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El Divorcio de un extranjero recién nacionalizado, ¿puede ocasionar la pérdida de la nacionalidad española? ¿Me puedo divorciar y conservar la nacionalidad española?
Si me divorcio, ¿puedo perder la nacionalidad española? .- Aunque parezca mentira, realmente hay mucha gente a la que le preocupa este tema. Y es que son miles los extranjeros que han conseguido la nacionalidad española con el plazo reducido de un año de residencia legal y, por las razones que sea, o bien se han divorciado o puedan estar planteándose iniciar este proceso.
La creencia más o menos generalizada de que la nacionalidad española se pierde si te divorcias parte de la errónea percepción de que el extranjero casado con español ha conseguido la nacionalidad española porque su esposa o esposo se la ha transmitido o le ha permitido conseguirla.
Nada más lejos de la realidad. La adquisición de la nacionalidad española exige el cumplimiento de una serie de requisitos por parte del ciudadano extranjero, requisitos de su propia persona, que son los que hacen que puedas hacerte español. Estar casado con un español ayuda, sí, pero no es lo que hará que consigas la nacionalidad española. Te permitirá presentar el expediente antes de lo normal (con sólo un año de residencia) y acreditar un grado de arraigo o integración en España mayor del que pueda tener cualquier otro extranjero.
Así teniendo claro esto, es necesario confirmar la idea de que el extranjero casado con español consigue la nacionalidad «por méritos propios» y, nunca y digo, NUNCA, el divorcio con su cónyuge español puede ser causa de pérdida de la misma. Y no es causa de pérdida, porque nuestro familiar español nunca nos dió la nacionalidad y porque, muy importante, las causas de pérdida de la nacionalidad española están perfectamente establecidas legalmente y ésta no es una de ellas.
Así las cosas, si has conseguido tu nacionalidad española y te divorcias o te separas legalmente, no debes preocuparte, podrás conservar tu nacionalidad como cualquier español de pleno derecho y eso no afectará en medida alguna a tu estatus jurídico de español.
Y aprovechando el tema, si estás pensando en divorciarte, te hará falta un abogado. Ponte en contacto con nosotros aquí.

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Yo y mi hija somos de nacionalidad española ,estoy divorciada,residí 10 años ,abandone el país por violencia de genero,llevo 15 años fuera , no he podido regresar ni siquiera para resolver problemas jurídicos,He perdido mi nacionalidad .
Quiero k mi mama venga y quiero que se quede ya con migo soy de Uruguay como tengo k hacerlo gracias
Tengo nacionalidad española, soy de colombia, pero despues 9 años nos decidimos divorciar por mutuo acuerdo, cuales seria las consecuencias.. los pro y los contra,,,???
Por ejemplo si debo pasara una manunteción..pero no tenemos hijos
En espera de su comentario??
Carlos
Hola, no soy abogada, pero si no tienen hijos ¿a quién le vas a pasar la manutención? No se paga manutención a un excónyuge porque sí, se pasa en caso de hijos menores en los que la custodia la tenga un solo progenitor. Si ambos progenitores comparten la custodia de los hijos tampoco hay que pasarle manutención a la otra parte, ya que los hijos viven a partes iguales con ambos progenitores y, por ende, los gastos son compartidos.
Procedan con el divorcio, si hay mutuo acuerdo todas son ventajas. Suerte.
Y si el divorcio es por rebeldía?. Abandono de hogar? Sin hijos? Ya que se obtuvo la nacionalidad gracias al matrimonio?
Hola,
No creo esa ley q a dicho la nacionalidad depende de la 1años despues de matrimonio por q yo presentarlo mis documentos por nacionalidad por matrimonio q falta original DNI de mi marido y por eso tengo q espera hasta mi marido presenta su DNI.Me confundi con los comentos
¿Y en España no puede ocurrir como en EEUU, que un juez en algún caso vea un divorcio prematuro como un indicio de que el matrimonio fue de conveniencia (para conseguir la nacionalidad) y dictamine que la concesión de nacionalidad es nula?
Encajaría con este motivo para perder la nacionalidad:
«Cuando una sentencia declare que el interesado incurrió en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española.»
No puede ocurrir por varias razones la primera es que la nacionalidad en principio no se obtiene por estar casado con ciudadana española sino por ´tiempo de residencia´, que es de 10 años como regla general, pero existen varias excepciones como por ejemplo:
Un año de residen para el casado con ciudadano española, pero eso no quiere decir que te la concedan enseguida, nada de eso, el tiempo de espera está entre 2 o 3 años en el mejor de los casos.
En segundo lugar ni el sistema jurídico español ni las leyes de extranjería son iguales ni funcionan como en los EE:UU, cada país funciona a su manera.
Muy bien, gracias, pero no has contestado a lo que digo:
La ley española dice que un motivo para perder la nacionalidad es «cuando una sentencia declare que el interesado incurrió en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española”.
¿Puede un juez dictaminar que una persona que por ejemplo se divorcia nada más recibir la nacionalidad en un año por estar casado con un español, ha cometido fraude para poder recibir la nacionalidad en solo un año?
Sería de lo más lógico, y es vox populi que muchísimos matrimonios son de conveniencia, solo para conseguir la nacionalidad (o conseguirla más rápido).
Amiguel, para eso primeramente habría que dictaminar que el matrimonio es falso, en cuanto a la nacionalidad habría que estar al caso, puesto que la nacionalidad no se adquiere por matrimonio, la nacionalidad se adquiere por residencia en España, y el hecho de estar casado o casada te beneficia en cuanto al tiempo para poder presentarla, pero no quiere decir que si te divorcias la pierdes, puesto que la nacionalidad se adquiere de forma propia, no es una cuestión fácil la que planteas
Ya… gracias por la información.
A ver, posible razonamiento de un juez: «A ver, usted para conseguir la nacionalidad debía cumplir unos requisitos; entre ellos, el requisito de tener ciertos años de residencia legal. En su caso eran 10 años, pero solo llevaba un año residiendo, así que no cumplía los requisitos. Pero como se casó con un español(a), su requisito cambió de 10 años a 1 solo año. Sin embargo, ahora descubro que usted se divorció a los dos días de recibir la nacionalidad acogiéndose a que su requisito era de solo 1 año. Considero que su matrimonio fue un fraude, por lo que dictamino que su requisito de residencia en realidad debería haber sido de 10 años. Como no cumple ese requisito, mi sentencia es que su nacionalización es nula».
En vez de preguntar si este razonamiento es válido, lo preguntaré de otra forma: ¿Está algún juez haciendo esto, tomando este tipo de decisiones?
Amiguel, un juez sin pruebas, ni denuncia, ni investigación… por el simple hecho de que te divorcios dos días después de obtener la nacionalidad, no va a llegar a esa conclusión, puede darse ese caso con un matrimonio absolutamente real, ahora bien, si por el caso que sea.. se investiga, se determina que todo ha sido falso, pudiera darse el caso que me comentas…, de lo contrario no es comun que lleguen a esa conclusion que me indicas
Quisiera saber sobre el divorcio expres
Yo no me caso por papeles ni por dinero,me caso por amor ,por que aprovechar sobre los demás.lo que hacen unos hilipollas lo pagan otros,
si estoy en mi pais y me acaba el regreso puedo venir por la carta de resulucion o no GRACIAS