Solicitar la nacionalidad española teniendo doble nacionalidad

La solicitud de la nacionalidad española es el trámite más demandado entre nuestros seguidores, y aunque en principio parezca un trámite sencillo, puede presentar ciertas particularidades según las circunstancias personales del propio solicitante.

Muchos de ellos, ostentan una dobla nacionalidad (italiano-argentino, por ejemplo), y ahora, quieren iniciar el proceso de solicitud de la nacionalidad española.

¿Cómo puedo solicitar la nacionalidad española teniendo doble nacionalidad?

Solicitar la nacionalidad española teniendo doble nacionalidad

Esta cuestión es bastante frecuente en relación a los plazos de residencia legal que se exigen para poder iniciar el procedimiento. Si nos remitimos al ejemplo anterior, un residente legal en España que tiene nacionalidad argentina e italiana, ¿cuándo podría solicitar la nacionalidad española? 

Cómo ya sabemos, nuestro Código Civil contempla unos plazos de residencia legal, continuados y previos al inicio del proceso, los cuales dependerán de la nacionalidad de origen del solicitante, o bien, de que concurran determinadas circunstancias que le permitan beneficiarse de la reducción del plazo a un año.

El supuesto general para poder solicitar la nacionalidad española por residencia, es cuando podemos acreditar diez años de residencia legal y continuada en España, e inmediatamente anteriores a la solicitud.

Sin embargo, se podrá solicitar la nacionalidad española con tan sólo cinco años de residencia en España en los casos en los que el solicitante haya obtenido la condición de refugiado en España.

En el caso de los nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal o sefardíes, podrán solicitar la nacionalidad española en el momento de cumplir dos años de residencia legal y continuada en España, e inmediatamente anterior a la petición.

Además, bastará el tiempo de residencia de un año si el interesado se encuentra en alguno de los supuestos que recoge el artículo 22 del Código Civil.

Entonces, volviendo al ejemplo que ahora analizamos, ¿se le exigiría al interesado los dos años de residencia legal por su condición de ciudadano iberoamericano (argentino), o bien, el plazo general de diez años por su nacionalidad italiana?

En estos casos, para poder aplicarse el plazo de dos años por ser ciudadano iberoamericano es preciso que:

-La nacionalidad sea de origen (tal como establece el artículo 22 del Código Civil).

-Que la ostente en el momento de la solicitud.

-Y además sea la considerada durante la residencia en España.

Es decir, se tendrá en consideración la nacionalidad que hubiera utilizado para la obtención de la residencia en España.

La mayoría de los ciudadanos argentinos que residen en España, y que además ostentan la nacionalidad italiana, normalmente hacen uso de esta última para la obtención de un permiso de residencia en España, ya que al ser la nacionalidad de un Estado miembro de la UE, es un procedimiento mucho más sencillo a si lo hiciese como argentino.

Por tanto, al residir en España como italiano, será ésta la nacionalidad que se le reconozca cómo válida para solicitud de la nacionalidad española, exigiéndose, por tanto, los diez años de residencia en España.

No obstante, la nacionalidad argentina le beneficiará en cuanto a la no exigencia del examen de idioma.

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.
Requisitos para la Nacionalidad Española
Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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37 comentarios en “Solicitar la nacionalidad española teniendo doble nacionalidad
  1. Eleonora dice:

    Hola, soy argentina viviendo en España hace casi 1 año con ciudadanía italiana. Quiero solicitar la nacionalidad española por residencia. Debo esperar 2 años para solicitarla o 10?. Por otro lado soy nieta de española de origen (mi abuela aún vive) puedo tramitarla al año de residir legalmente desde acá o tengo que hacerla en el consulado que me corresponde en mi país?. Debe hacerse la nacionalidad primero mi madre o puedo hacerla sin necesidad de que ella la adquiera antes?. Gracias y saludos.

    1. Eva Parainmigrantes dice:

      En el siguiente enlace tiene información que le puede interesar https://www.parainmigrantes.info/nacionalidad-espanola-nueva-ley-de-memoria-democratica/

  2. Massimo dice:

    Hola queria saber si puedo solicitar ciudadania española por ley de nietos. Soy italiano argentino (osea tengo doble ciudadania) pero me gustaria pedir la española por mi abuela. ¿Es posible hacerlo o me puede traer algun problema pedir una tercer ciudadania?

    1. Eva Parainmigrantes dice:

      Hola, para ver su caso y poder asesorarle tanto si reside en España como fuera puede solicitar una cita por Skype en el siguiente enlace: https://calendly.com/parainmigrantes/30min?month=2023-02

  3. Andrea dice:

    Hola, mis apellidos son españoles, pero tengo doble ciudadania, italina por madre y argentina de nacimiento, hace 6 años vivo aquí, cuanto tengo q esperar para hacerme la ciudadania espsñola, o puedo inmediatamente, al tener mis dos apellidos españoles.

    1. Eva Parainmigrantes dice:

      Hola, para ver su caso y poder asesorarle tanto si reside en España como fuera puede solicitar una cita por Skype en el siguiente enlace: https://calendly.com/parainmigrantes/30min?month=2023-02

  4. Los que tenéis la doble nacionalidad de un pais miembro de la comunidad Europea (adoptada)y otra de nacimiento Iberoamericana no tenéis que esperar 10 años para poder obtener vuestra nacionalidad Española. Os podéis acoger a los dos años que os conceden por la nacionalidad de nacimiento.

  5. Cristian dice:

    Hola una consulta, soy italo-argentino y mi esposa es española, hace seis meses estamos en españa, cuanto tiempo debo esperara para solicitar la nacionalidad española? Debo esperar 10 años como italiano o puedo aplicar por matrimonio con española en menos tiempo? Gracias

    1. Diana Parainmigrantes dice:

      Cristian, para ayudar a resolver tus dudas, te recomendamos que te comuniques con nuestro equipo de expertos https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/

  6. Conrado Lopez dice:

    Hola
    Una consulta. Soy argentino de nacimiento y ciudadano italiano ius sanguinis (por mi madre).
    Quiero tramitar la ciudadanía española también ius sanguinis (por mi padre).
    Al presentar toda la documentación, debo declarar que, además de argentino, soy ciudadano italiano? Porque en ninguno de mis documentos que debo presentar ni actas argentinas (de nacimiento y matrimonio) lo muestra, tampoco en mi DNI ni pasaporte argentino.
    Cómo se enterarían en el consulado español que soy ciudadano italiano?
    Al ser ambas ciudadanías ius sanguinis, también se debe renunciar?
    Muchas gracias

  7. Matilda dice:

    Mi hija nació en Argentina (ius soli), de padre Español de origen (ius Sanguinis), y de madre Austriaca (ius Sanguinis). El nacimiento de mi hija fue inscripto en el consulado Español antes de sus 14 años. La pregunta es: cuando cumpla 18 y manifieste su intención de conservar la ciudadanía Española de origen ¿deberá renunciar a la Austriaca? ¿España permite 2 ciudadanías simultaneas por ius Sanguinis y una por ius soli?. Aclaración: ninguna de estas nacionalidades fue adquirida por opción.

    1. Diana Parainmigrantes dice:

      Matilda, para ver tu caso en detalle y ayudar a resolver tus dudas, te recomendamos que te comuniques con nosotros realizando una consulta de Skype con nuestro equipo de expertos https://calendly.com/parainmigrantes/30min?month=2022-08

  8. Andres dice:

    Hola. Si uno tiene doble ciudadanía (argentina e italiana) y va a residir a España haciendo uso de la ciudadanía argentina sin usar la italiana.. uno puede solicitar la ciudadanía española? Luego de residir x años? Sin renunciar a la italiana

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Sí.Haz una consulta por Skype y vemos todo https://www.parainmigrantes.info/asesoria-juridica-de-extranjeria-por-videoconferencia-skype/

  9. Cynthia dice:

    Mis hijos tienen nacionalidad argentina española como son mejores voy a tramitar mi cuidada is italiana x ende se les adjudica a ellos automáticamente como se hace en este caso?

  10. Hola, si obtengo la residencia en España a través de mi cónyuge italiano, puedo solicitar la ciudadanía española a los dos años? Muchas gracias.

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Miri dependerá de tu nacionalidad de origen. Te dejamos información sobre los plazos https://www.parainmigrantes.info/category/nacionalidad-espanola-tramites/

  11. Maria dice:

    Hola!
    Somos una pareja nacida en Argentinos, con ciudadanía italiana y vivimos en España.
    Hemos tenido una hija y quisiéramos saber si es posible que le otorguen la ciudadanía española por valor de simple presunción por ser sus padres nativos de un país que solo otorga la nacionalidad por suelo?
    O la nacionalidad española por simple presunción será denegada por nuestra doble ciudadanía italiana?
    Gracias!

  12. diana dice:

    necesito sabeeer qqque partida de nacimiento tengo qquie presentar si mis hijos nacieron en ecuador y entraron en espana con paasaporte uruguayo yaaa que tienen doble nacionaliodad gracias

  13. Andrea dice:

    Hola! He leído en otro post vuestro sobre casos de doble nacionalidad argentino-italiana que tener nacionalidad Argentina de origen puede eximir de realizar el examen de conocimientos de castellano, A2, aunque la nacionalidad por residencia se tramite en base a tener la ciudadanía italiana. Yo he decidido presentar la solicitud como italiana, realicé el examen CCSE. Debo o no realizar el examen DELE A2??

    1. Diana Parainmigrantes dice:

      Andrea, para ayudar a resolver tus dudas, te recomendamos que te comuniques con nosotros a nuestro número de asesoría https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/

  14. Jorge N dice:

    Soy venezolano con doble nacionalidad italiana, quiero sacar la nacionalidad española después de haber vivido en España 10 años con nie y pasaporte italiano, haciendo mi vida por dies años como italiano.
    Uno de los requisitos que piden es :
    Pasaporte: complete y en vigor del país d Origen,
    En este caso el pasaporte sería el italiano, o el venezolano ?

    Espero me puedan ayudar.
    Gracias de antemano

    1. Bárbara dice:

      Buenas tardes,

      Soy Argentina e Italiana. Llevo casi 20 años residiendo como Italiana en España. La documentacion a adjuntar será la italiana o la argentina? (tengo entendido que es la del pais que te otorga la nacionalidad, en este caso Italia) me refiero a la documentacion del «pais de origen» (partida de nacimiento, pasaporte en vigor y antecedentes penales)…

      Otra duda: teniendo carrera universitaria en España, cabe alegar a la MEMORIA DE ANALISIS DEL IMPACTO NORMATIVO DEL PROYECTO DE ORDEN MINISTERIAL SOBRE LA TRAMITACIÓN DE LA DISPENSA DE LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS (1. 3.- Solicitantes que hayan estado escolarizados en España y superado la Educación Secundaria Obligatoria) meramente acreditando el titulo universitario?

      Muchas gracias

      1. Diana Parainmigrantes dice:

        ¡Hola Bárbara! con respecto a la duda de los exámenes, la única manera de no realizarlos es si has estudiado la ESO (Educación Secundaria Obligatoria) en España, de no ser así y aunque tengas un título universitario en España, debes de realizarlos; para ayudar a aclarar tu primera duda, te recomendamos que te comuniques con nosotros a nuestro número de asesoría para que nuestras compañeras expertas en extranjería y nacionalidad española https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/

  15. Ricardo dice:

    Tengo residencia en españa con pasaporte italiano hace 2,5 años
    Soy de origen uruguayo y tengo pasaporte en vigor
    Puedo solicitar la ciudadania por residencia ahora, o debo esperar a cumplir 10 años de residente?

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Llámanos y vemos tu caso https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/

  16. Gabriela Chaben dice:

    Hola! La renuncia a la ciudadanía italiana sería posterior a la adjudicación de la española?????

  17. Hola Vicente, una consulta:
    Soy Argentino de origen y mí esposa tiene doble ciudadanía Argentina-Española, ambos residiendo en Argentina, nuestro plan es trabajar y vivir en España. Tengo la posibilidad de tramitar la ciudadanía Italiana por mí abuela, ya tengo toda la documentación necesaria, pero como mí esposa tiene la ciudadanía Española también podría solicitar la ciudadanía Española por agrupación familiar luego de residir 1 año en España. Que camino me conviene para poder obtener la nacionalidad española? Entiendo que si solicito la residencia española como Italiano tendré que esperar 10 años para la ciudadanía española, pero al ser Italo-argentino podría pedir la ciudadanía española por agrupación familiar luego del primer año de residencia ya que mí esposa es española? Siento que no vale la pena tramitar la ciudadanía italiana, a menos que eso me de ventajas concretas para obtener la recidencia inicialmente. Cuál es tu consejo? Muchas Gracias. Abrazo

    1. Diana Parainmigrantes dice:

      Debido a la particularidad de tu caso, te recomendamos que realices con nosotros una cita por Skype para poder resolver todas tus dudas
      https://www.parainmigrantes.info/asesoria-juridica-de-extranjeria-por-videoconferencia-skype/

  18. Buenos días, una pregunta: en el caso de los ciudadanos Italoargentinos que quieran tramitar la nacionalidad española, tiene que renunciar a la nacionalidad Italiana para poder tener la española??? Muchas gracias.

    1. Estefanía Parainmigrantes dice:

      Sí, con Italia no hay un convenio de doble nacionalidad y por lo tanto debe renunciar a dicha nacionalidad

  19. Rafael dice:

    Hola, en relación a lo que mencionan:

    De ostentar cualquier nacionalidad europea, a excepción de Portugal y Andorra, no se puede obtener la nacionalidad española al menos que se niegue ante el notario español la nacionalidad del país que se representa anteriormente, en la fase final del proceso (donde se jura lealtad al Rey de España y a las leyes españolas), ya que en la gran mayoría de los casos no existe acuerdo bilateral de doble nacionalidad entre España y cualquier otro país del mundo (a excepción de los países latinoamericanos, sefardíes y, como mencioné anteriormente, Portugal y Andorra en la región europea). En el caso de los ciudadanos italianos, como no hay acuerdo bilateral de doble nacionalidad entre Italia y España, la única manera de que un ciudadano italiano se pueda nacionalizar español o viceversa, es negando su propia nacionalidad ante la autoridad española y, posteriormente, éste debe ir al consulado italiano a comunicar que no desea ser más italiano porque se ha nacionalizado como ciudadano español.

    De no hacerlo, se puede interpretar como un fraude ante las autoridades españolas, aunque tengo entendido hasta el momento que las autoridades españolas no exigen un documento que compruebe que te has dado de baja como italiano, o cualquier otra nacionalidad que no tenga convenio de doble nacionalidad con España (ya que las leyes son muy ambiguas al respecto pues depende también de las leyes en materia de ciudadania del país de origen o la nacionalidad que se representa), sin embargo, las autoridades españolas confían en la buena fe del nuevo ciudadano español, por lo tanto, es un deber ir al consulado del país anterior para dar de baja efectivamente dicha ciudadanía.

    Esto se debe a que en 1963 se firmó el «Convenio sobre la reducción de los casos de pluralidad de nacionalidades y sobre las obligaciones militares en el caso de pluralidad de nacionalidades» en Estrasburgo por varios países europeos (Austria, Bélgica, Dinamarca, Francia, Gran Bretaña, Alemania, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos, España, Suecia, Italia e Irlanda), en el cual se limita adquirir las nacionalidades de los países firmantes, ratificado por la Ley 4 octubre de 1966, n. 876, que establece en el art 1, párrafo 1 lo siguiente: «los ciudadanos que viven en uno de los Estados Contratantes pierden su ciudadanía anterior si adquieren o readquieren voluntariamente la nacionalidad de otro de los países que han firmado y ratificado el Convenio; es decir, el ciudadano no podrá conservar la ciudadanía precedente». No obstante, Gran Bretaña, Italia e Irlanda no firmaron el capítulo 1 de dicho convenio pero sí los siguientes (lo cual deja con mayor duda e incertidumbre el tema de la doble o múltiple ciudadanía).

    En conclusión: de no haber un convenio bilateral de doble nacionalidad entre España y tu ciudadanía de origen u otra que representas y de no desear darse de baja a dicha nacionalidad anterior, no es aconsejable iniciar la solicitud de nacionalidad española. Lo correcto sería esperar a que se dé un acuerdo bilateral entre España y dicho país. Por ejemplo, España y Francia están a punto de pactar un acuerdo bilateral de doble nacionalidad en 2020, el primero en Europa fuera de la península ibérica. Es muy probable que en el futuro surjan más acuerdos de este tipo o se termine de derogar el Convenio de Estrasburgo, ya que es injusto para aquellos ciudadanos extranjeros que desean ser Españoles pero no pueden serlo ya que no desean negar sus respectivas nacionalidades.

  20. Paula dice:

    Una pregunta mi situación es la que describes. Italo argentina residiendo más de 10 años en España. La documentación que requieren para tramitar la nacionalidad española pone «certificado de nacimiento y certificado de antecedentes penales del país de ORIGEN»
    Siendo que nací en Argentina pero el NIE lo tramité en su momento como italiana, cual se considera mi nacionalidad de origen ? Gracias

  21. Saliha dice:

    Sa pobla

  22. Noelia dice:

    Hola Vicente,
    En relación al ejemplo que pusiste en el artículo me gustaría saber si podrías aclararme un tema que me tiene preocupada porque ya llevo más de dos años esperando la resolución de la nacionalidad solicitada por vía telemática y en mi caso con doble nacionalidad italo-argentina y la documentación la presenté como italiana ya que entré a España con la misma, total que a la hora de presentar la documentación antecedentes, partida de nacimiento, etc son como ciudadana italiana pero claro, no es mi país de nacimiento por lo que no sé si voy a tener algún problema con ese tema y si se requiere doble documentación por ejemplo en los antecedentes penales, que ya estaría bien que sufriera más retrasos la resolución, lo digo por si es recomendable que adjunte la documentación de antecedentes penales de Argentina antes de que me sean requeridos o si basta sólo con los de Italia.
    Gracias y saludos.

    1. Hola Noelia,

      Estoy en una situación similar a la tuya pero un paso atrás. Llevo 15 años en España como Italiano y me decidí a hacerme ciudadano Español. Mi intención era presentar sólo papeles de Italia porque me simplifica la vida. Mi pregunta es, te han aceptado la ciudadanía o te han reclamado los papeles de Argentina?

      Gracias y saludos,

  23. just me dice:

    Cuando hago el test publicado en su pagina web me sale como variente correcta la Guardia Civil pero es erroneo, la Policia Municipal o Local esta dentro de las ciudades y la Guardia Civil fuera de las ciudades.
    Examen de Nacionalidad Española. Examen Oficial CCSE Febrero 2018 (3)
    https://www.parainmigrantes.info/examen-nacionalidad-espanola-examen-oficial-ccse-febrero-2018-3/

    Question 10

    La regulación del tráfico en las ciudades corresponde a

    la Policía Nacional.

    La Policía Local.

    La Guardia Civil.

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