Servicio del hogar familiar para empleados/as de hogar 2019

El Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social ha publicado un informe completo sobre los servicios del hogar familiar con toda la información básica para el 2019.

Servicio del hogar familiar para empleados/as de hogar en 2019

Se considera relación laboral especial del servicio del hogar familiar la que conciertan el titular del mismo, como empleador, y el empleado que, dependientemente y por cuenta de aquel, presta servicios retribuidos en el ámbito del hogar familiar.

 Actividades incluidas:
❱ Tareas domésticas.
❱ Cuidado o atención de los miembros de la familia.
❱ Otros trabajos tales como guardería, jardinería, conducción de vehículos, cuando formen parte del conjunto de tareas domésticas.

empleadas hogar 2019

Actividades excluidas:
❱ Relaciones concertadas por personas jurídicas, de carácter civil o mercantil.
❱ Relaciones concertadas a través de empresas de trabajo temporal.
❱ Relaciones de cuidadores profesionales contratados por instituciones públicas o por entidades privadas.
❱ Relaciones de cuidadores no profesionales en atención a personas en situación de dependencia en su domicilio.
❱ Relaciones concertadas entre familiares.
❱ Trabajo a título de amistad, benevolencia o buena vecindad.
❱ Servicios de cuidado o atención de los miembros de la familia de carácter marginal a cambio de comidas, alojamiento o simples compensaciones de gastos.
❱ Servicios domésticos compartidos con otros ajenos al hogar familiar en actividades o empresas del empleador

Más información sobre los servicios del hogar

Pueden ampliar información en el folleto del Ministerio Trabajo, Migraciones  y Seguridad Social con Información básica sobre el servicio del hogar familiar 2019”, sobre:

  •  la forma, duración o extinción del contrato, los elementos esenciales del mismo
  •  la retribución
  •  jornadavacaciones y permisos
  •  la afiliación a la Seguridad Social (altas y bajas)
  •  la cotización e incentivos en la cotización
  •  acción protectora o normativa básica

Cotizaciones SS 2019

Fuente: Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social

Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019banner 807 mini

Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada

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