¿Se tienen en cuenta los trabajos realizados en el extranjero para cobrar prestaciones por desempleo en España?

Los trabajos realizados en el extranjero se pueden tener en consideración para cobrar prestaciones por desempleo en España

– Se podrán tomar en consideración las cotizaciones efectuadas por el trabajador en otros Estados miembros de la UE/EEE, Suiza, Australia, Islas del Canal de la Mancha (Alderney, Guernsey, Jersey, Sark, Herm) y la Isla de Man.

– Para acreditar los periodos trabajados en el extranjero debes presentar el formulario E.301 si has trabajado en Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza, el U1 si has trabajado en algún país de la UE, o el documento acordado al efecto con Australia, Islas del Canal de la Mancha y la Isla de Man, cumplimentado por el organismo competente del país donde hubieras trabajado. Puedes solicitarlo al finalizar el trabajo antes de regresar a España, o tras tu regreso a través de la Oficina de Empleo.

– Si en el formulario E.301 o U1 consta que has cobrado prestaciones por desempleo en el país extranjero teniendo en cuenta esos trabajos, se reducirá la duración del derecho que se te reconozca en España en tantos días como prestación hayas percibido en aquel país.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Pedir citaContactar WhatsApp