Se reanudan los plazos administrativos y procesales

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Como ya sabéis en el momento en que se decretó el estado de alarma el pasado 14 de marzo, se procedió también a suspender los plazos administrativos así como los plazos procesales.

Por ello y a medida avanzamos por las diferentes fases de la desescalada se retoman poco a poco una cierta normalidad también en los procedimientos administrativos y judiciales.

Plazos Administrativos

El próximo día 1 de junio se reanudan los plazos administrativos que quedaron suspendidos con la declaración del estado de alarma del pasado mes de marzo.

Os citamos el artículo 9 del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 46372020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid19:

«Con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.«

Plazos procesales

Los plazos procesales suspendidos por la declaración del estado de alarma el 14 de marzo, se reanudarán el 4 de junio. Os cita el artículo 7 del mencionado Real Decreto publicado en el BOE:

«Con efectos desde el 4 de junio de 2020, se alzará la suspensión de los plazos procesales.»

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9 comentarios en “Se reanudan los plazos administrativos y procesales
  1. Dayana dice:

    Me llegó la resolucion de extranjeria en pleno estado de alarma, pero mi empleador no sabia que ya se empezaba el 1 de junio los tramites, también no puede utilizar el medio de internet para que me pudiese dar de alta, el queria ir físicamente a las oficinas para que le ayudasen a rellenar la documentación, entonces yo perdería mi residencia?? Ya que no puede hacerlo por internet pq ya se terminará el plazo pq ya que solo dan un mes para darte de alta,

  2. Daniela dice:

    Buenas tardes,

    Tengo una duda, el 10 de marzo tuve una cita en una comisaría de policia para pedir un duplicado de mi certificado de registro de la UE (ya que se plastificó y luego nos enteramos de que no se podía) y así poder hacer la jura de la nacionalidad (concedida). En esta cita me hicieron un requerimiento para aportar documentación en un plazo de 10 dias. 4 días después de decretó el Estado de Alarma y no pude aportar dicha documentación. Ese plazo para obtener el duplicado también quedó suspendido? Se sabe si también se reanuda hoy, 1/06? (Ciudad de Barcelona)

    Muchas gracias por su ayuda, que digan algo los organismos oficiales está siendo muy difícil..

  3. ALEJANDRO SOSA dice:

    Hola tengo una duda con los pazos es que he visto mucha información confusa de los plazos administrativos he visto que vuelven a comenzar a correr este primero de julio. Pero también he visto otra información que si te deniegan un permiso tendrás hasta el primero julio para presentar un recurso administrativo no se si sea cierto. Mi caso es el de una visa de estudiante.
    Tampoco se cual seria el día limite si es un mes y llego la carta de notificación en 6 de marzo, del 6 al 14 de marzo son 8 días y si se reanuda me quedaran 30-8=21 días.
    Supongo que cuentan fines de semana como días normales.

  4. Arisy dice:

    Hola bueno día abogado mi nacionalidad a sido concedida como puedo descargal la resolucion no marque la casilla que sea notificada por correo electronico

    1. david dice:

      Hola, en la carpeta ciudadana puedes decargar la notificacion y la resolucion, https://sede.administracion.gob.es/carpeta/clave.htm

  5. Alejandro dice:

    Esto tendrá algún impacto en las juras de nacionalidad que han sido suspendidas?

    1. Arisy dice:

      Hola Alejandro person por la pregunta sabe como se descarga la resolucion no marque la casilla que sea notificada por correo electronico

    2. david dice:

      Hola, definitivamente si es un tramite administrativo, pero si ya contabas con una cita previa en registro civil para la jura y fuiste afectado por el estado de alarma, no habra ningun problema con los 180 dias, ademas con el atraso que llevan los registros civiles que estan dando citas en algunos para el agosto 2022.

      1. Alejandro dice:

        Cuando dices agosto 2022, eso es para casos en los que la cita ha sido suspendida por el estado de alarma, o para personas solicitando la cita ahora?

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