el caso excepcional de ser denegada la solicitud, el interesado deberá acudir a la ventanilla número 1 del Departamento de Visados a recoger su pasaporte (presentando su carnet de identidad y la diligencia de gratuidad), además de la correspondiente notificación, cualquier día laborable a las 13:00h. En la notificación de denegación se detallan las vías de recurso posible contra dicha resolución. Este trámite lo podrá realizar también un representante del solicitante, debidamente acreditado (se le podrá exigir a esta persona que disponga de un poder notarial de representación).

Información sobre recursos: En caso de denegación de su solicitud, podrá usted presentar un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses desde la fecha de notificación. Potestativamente, podrá interponer un recurso de reposición ante la misma Oficina Consular en el plazo de un mes desde la fecha de notificación de la denegación.

Si decide interponer un recurso de reposición ante el Consulado General de España en La Habana, deberá presentarlo en la “ventanilla de registro general de entrada” de la calle Zulueta, de lunes a viernes de 09:00 a 13:00h, o remitirlo por correo al Consulado General de España.

Tenga en cuenta que, en aplicación de la legislación española vigente, los recursos de reposición interpuestos ante el Consulado General de España en La Habana deben presentar la firma original de la persona a la cual le ha sido denegado el visado o, en su defecto, la firma de su representante legal, por lo que no se aceptarán recursos que tengan entrada por fax o correo electrónico.

La contestación a los recursos recibidos en tiempo y forma en el Consulado General de España en La Habana estará a disposición de los solicitantes transcurrido, como máximo, un mes de la fecha de su recepción.

DOCUMENTOS QUE DEBERÁ PRESENTAR EL DÍA DE LA CITA:

1. Por duplicado, impreso de “Solicitud de visado Schengen” debidamente cumplimentado, en mayúsculas y firmado por el interesado (si se tratara de un menor, deberá estar firmado por su representante legal o tutor). ejemplo formulario.pdfejemplo formulario.pdf.

2. 2 fotografías recientes, pegadas a los dos ejemplares del formulario (tamaño visado, en color, mirando de frente y con fondo claro).

3. Pasaporte o documento de viaje (y fotocopia de la página del pasaporte o documento de viaje donde aparecen los datos del titular), reconocido como válido en España cuya validez, por lo general, sea superior en tres meses al período de estancia solicitado.

o El pasaporte o documento de viaje debe haber sido expedido como máximo 10 años antes a la fecha de presentación de la solicitud (es decir, que no se aceptan los pasaportes o documentos de viaje renovados cuya primera expedición tuvo lugar hace más de 10 años).

o El pasaporte o documento de viaje debe tener al menos dos páginas en blanco.

o Los pasaportes o documentos de viaje visiblemente deteriorados, dañados total o parcialmente, con alguna de sus hojas desprendidas o rasgadas o que no tengan banda de lectura magnética serán rechazados. Si tiene dudas al respecto, le recomendamos que renueve su pasaporte o documento de viaje.

o Advertencia: Un visado Schengen pierde su validez en el momento en que el pasaporte o documento de viaje caduque o se anule, aunque tenga una duración posterior en el tiempo.

4. Reserva de avión o preboleto con las fechas del viaje previsto.

5. Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad y/o pasaporte vigente del ciudadano comunitario.

6. Prueba documental de parentesco con el ciudadano comunitario: certificado original de matrimonio expedido en los últimos 3 meses, por el Registro Civil español (para cónyuge de ciudadanos comunitarios no españoles, prueba de que su matrimonio surte efectos civiles ante su propia legislación nacional), certificado de inscripción en un registro público expedido en los últimos 3 meses si se mantiene una unión análoga a la conyugal, certificado de nacimiento del reagrupante si se desea reagrupar a ascendientes, certificado de nacimiento del reagrupado si se desea reagrupar a descendientes, etc.). Los certificados cubanos deben estar legalizados por el MINREX.

7. Cuando el visado se solicite para una estancia, se deberá aportar un certificado de residencia en Cuba del ciudadano comunitario y la prueba de que el solicitante viaja ejercitando su derecho a la libre circulación y residencia.

8. Cuando la intención del ciudadano comunitario sea la de reagrupar a sus familiares será necesario lo siguiente:

a) Aportar un acta notarial de manifestaciones suscrita por el ciudadano comunitario (válido para un máximo de 3 meses) donde conste de manera fehaciente su voluntad de reagrupar a sus familiares. En el caso en que dicho ciudadano comunitario esté presente en el Consulado General en el momento de la presentación de la solicitud se le entregará, si lo desea, un impreso de declaración jurada para que la firme y se entienda cumplido este requisito.

Si el reagrupante reside en Cuba y se traslada a vivir a España, deberá presentar un certificado de “Baja Consular”.

b) En caso de reagrupación de descendientes deberá presentar (además de lo indicado en el punto 6 y 8a):

i. En caso de descendiente menor de 18 años, deberá presentar consentimiento notarial (original y fotocopia) de quienes ejercen la patria potestad o tutela del menor para que viaje a España, especificando que el menor viaja para residir en España.

ii. En caso de descendientes mayores de 21 años, se deberá acreditar fehacientemente que viven a cargo del ciudadano comunitario o su cónyuge o pareja análoga y que existe dependencia económica.

iii. En caso de descendientes incapaces: documentos que demuestren la incapacidad y la tutela.

c) En caso de reagrupación de ascendientes deberá (además de presentar lo indicado en el punto 6 y 8a) acreditarse fehacientemente que viven a cargo del reagrupante comunitario o de su cónyuge o pareja análoga.

9. Se podrá requerir cualquier otro documento o citar al solicitante para una entrevista.

Recuerde presentar una copia de todos los documentos indicados. En la ventanilla debe entregar todos los documentos originales por un lado y todas las copias por el otro. Es importante, por tanto, separar los documentos en originales y copias antes de presentarse en la ventanilla.

Consulado de España en La Habana

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42 comentarios en “Solicitar un visado de reagrupación familiar comunitaria en Cuba
  1. Jorge Luis Ramírez Sánchez dice:

    Hola, soy cubano y resiente tengo el libro de familias, me gustaría saber que tipo de visado debo solicitar para viajar a España

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Jorge puedes hacer una consulta por skype para ver tu situación concreta https://www.parainmigrantes.info/asesoria-juridica-de-extranjeria-por-videoconferencia-skype/

  2. DORIBEL MARTINEZ DE APARICIO dice:

    Publicado por Vicente el 6 de septiembre, 2013.
    Solicitar un visado de reagrupación familiar comunitaria en Cuba

    Ya los trámites han cambiado, actualizar este contenido, en la página web del Consulado general de España en Cuba se explica cómo es actualmente y desde septiembre del 2017.

  3. Yakelin dice:

    Tengo la ciudadanía española y cubana que tengo q haser para traerme a mi marido como pareja por de echo que papeles tengo q presentar en la embajada de la havana cuba

    1. Nahir Parainmigrantes dice:

      Tenga en cuenta que la inscripción como pareja de hecho está regulado por cada Comunidad Autónoma, de forma que los requisitos podrían variar según el registro que le corresponda.

  4. Hola, soy cubano, mayor de 21 años, y me encuentro realizando trámites para reunificación familiar con mis padres, pero tengo una gran duda, estuve leyendo en la página sobre los requisitos de esta, y uno de los acápites ponen que hay que demostrar dependencia económica como mínimo un año, pero no ponen exactamente qué es lo que hay que llevar el día de la cita consular, y cuando fui por la embajada y le pregunté a la persona que se encarga de aclarar dudas, me dice que hay que llevar lo que se pide en el sitio y punto, que los requisitos de las visas no se explican, y que si el día de la cita falta algún papel o hay fallo en alguno, en ese momento me lo dicen y tengo que sacar nueva cita, en estos momentos tengo los comprobantes de envío mensual de dinero por el correo, y no sé si legalizándolo con un notario sea suficiente, y además solicitan los motivos por el cual tengo dependencia económica, imagínate tú lo que diré a eso? Que el salario no alcanza para comprar ropa o comida de calidad por los precios excesivos o para poder ir de vacaciones a cualquier lugar después de 6 meses de arduo trabajo, por favor, si alguien se encuentra en la misma situación o sabe algo de esto, me responda, gracias.

    1. Liannis dice:

      Buenas Erik, ojal[a q pudieras ayudarme porque m;as q responderte, voy a planterate q mi situaci[on es bastante parecida, yo estoy guardando los comprobantes pero no sabia q habia q legalizarlos????
      por favor, si puedes ayudarme te lo agradecería mucho…
      y si lo lograste=?te dieron la visa???
      gracias

  5. JORBEL dice:

    Hola soy residente en España con residencia en régimen comunitario por 5 años quisiera saber si con dicha residencia puedo reagrupar mi esposa que vive en cuba gracias

  6. DIGNA dice:

    bueno he leido aqui varias cosas, que infiero es que no hay una buena informacion por parte del consulado o a quien corresponda.

    quiero comenzar mis papeles de reagrupacion familiar como ascendiente mayor de 65 años, como estoy en cuba he visto lo que hay que presentar, pero tengo las sigientes preguntas

    1. antes de presentar los documentos requeridos, hay que tener algun documento del reagrupante.

    2.que cantidad de dinero hay que justificar que dependo del reagrupante.

    3.el primer paso quien lo tiene que dar el regrupante o el reagrupado.

    BUENO ESPERO SABER LAS TRES COSAS Y ME HARE UNA DISTINTA OPINION DE ALGUNOS AQUI TENGO DUDAS QUIEN ES LA AUTORIDAD FACULTADA QUE CONTESTA LAS PREGUNTAS. GRACIAS

  7. Felix dice:

    Hola:
    Necesito saber cual es la duración del visado otorgado a una persona por ser cónyuge de una ciudadano español 90 días o 6 meses. Gracias

    1. Yasmin dice:

      Hola Felix,
      Por mi experiencia te puedo decir que el visado es de 3 meses, en esos 3 meses tendrá que pedir la tarjeta de residencia por ser familiar de ciudadano de comunitario, que están tardando un tiempo en darla, pero con el comprobante no hay problema.
      Cualquier duda me puedes preguntar,
      Saludos

  8. Alexei dice:

    hola necesito ayuda….quiero traer a mi madre a vivir conmigo a España, soy residente comunitario permanente y mi madre va a empezar los trámites desde la embajada española en Cuba pero le piden aportación que demuestre que está a mi cargo. ¿qué deve precentar? ¿comprobantes de cuánto dinero le e enviado por 12 meses o es solo documentos sin un requisito de meses continuados?

    1. alberto dice:

      Hola alexei he estado leyendo tu pregunta? POR FIN pudiste traer a tu madre estoy ennel mismo proceso y quisiera saber si ya lo hiciste?

  9. maria petez orama dice:

    Hola desde el día 16/11/2015 hice una rreclacion de reagrupación familiar y no e sabido nada quiciera saber k tiempo tardan en darme la respuesta
    gracias

  10. Maria Amalia Rodrigez Lorenzo dice:

    Hola …tengo una duda …me gustaría saber cual es el modelo de solicitud para un visado de Familiar de Residente Comunitario ..saludos ..

  11. estefania dice:

    hola buenas tengo una duda ,a mi me otorgaron una visado por ser familiar de una persona de EU, en este caso mi mama , con este visado cuando viaje a espana puedo hacer los tramites para que mi madre me reagrupe y de esta forma poder obtener la resisdencia , gracias saludos

  12. Nuria dice:

    Buenas tardes,

    Es de gran utilidad su web. Le queria Hacer una consulta, resido en España, pero tengo nacionalidad suiza, por lo que inscribi el matrimonio alla en el consulado suizo. Me case con mi novio cubano en Cuba hace unos meses y ya me van a dar el libro de familia suizo. Tengo entendido que ya no se puede viajar solo con el libro de familia, cierto? Esto sale en algunas webs que si se podia Antes… O quizas algunos paises en particular.
    Para solicitar este visado de reagrupacion familiar que ha publicado en el blog, por lo que Leo, hace falta algo mas que el libro de familia quiero decir de documentacion, aparte de los formularios, pasaporte,… ? Cuanto demora este tramite? No hace falta carta de invitacion con esto cierto? Es mas facil si yo voy a Cuba y viaja conmigo ?
    Agradezco muchisimo su respuesta, ya que apenas encuentro informacion.

    Un saludo

  13. perito gonzales dice:

    Perdonen pero esta página es una basura y no digo que es una m…rda porque van a moderar el comentario. Solo dan respuesta a lo que todo el mundo sabe, a las preguntas calientes ni las miran. Página recopiladora de datos, puro test. Actualicenla porfa.

  14. Nora Prado Cordovi dice:

    ¿Que debo hacer para traer a mi hijo de Cuba ,mayor de edad ,pero yo vivo en España hace 4años con mi esposo ,y mi hijo esta solo en Cuba ,yo estoy enferma y lo necesito aqui, pues es mi unico hijo ¿quien me puede ayudar?

  15. mayra dice:

    hola mi hermana trajo a su esposo reagrupado ella es española presento para solicitar tarjeta NIE le hicieron 2 requerimintos de solvencia y seg.medico pero el funcionario no me supo explicar cual es la cuantia de la solvencia ella tiene una cuenta con 5000 e es suficiente esto ademas cobra ayuda de inmigrante rtornado.gracias espero respuesta muy amable

  16. mayra dice:

    quiero saber el emil por donde pude sacarse turno de viado n consulado de españa en cuba seria tan amable.Gracias

  17. Hola..me gustaria saber con q suma de dinero es suficiente para demostrar la dependencia economica d

  18. José Alvarez dice:

    Hola, necesito saber si entre los documentos solicitados por el Consulado de España en La Habana para un visado Shengen de reagrupación familiar se encuentran los Antecedentes penales del solicitante.
    Gracias.

    1. mayra dice:

      no cariño edo no senecesita solo te lo piden aqui en espña cdo vs a sacar ciudadania

  19. elmer dice:

    Hola:
    Soy cubano y estoy casado con una ciudadana española. Recientemente nos salió el libro de familia luego de una larga espera. En este sentido mis preguntas son 2:
    1. Tengo que viajar a México dentro de poco por tema de trabajo por unos meses. ¿Esposible realizar el trámite de reagrupación desde allá?
    2. Una vez que sale el libro de familia, cuál es el tiempo límite para presentar la solicitud de visado y una vez que me es aprobado el visado, cuál es el tiempo límite para viajar?
    Les agradezco de antemano su colaboración.
    saludos

  20. Helena Papageorgui dice:

    hola quiero traer a mi madre a españa soy española de nacimiento pero mi madre es cubana soy menor de edad e hija unica ¿¿como podria trerla ?

  21. yaima dice:

    Hola mi esposo quire invitar a mi madre ,el es ciudadano comunitario,pero no tengo claro que inscripcion tiene que,presentar mi madre el dia de la cita para solicitar visado ademas de la de matrimonio nuestra,..,les agradecerìa me contestaran

  22. Daisy m dice:

    Hola, por favor necesito que alguien me conteste esta pregunta, soy dominicana y estoy casada con un español, tengo dos hijos de 18 y 23 años pero no estoy trabajando porque todabia no me han entregado el nie aunque ya me tomaron la huella, quisiera saver como puedo traeme a mis hijos y que documentacion necesito para enviarsela a santo domingo, espero que alguien me de la respuesta, gracias

  23. Teniay dice:

    Hola, Soy española y quiero reagrupar a mi madre en régimen comunitario, mi duda es en el punto 6 del procedimiento: Prueba documental de parentesco con el ciudadano comunitario, en el caso de mi Madre, necesita llevar al consulado a parte de mi Certificación de Nacimiento Española, la suya propia?, ya se qué en la guía solo pone la mía, creen que será necesario?

    Saludos,

  24. mariasilvia dice:

    Hola. Gracias por publicar esta información. El asunto es si te deniegan el visado de reagrupacion familiar y lo intentas por visado de turismo. Podrias hacerle la reagrupacion familiar estando el familiar en España por turismo?? Esta pregunta es porque el consulado español en la Habana niega la gran mayoria de reagrupaciones familiares de manera arbitraria, aunque les lleves pruebas de familiar a cargo, a ellos le da igual.
    Se podria traer al familiar como turista y una vez en españa hacerle la reagrupación?
    Gracias

  25. Barbara Marquez Garcia dice:

    Buenos dias necesito saber k tramite tengo k hacer para reagrupar a mi hija de 27año casada y con una hija . su papa es ciudadano español hace 4año . por favor orientarme o darme una respuesta lo antes posible. gracias.

    1. Vicente Marín dice:

      Barbara, aquí tienes un enlace con la información https://www.parainmigrantes.info/reagrupacion-familiar-regimen-comunitario-documentacion-visado/

  26. meylin dice:

    Hola, soy cubana vine para españa por reagrupaión familiar y tengo la tarjeta de residencia por 5 años, qisiera saber si puedo regrupar a mi esposo desde cuba? por favor respondanme, gracias.

  27. daisi ortiz lugo dice:

    hola estoy casada con un español y llevamos 17años junto y quisiera traer ami hija y dos nietas que tenemos que aser un saludos

    1. Vicente Marín dice:

      Daisi, aquí tienes un enlace con la información https://www.parainmigrantes.info/reagrupacion-familiar-regimen-comunitario-documentacion-visado/

  28. julia dice:

    hola soy julia hija de española y soy española ya me hise de origen quiero que mi hijo berca soy viuda de un cubano tengo 71 años mi hijo tiene 45 años y llevo aqui en españa 8 años diganme si en el regimen comunitario lo dejan entrar pues ya no se que acer para trelo por favor digarme que devo acer sus dos abuelos son españoles y le desnegaron la nacionalida porque dicen que la pidio por mi y no fue asi lo hiso por sus abuelos pero bueno como acen lo que quieren y veo que aquellos que no tienen a nadien de abuelos españoles entran aber yo quiero saber porque es injusto esto cuando zapatero quito la ley de familia y nadamas los menores porque los mallores no son hijos que es lo que esta pasado con el consulado de cuba español algo hay h<ay muchos comentarios de la esbajanda española en cuba saludos julia

  29. Dayli dice:

    Hola, soy cubana con tarjeta de residencia comunitaria q me fue dada por mi madre tener nacionalidad española. Yo quiero reagrupar a mi hijo y esposo.quisiera saber si esa noticia q ya sido publicada q ellos pueden solicitar visado. por régimen comunitario en cuba se puede hacer.q tengo q hacer . Muchas gracias. Atentamente dayli.

    1. Vicente dice:

      No, deberás tener tu propia tarjeta independiente. No puedes hacerlo en régimen comunitario salvo que tú seas española.

    2. Hola,alguien me podría responder,a mi madre le estoy haciendo la reagrupación familiar y le piden un papel que justifique que no tiene vínculo laboral ni ingreso salarial de la seguridad social en Cuba,pero al parecer allí nadie sabe nada de esto .por favor si alguien que ya ha hecho este trámite y le suena de algo esto que me conteste

  30. Alexander dice:

    Hola buenos días yo siendo español, puedo reagrupar a mi madre cubana, lo que ella no esta en cuba, esta en estados unidos tiene una residencia ahí. Ya esta mayor y sola. Al llegar la puedo poner en mi cartilla sanitaria.
    Saludos y gracias

    1. MARIA dice:

      Buenos días;
      no creo que tengas problemas si cumples con los requisitos pedidos, ahora lo más que miran según la ley aprobada en 2015 es la dependencia económica. por otro lado hasta que no tenga recidencia no puedes ponerla en tu cartilla, pero ha salido una ley donde ella cuando llegue a españa puede acogerce a la sanidad humanitaria, solo tiene que ir al centro de salud donde tu perteneces con sus documentos y estar empadronada en tu casa y le asignan un médico.espero haberte ayudado.

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